DGME Dirección General de Migración y Extranjería
Regresar al listado Vista en PDFF-16 TRÁMITE DE RESIDENCIA TEMPORAL PARA PERSONAS RELIGIOSAS
El instructivo F-16 está dirigido a personas Dirigido a personas religiosas de todas las nacionalidades católicos y miembros de otras denominaciones religiosas cuya iglesia haya obtenido su personería jurídica conforme a las leyes de la República; así como, la de su respectivo grupo familiar, que se dediquen de forma exclusiva a actividades propias de su culto, con autorización para residir con ingreso y salida múltiple, de conformidad al Art. 109 numeral 10) de la Ley Especial de Migración y de Extranjería.
Requisitos generales
REQUISITOS PARA RESIDENTES TEMPORALES EN CALIDAD DE RELIGIOSOS:
1. Solicitud suscrita por: La persona extranjera, representante legal o apoderado. En caso de no presentar la solicitud personalmente, se requerirá firma legalizada, y si esta es persona jurídica deberá relacionar su personería.
2. Fotocopia del Pasaporte vigente, de todas las páginas utilizadas y presentar el original para ser confrontado.
3. Original de constancia de no poseer antecedentes policiales o penales, del país de origen o donde ha residido los dos últimos años anteriores a su ingreso al territorio salvadoreño.
4. Solvencia de la Policía Nacional Civil de El Salvador vigente, cuando la persona extranjera ha permanecido por más de tres meses en territorio nacional o tiene más de dos ingresos al país en el último año.
REQUISITOS PARA PERSONAS RELIGIOSAS CATÓLICAS:
1. Fotocopia del carné de religioso católico vigente, con su original para ser confrontado.
2. Declaración Jurada ante notario salvadoreño firmado por el Representante de dicha congregación. La declaración deberá indicar que la manutención correrá a cargo de la Congregación. Este requisito aplica para personas extrajeras seminaristas, misioneros seglares, entre otros.
3. En caso de personas extranjeras menores de dieciocho años de edad, se deberá anexar la respectiva certificación de partida de nacimiento. Si los representantes legales no se encontraren en el país deberán presentar poder otorgado por los padres de los niños, niñas o adolescentes, para que pueda la Arquidiócesis respectiva, solicitar la Residencia en el territorio salvadoreño. Si el padre o la madre hubieren fallecido deberá presentar original de la certificación de Partida de Defunción.
4. Si estudia en un Centro de Educación Superior salvadoreño, deberá presentar constancia de estudios vigente.
En el caso que desarrolle actividades remuneradas, siempre dentro del Ministerio religioso, deberá presentar la documentación pertinente para solicitar el permiso para trabajar (ver formularios de Residencias con permiso de trabajo).
REQUISITOS PARA PERSONAS RELIGIOSAS DE OTRAS DENOMINACIONES:
1. Fotocopia certificada de la inscripción en el Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, del punto de acta extendida por secretario de la junta directiva, donde conste el nombramiento del Representante Legal.
2. Fotocopia certificada por notario salvadoreño, del Diario Oficial, donde aparezcan publicados los estatutos y el acuerdo ejecutivo que concede personería jurídica de la entidad religiosa.
3. Declaración Jurada ante notario salvadoreño por la persona que proveerá la manutención en el país, estableciendo el compromiso que adquiere, el tiempo por el cual cubrirá dicha manutención y la forma de obtención de los ingresos.
4. Si la Iglesia no cubrirá los gastos personales del religioso durante su permanencia en el país, deberá presentar Declaración Jurada ante Notario salvadoreño, o ante funcionario consular, en el caso que sea otorgada en el extranjero; por la persona que proveerá la manutención económica en el país, estableciendo el compromiso que adquiere, el tiempo por el cual cubrirá dicha manutención y la forma de obtención de los ingresos. Según formato de Declaración Jurada de Manutención anexa.
5. Si la manutención es proveída desde el exterior, deberá anexar, documentación que compruebe la forma de hacerla efectiva en el territorio salvadoreño.
En el caso que desarrolle actividades remuneradas, siempre dentro del Ministerio religioso, deberá presentar la documentación pertinente para solicitar el permiso para trabajar (ver formularios de Residencias con permiso de trabajo).
Datos generales
Sucursal Centro de Gobierno, San Salvador, 9a c. Pte. y final 15 ave. Nte. Centro de Gobierno entre Procuraduría General de la República y edificio de Gobernación, Tel: 2213-7700.
Sucursal Cascadas, Centro Comercial Mall Cascadas Ave. Jerusalén y calle Panamericana. Tel: 22137983.
Sucursal Masferrer, Final paseo General Escalón y Avenida Masferrer #5019; Tel: 2213-7800; Tel: 2213-7800.
Sucursal Plaza Mundo (Soyapango); Centro Comercial Plaza Mundo 1a Planta. Tel: 2227-5363.
Sucursal Santa Ana, Plaza Bolcaña Colonia El Palmar, Ave Fray Felipe De Jesús Moraga Sur, media cuadra al Norte del Estadio Oscar Quiteño; Tel: 2213-7987.
Sucursal San Miguel, Centro Comercial La Plaza (Ex Plaza Goldtree) sobre Avenida Roosvelt. Tel: 2213-7981.
Sucursal Usulután, Edif. Esmahan 2a C Pte, Entre 1a Ave Nte Y Ave Guadalupe. 1/2 cuadra abajo del Parque Central Raúl Francisco Munguía, Tel: 2213-7966.