CNR Centro Nacional de Registros
Regresar al listado Vista en PDFRectificación de Prendas.
Asiento de Inscripción.
Requisitos generales
• Documento que contenga la rectificación
* Recibo original de derechos de registro
Datos generales
Oficina San Salvador:
Licda. Carmen de Paredes
Edificio CNR, Módulo 2, 1a. Calle Poniente y 43 Ave. Norte No. 2310 Tels.: 2593-5451, 2593-5463 y 2593-5469.
Oficina Registro de Comercio Santa Ana:
Licda. María Emilia Castro
5 Av. Sur entre 27 y 33 Calle Oriente Tel.: 2890-2880.
Oficina Registro de Comercio San Miguel:
Licda. Erlinda García
15 Calle Oriente y 8° Ave. Sur, Centro de Gobierno de San Miguel. Tel: 2790-3200.
Ventanilla receptora Sonsonate:
6a. Ave. Sur. y 2a. Calle Oriente No.4-1, Barrio El Ángel. Tels.: 2890-4200.
Paso 1 Pago de derechos de registro
Art.66 inc 1 Ley del Registro Comercio El trámite de registro de documentos mercantiles causará en concepto de pago de derechos, de acuerdo a su valor, $1.00 por cada centena de dólar de los Estados Unidos de América o fracción de centena, hasta un máximo de $12,000.00” y/o “Art. 73 inc 1 Ley del Registro de Comercio Por todo documento de valor indeterminado, así como cualquier otro documento no especificado en este arancel, se pagará en concepto de derechos por trámite de registro $6.00”
Paso 2 Entrega de documentos
Art.66 inc 1 Ley del Registro Comercio El trámite de registro de documentos mercantiles causará en concepto de pago de derechos, de acuerdo a su valor, $1.00 por cada centena de dólar de los Estados Unidos de América o fracción de centena, hasta un máximo de $12,000.00” y/o “Art. 73 inc 1 Ley del Registro de Comercio Por todo documento de valor indeterminado, así como cualquier otro documento no especificado en este arancel, se pagará en concepto de derechos por trámite de registro $6.00”