CSSP Consejo Superior de Salud Pública
Regresar al listado Vista en PDFTraspaso
Procedimiento que deben seguir los usuarios que hayan adquirido un establecimiento de salud (por compraventa, donación u otros) para la autorización correspondiente por parte del Consejo Directivo del Consejo Superior de Salud Pública, para cambiar el estado de la propiedad de un establecimiento en el registro.
Requisitos generales
1. La solicitud deberá ser presentada por el firmante o en caso de no poder hacerlo, deberá presentar firma autenticada por notario.
2. Cancelar derechos de traspaso.
3. En el caso de Laboratorios Clínicos, deberán presentar el listado de los exámenes que realizarán en el establecimiento los cuales deberán incluir los datos del establecimiento.
4. Cuando se trate de establecimientos odontológicos, médicos, médicos veterinarios y de Laboratorio Clínico, deberán presentar en original y fotocopia o copia certificada por notario, el contrato de tratamiento desechos sólidos vigente de conformidad al Art. 52 de la Ley de Medio Ambiente y Art. 77 del Código de Salud.
5. La solicitud se resolverá en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir del siguiente día de recibida la documentación.
6. Documento legal que ampare el derecho del nuevo propietario.
Datos generales
Inicio Paseo General Escalón #3551, San Salvador, El Salvador, Centro América.