CNAD Comisión Nacional de Activos Digitales

Otros documentos normativos

Marcos legales que son aplicados dentro de la institución o que son de obligatorio cumplimiento para la administración pública. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

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El Documento de Información Relevante de la emisión deberá contener, en los casos que aplique, conforme al tipo de activos digitales aemitir, por lo menos la información contenida en el siguiente documento. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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El artículo 6 del Reglamento de Emisión de Ofertas Públicas de Monedas Estables indica que todo emisor de moneda estable deberá presentara la Comisión Nacional de Activos Digitales la información contenida en el siguiente documento. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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Requisitos que debe cumplir el emisor de Moneda Estable. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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El artículo 25 del Reglamento de Registro de Emisores y Emisiones Públicas y Privadas indica que, previo a la emisión de unaoferta privada, el emisor deberá notificar a la Comisión de Activos Digitales sobre su intención de realizarla, incluyendo la documentación e información señalada en el presente documento. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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Documento que contiene requisitos para el proceso de registro de emisor y emisión pública. Requisitos para emisor. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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Documento que contiene requisitos para el proceso de registro de emisión pública. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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Los certificadores deberán evaluar toda la información contenida en el Documento de Información Relevante, su documentación anexa, así como cualquier otra informaciónque consideren pertinente y elaborarán un informe que deberá contener como mínimo lo señalado en el presente documento. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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La Comisión Nacional de Activos Digitales emitirá una “Resolución de No Objeción” en un plazo máximo de 5 días hábiles en casono encuentre ningún inconveniente con la emisión. En caso no esté completa la información presentada, la Comisión prevendrá al solicitante y establecerá un plazo máximo de 15 días hábiles para que presente la información y documentación faltante, y luego emitirá su pronunciamiento en el plazo establecido en el inciso anterior. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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El procedimiento para evaluar, prevenir, aprobar o denegar la habilitación de las emisiones se regirá por lo dispuesto en el artículo 16del Reglamento de Registro de Emisores y Emisiones Públicas y Privadas. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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El interesado en operar como proveedor de servicios de activos digitales deberá solicitar su registro a la Comisión Nacional de Activos Digitales(CNAD), de conformidad con lo establecido en los artículos 9 literal d), 18, 20, 21 de la Ley de Emisión de Activos Digitales, y 7, 17 al 35 del Reglamento de Proveedores de Servicios de Activos Digitales. Vigente a septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024
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Guía aprobada por el Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Activos Digitales el veintidós de diciembre de dos mil veintitrés. Vigentea septiembre de 2024.

Año: 2024
Vigente
Creación: 15/08/2024
Actualización: 02/10/2024