CNR Centro Nacional de Registros
Regresar al listado Vista en PDFEmbargos (de empresas, prendas, naves y participación social).
Asiento de inscripción
Requisitos generales
• Acta de ejecución, oficio y resolución del juez
* Recibo original de derechos de registro
• Fotocopia reducida al 74 % del documento en hoja tamaño oficio centrado.
Datos generales
Oficina San Salvador:
Licda. Carmen de Paredes
Edificio CNR, Módulo 2; 1a. Calle Poniente y 43 Ave. Norte No. 2310 Tels.: 2593-5451, 2593-5463 y 2593-5469
Oficina Registro de Comercio Santa Ana:
Licda. María Emilia Castro
5 Av. Sur entre 27 y 33 Calle Oriente Tel.: 2890-2880.
Oficina Registro de Comercio San Miguel:
Licda. Ercilda García
15 Calle Oriente y 8° Ave. Sur, Centro de Gobierno de San Miguel. Tel: 2790-3200.
Ventanilla receptora Sonsonate: 6a. Ave. Sur. y 2a. Calle Oriente No.4-1, Barrio El Ángel. Tels.: 2890-4200.
Paso 1 Pago de derechos de registro
“Art. 69 Ley del Registro de Comercio Por el trámite de registro de embargo de una empresa mercantil, se pagarán $1.00 por cada millar o fracción de millar que refleje en su activo en la época en que se trabe el embargo, hasta un máximo de $12,000.00”
Paso 2 Entrega de documentos
“Art. 69 Ley del Registro de Comercio Por el trámite de registro de embargo de una empresa mercantil, se pagarán $1.00 por cada millar o fracción de millar que refleje en su activo en la época en que se trabe el embargo, hasta un máximo de $12,000.00”