CSSP Consejo Superior de Salud Pública

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Autorización de apertura y funcionamiento de establecimientos de salud

Procedimiento que deben seguir los propietarios de establecimientos de salud, para obtener autorización del Consejo Directivo del Consejo Superior de Salud Pública, previo a poder brindar servicios de salud a la población.

Requisitos generales

1. Formulario de apertura de establecimientos de salud
2. Contrato de Prestación del Servicio de Disposición de Desechos Bio-infecciosos (Esto aplica para establecimientos ontológicos, médicos, laboratorio clínico veterinario y de laboratorio clínico, servicios de enfermería en establecimientos farmacéuticos). No aplica para consultorios médicos.
3. Contrato de regencia original y fotocopia, elaborado en documento privado autenticado o en escritura pública; esto no aplica cuando el propietario sea el regente
4. Para los establecimientos que brindan servicios de radiología y odontología deberán presentar fotocopia certificada ante Notario de la autorización de operación de UNRA (Unidad Reguladora y Asesora de Radiaciones Ionizantes) del MINSAL, que se requiere para operar de equipos de rayos X.
5. En caso de que el solicitante sea una sociedad, institución pública, fundación, asociación, o similares deberán presentar documentos certificados ante Notario que comprueben la existencia legal de la sociedad ó institución y la personería con que actúa el representante legal.
6. Autorizar al Consejo Superior de Salud Pública para realizar notificaciones de forma electrónica, a la dirección de correo electrónica consignada en el formulario de apertura.
7. En caso de que el establecimiento sea laboratorio clínico, NO DEBERÁ presentar el requisito del numeral cuatro, y DEBERÁ presentar lo siguiente:
1- Si el propietario no es licenciado en laboratorio clínico, deberá presentar contrato de labor técnica celebrado ante el notario con un profesional en la rama el cual deberá incluir el horario de servicios.
2- Presentar el listado y boleta de exámenes a realizar, las cuales deberán contener los datos completos del establecimiento (logotipo, nombre del laboratorio, dirección, teléfono, firma y sello del profesional que realiza el análisis).
3- Agregar constancia detallada de aceptación de referencia de los análisis.
4- Presentar croquis de distribución de las áreas, solicitud de exámenes, boletas de resultados, listado de exámenes que se realizaran y constancia del laboratorio de referencia en el que exprese su aceptación para recibir muestras para análisis.
5- Una vez autorizado el laboratorio deberá incluir a las boletas el número de inscripción y sello autorizado del mismo.

Datos generales

Tiempo de respuesta
30 días hábiles, contados a partir del siguiente día de recibida la documentación
Área encargada
Unidad de Registro de Establecimientos de Salud
Encargado del servicio
Lcda. Marcela Estrada
Dirección donde solicitar el servicio

Inicio Paseo General Escalón #3551, San Salvador, El Salvador,Centro América.

Horario
de Lunes a viernes 8:00 am a 4:00pm
Observaciones
PROCEDIMIENTO: 1 Revisión de datos en el formulario y de documentación. 2 Recepción de la solicitud. 3 Emisión de mandamiento para pago de primer derecho. 4 Ingreso de correspondencia. 5. Formación del expediente administrativo del establecimiento. 6. Remitir solicitud de inspección a la Junta de Vigilancia competente para la emisión del informe correspondiente. 7. Inspección al establecimiento. 8 Recepción de informe de inspección y dictamen de inscripción. 9. Duración: Indefinido, hasta que exista solicitud o resolución que lo modifique Ingreso en correspondencia 10. Preparación del expediente para resolución en la sesión de Consejo Directivo del Consejo Superior de Salud Pública. 11 Resolución de la petición. 12 Notificación de la resolución al usuario. 13 Elaboración de resolución de inscripción, licencia de apertura y funcionamiento, orden de elaboración de sello. 14 Entrega de documentación al usuario previo a cancelar el derecho por finalización de inscripción. 15 Solicitar elaboración de sello. 16 Recepción de sello. 17 Entrega de sello a usuario.
Costo total del servicio
Costo total del servicio: El costo varía según la categoría del establecimiento de salud a inscribir. Pago inicial por Derecho de Autorización $114.29
Fecha de creación
19/02/2022
Fecha de última actualización
23/02/2022
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