CONNA Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia
Regresar al listado Vista en PDFPROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE JUNTAS DE PROTECCIÓN.
Procedimiento Administrativo de Juntas de Protección. I. ¿Qué son las Juntas de Protección? Son dependencias administrativas departamentales del Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia (CONNA), con autonomía técnica cuya función primordial es la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, en el ámbito local. II. ¿Qué hacen las Juntas de Protección? Conocen en el ámbito de su competencia, de oficio o a petición de parte, de las amenazas o vulneraciones individualizadas de los derechos de las niñas, niños y adolescentes, dictan y velan por aplicación de medidas de protección necesarias para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes; además, pueden aplicar sanciones a las personas o instituciones que resultaren responsables de amenazas o vulneraciones a los de derechos de las niñas, niños y adolescentes. III. ¿Para quiénes son? Para todas las niñas, niños y adolescentes en igualdad de condiciones sin importar su sexo, raza, color, edad, idioma, religión, culto, opinión, filiación, origen nacional étnico o social, posición económica, necesidades especiales, discapacidad física o mental, nacimiento o cualquier otra condición. IV. ¿Lugares donde puede solicitarse el servicio? Las Juntas de Protección se encuentran ubicadas en cada cabecera departamental a excepción del departamento de San Salvador en donde existen tres. Se adjunta directorio. V. ¿Horarios de atención? Por mandato de ley funcionan de manera permanente (art. 164 de LEPINA). Horarios de atención en las oficinas departamentales: • Lunes a Viernes: 08:00 a.m. a 05:00 p.m. • Sábados: 08:00 a.m. a 12:00 m Atención telefónica: 24 horas, los 365 días del año. VI. ¿Qué casos atienden las Juntas de Protección? Cualquier tipo de amenazas o vulneración a los derechos de niñas, niños o adolescentes contenidos en la LEPINA, Tratados Internacionales u otros cuerpos normativos. Como pueden ser: • Si una niña, niño o adolescente está recibiendo maltrato físico, verbal o psicológico. • Si una niña, niño o adolescente no asiste a la escuela o no está recibiendo el tratamiento médico adecuado. • Si una niña, niño o adolescente es obligada u obligado a sostener relaciones sexuales con adultos a cambio de dinero o por amenazas. • Si una niña, niño o adolescente está siendo obligada u obligado a trabajar, entre otras
Requisitos generales
-Presentarse con DUI a la Junta de Protección para la denuncia o aviso de casos de violaciones o amenazas de derechos individuales de niñas, niños o adolescentes
-Realizar aviso vía telefónica a la Junta de Protección (Directorio telefónico de Juntas de Protección se encuentra en archivo adjunto)
Datos generales
Las 16 Juntas de Protección se encuentran ubicadas en los 14 Departamentos.
El Directorio con direcciones y números telefónicos de Juntas de Protección se encuentra en archivos adjuntos.