Dirección donde solicitar el servicio
Palacio Municipal: Colonia La Palma, Carretera del Litoral, Polígono "B" "100, Cantón Cara Sucia, San Francisco Menéndez, Ahuachapán.
Alcaldía Municipal: Barrio El Centro, San Francisco Menéndez, Ahuachapán.
Observaciones
El Jefe del Registro Civil Ahora Registro del Estado Familiar o el Alcalde Municipal y su Secretario, en su caso, comprobarán la pérdida o deterioro total o parcial, de los libros del Registro Civil, de las partidas parcialmente destruidas o sin firma, y levantarán acta donde hagan constar detalladamente tales circunstancias.
Los interesados podrán solicitar por escrito a los expresados funcionarios la comprobación de la pérdida o deterioro total o parcial de los libros, y podrán acompañar a su solicitud, cualquiera de los documentos siguientes:
Certificaciones o fotocopias certificadas de partidas; testimonios de escritura pública en las que se hayan protocolizado las partidas o que éstas se hayan relacionado con otros instrumentos públicos de Identidad Personal; certificación de fotocopias o de copias debidamente confrontadas o certificaciones de partidas razonadas en autos, agregadas en juicios u otras diligencias expedidas por funcionario judicial o administrativo, certificaciones de sentencias definitivas ejecutoriadas, pronunciadas en juicios de estado civil, certificaciones de partidas de los registros que llevan los agentes diplomáticos o consulares; certificaciones de películas, microfilmes u otros medios técnicos que emplean las Municipalidades, donde consten en forma fehaciente las partidas que se pretenden reponer.
A falta de los anteriores documentos, se podrá hacer la reposición en base a la certificación expedida por el Director General de Estadística y Censo o Jefe del Departamento respectivo de datos que aparezcan en los archivos de esa Dirección General, o certificaciones de las Actas de Bautismos, de la Iglesia respectiva, donde consten en forma fehaciente los datos necesarios para su reposición.
Las partidas de matrimonio, además, podrán reponerse con certificaciones de actas matrimoniales o testimonios de las respectivas escrituras de matrimonio.
Las partidas de divorcio, además podrán reponerse con certificaciones de sentencias definitivas ejecutoriadas pronunciadas en los respectivos juicios.
Las partidas de defunción, también podrán reponerse con certificaciones de los archivos, expedidas por los administradores de cementerios o alcaldías municipales, siempre que consten en los mismos los datos de asiento de las partidas de su época oportuna.
Las partidas de adopción, también podrán reponerse con testimonios de escrituras de adopción.
Con base en esa acta, el Consejo Municipal acordará la reposición de los libros del Registro o de las partidas, cuando sea procedente.