DGME Dirección General de Migración y Extranjería

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F-39 TRÁMITE PARA OTORGAR LA CALIDAD DE SALVADOREÑO POR NATURALIZACIÓN.

El instructivo F-39 está dirigido a Personas extranjeras, que deseen obtener la calidad de salvadoreño por Naturalización, según lo dispuesto en el Art. 92 de la Constitución de la República de El Salvador y en el Art. 156 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería, según detalle siguiente: a) Las personas originarias de España o de un país hispanoamericano que tuvieren un año de residencia definitiva en el país. b) Los extranjeros de cualquier origen que tuvieren cinco años de residencia en el país, contando las residencias temporales y definitivas. c) La persona extranjera casada con persona salvadoreña que acreditaren dos años de residencia en el país, anterior o posterior a la celebración del matrimonio, contando residencia temporal y definitiva. d) Los refugiados o apátridas de conformidad con lo establecido en esta ley. (Se exceptúan las originarias de GUATEMALA, HONDURAS, NICARAGUA y COSTA RICA)

Requisitos generales

1. Solicitud según modelo adjunto, debiendo contener todos los datos requeridos y firmada por el interesado (La solicitud tendrá una vigencia de tres meses).
2. Certificación de Partida de Nacimiento original, legible y en buen estado. Si la persona es naturalizada, deberá presentar, además, constancia emitida por la autoridad competente del país o por embajada o consulado respectivo. Los documentos en referencia, se presentarán únicamente cuando no estuviesen agregados en su Expediente Migratorio.
3. Solvencia de la Policía Nacional Civil de El Salvador vigente.
4. Constancia de Antecedentes Penales de El Salvador vigente.
5. Fotocopia del pasaporte vigente de todas las páginas utilizadas y presentar original para su confrontación.
6. Fotocopia de su Documento Único de Identidad actualizado del cónyuge si este fuere salvadoreño, y en el caso de ser persona extranjera, el carné de residencia vigente.
7. Certificación de partida o acta de matrimonio, a fin de demostrar su estado familiar.
8. Certificación de partida de nacimiento del cónyuge.
9. Certificación emitida por la embajada o consulado del país de origen del interesado, que exprese que ese país permite la doble nacionalidad.
10. Copia de carnet de residente definitivo.

Datos generales

Tiempo de respuesta
45 días hábiles siempre y cuando cumplan con todos los requisitos.
Área encargada
Departamento de Ventanillas de la Gerencia de Extranjería.
Encargado del servicio
Glenda Yamileth Flores
Dirección donde solicitar el servicio

Sucursal Centro de Gobierno, San Salvador, 9a c. Pte. y final 15 ave. Nte. Centro de Gobierno entre Procuraduría General de la República y edificio de Gobernación, Tel: 2213-7700.

Sucursal Cascadas, Centro Comercial Mall Cascadas Ave. Jerusalén y calle Panamericana. Tel: 22137983.

Sucursal Masferrer, Final paseo General Escalón y Avenida Masferrer #5019; Tel: 2213-7800; Tel: 2213-7800.

Sucursal Plaza Mundo (Soyapango); Centro Comercial Plaza Mundo 1a Planta. Tel: 2227-5363.

Sucursal Santa Ana, Plaza Bolcaña Colonia El Palmar, Ave Fray Felipe De Jesús Moraga Sur, media cuadra al Norte del Estadio Oscar Quiteño; Tel: 2213-7987.

Sucursal San Miguel, Centro Comercial La Plaza (Ex Plaza Goldtree) sobre Avenida Roosvelt. Tel: 2213-7981.

Sucursal Usulután, Edif. Esmahan 2a C Pte, Entre 1a Ave Nte Y Ave Guadalupe. 1/2 cuadra abajo del Parque Central Raúl Francisco Munguía, Tel: 2213-7966.

Horario
Centro de Gobierno. Horario: lunes - viernes 07:30 a.m.-03:30p.m. Sucursal Cascadas: Horario: lunes - viernes 08:00 a.m.-04:00 p.m. y sábado 09:00 a.m. -12:00 p.m. Sucursal Masferrer Horario: lunes - viernes 08:00 a.m.-04:00 p.m. Sucursal Plaza Mundo (Soyapango) Horario: lunes - viernes 08:00 a.m.-04:00 p.m. Sucursal Santa Ana Horario: lunes - viernes 07:30 a.m.-03:30 p.m. Sucursal San Miguel Horario: lunes - viernes 07:30 a.m.-03:30 p.m. Sucursal Usulután Horario: lunes - viernes 07:30 a.m.-03:30 p.m
Observaciones
-Para evitar retrasos innecesarios e inconvenientes, lea detenidamente este Instructivo que contiene los requisitos que deberá cumplir y las formalidades de los documentos que anexará al trámite. -Los documentos presentados en la Gerencia de Extranjería, pasan a ser propiedad de la Dirección General de Migración y Extranjería. Institución que se reserva el derecho de otorgar la calidad migratoria solicitada y requerir información adicional que estime conveniente. -Los documentos emitidos en el extranjero deberán ser autenticados o apostillados debidamente traducidos al idioma castellano, según lo dispuesto en el Art. 162 de la Ley Especial de Migración y de Extranjería. -En todos los documentos que se anexen al trámite, su nombre y apellidos deben estar escritos conforme a los que se registran en su Pasaporte.
Costo total del servicio
Naturalización de Personas No centroamericanos $ 700.00

Archivos adjuntos

Nombre archivo adjunto
INSTRUCTIVO F- 39
Descripción archivo adjunto
INSTRUCTIVO F- 39
Archivo
Fecha de creación
23/07/2020
Fecha de última actualización
15/10/2024
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