AAC Autoridad de Aviación Civil de El Salvador
Regresar al listado Vista en PDFConversión de Licencia.
El personal técnico aeronáutico que desee optar por una conversión de una licencia emitida por otra autoridad de aviación civil reconocida, deberá someterse al proceso respectivo. El proceso consiste en la verificación de la misma parte de la AAC, esto se realizará dirigiendo una carta al Departamento de Licencias de la Autoridad Aeronáutica del país emisor de la licencia, para verificar su emisión y los datos contenidos en la misma, posterior a la recepción del informe del país emisor, la AAC podrá autorizar el que se lleve a cabo el procedimiento para la Conversión de la licencia.
Requisitos generales
a)La Licencia debe ser verificada por la AAC y una vez verificada el solicitante debe someterse a los éxamenes de la AAC, para la licencia y cada una de las habilitaciones que posea, y así poder demostrar los conocimientos para la habilitación de tipo/clase, apropiada a las atribuciones de la licencia de la que es titular.
b)El titular deberá demostrar pericia para la habilitación de tipo/clase, apropiada a las atribuciones de licencia de la que es titular.
c)El titular deberá demostrar el nivel de competencia linguistica, conocimiento del inglés de acuerdo con las RAC LPTA.
d)El titular deberá obtener un certificado médico emitido de acuerdo con lo previsto en la RAC-MED.
Datos generales
Autoridad de Aviación Civil, Kilómetro 9 1/2 Carretera Panamericana, Frente Aeropuerto de Ilopango