Distrito Apopa Alcaldía Municipal de San Salvador Oeste
Regresar al listado Vista en PDFTitulo municipal.
Ley sobre títulos de predios urbanos. Art. 1. Todo poseedor de inmueble o predios urbanos situados en poblaciones de la República y que según las leyes comunes sea poseedor de buena fe y carezca de titulo de dominio, solicitará por escrito, en papel común al Alcalde del lugar donde estuviere situado el inmueble o ante notario se le extienda titulo de propiedad, no pudiendo entenderle titulo.
Requisitos generales
1.Solicitud detallando la forma en que fue adquirida el inmueble
2.Identificación del inmueble
3.Certificación de denominación catastral
4.Ficha de ubicación catastral expedida en CNR
5.Plano topográfico
6.Descripción técnica
7.Revisión de plano y resolución de aprobación extendida por el CNR
8.Previó a la extensión de certificación del titulo deberá encontrase el Art. 1 y 2 de la Ley de títulos y predios urbanos, Art.69 de la Ley de procedimientos administrativos, Art. 63 literal B del reglamento de la Ley de reestructuración del registro de la propiedad Raíz e hipoteca.
Datos generales
Edificio municipal.