GD. La Libertad Gobernación Departamental de La Libertad
Regresar al listado Vista en PDFDEVOLUCIONES DE CAFE INCAUTADO
? LA POLICIA NACIONAL CIVIL UNA VEZ REALIZADO EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE LA INCAUTACIÒN DEL CAFÈ, REMITIRÀ A ESTA GOBERNACIÒN EL OFICIO, EL ACTA, EL RECIBO DE DEPÒSITO DEL CAFÈ, LAS NOTAS DE ENVÌO SÌ LAS HUBIEREN, TODOS ESTOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL. ? EN EL ACTA DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL SE ESTABLECEN LOS MOTIVOS BAJO LOS CUALES EL CAFÈ FUÈ INCAUTADO Y DEPENDERÀ DE ELLO SI PROCEDE LA DEVOLUCIÒN, Y SEGÙN LO PRESCRITO POR LA LEY ESPECIAL DE PROTECCIÒN AL CAFÈ.
Requisitos generales
? EL INTERESADO (QUIEN ALEGA LA PROPIEDAD DEL CAFÈ), EL APODERADO O EL REPRESENTANTE LEGAL PRESENTA LA SOLICITUD A LA GOBERNACIÒN PIDIENDO LA DEVOLUCIÒN DEL CAFÈ INCAUTADO, EN DICHA PETICIÒN ES IMPRESCINDIBLE QUE REUNA LAS FORMALIDADES SIGUIENTES: LA CANTIDAD Y CALIDAD DEL CAFÈ QUE RECLAMA, LA FECHA Y LUGAR DE LA INCAUTACIÒN, NOMBRE Y FIRMA DEL PETICIONARIO.
? SI EL TRAMITE LO REALIZA EL APODERADO O EL REPRESENTANTE LEGAL DEBERÀN LEGITIMAR LA PERSONERÌA CON LA QUE ACTÙAN, PRESENTANDO COPIA CERTIFICADA POR NOTARIO DEL PODER O DE LA CREDENCIAL.
? FOTOCOPIA CERTIFICADA POR NOTARIO DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCIÒN DE LA SOCIEDAD.
? PRESENTAR ORIGINAL Y COPIA DE DUI SI ES PERSONA NATURAL.
? ORIGINAL Y COPIA DEL DUI DEL APODERADO O REPRESENTANTE LEGAL.
? ORIGINAL Y COPIA DE CARNET DE PRODUCTOR O BENEFICIADOR SEGÙN EL CASO QUE SE TRATE.
? CONSTANCIA EMITIDA POR EL CONSEJO SALVADOREÑO DEL CAFÈ, EN LA CUAL APARECE EL NOMBRE DE LA FINCA Y LA UBICACIÒN DE LA MISMA, NUMERO DE CÒDIGO DE PRODUCTOR. (ORIGINAL)
? SE ESCANEA TODA LA DOCUMENTACIÒN PRESENTADA, ASÌ COMO EL OFICIO Y EL ACTA DE LA POLICIA NACIONAL CIVIL, EL RECIBO DE DEPOSITO Y LAS NOTAS DE ENVIO SI LAS HAY SE ENVIAN VIA CORREO ELECTRÒNICO AL CONSEJO SALVADOREÑO DEL CAFÈ.
? CADA CASO QUE SE PRESENTA ES TOTALMENTE DIFERENTE Y SI HAY DIFERENTES OBSERVACIONES ÈSTAS DEBEN DE RESOLVERSE ANTE EL CONSEJO SALVADOREÑO DEL CAFÈ, EL CONSEJO ES EL QUE DA EL VISTO BUENO PARA QUE LA GOBERNACIÒN PROCEDA A EMITIR EL OFICIO DE LA DEVOLUCION DEL CAFÈ EN LOS CASOS QUE ES PROCEDENTE REALIZARLO.
? SE REALIZA LA DEVOLUCIÒN DEL CAFÈ EN LOS CASOS QUE LA LEY Y EL REGLAMENTO DE PROTECCIÒN DEL CAFÈ LO PERMITE.
? NO HAY PLAZO, EL TIEMPO DE DURACIÒN DEL TRÀMITE DEPENDERÀ DE LA PRONTITUD CON LA QUE EL SOLICITANTE SOLVENTE LAS OBSERVACIONES REALIZADAS, ASÌ COMO DE LA PRESENTACIÒN DE LOS DOCUMENTOS QUE SE EXIGEN PARA TAL EFECTO.
? CUANDO LA POLICIA NACIONAL CIVIL REALICE PROCEDIMIENTOS PENALES EN LOS QUE HAYA DECOMISO DE CAFÈ, SERÀ LA FISCALÌA GENERAL DE LA REPÙBLICA BAJO LA CUAL ESTÀ A LA ORDEN EL CAFÈ DECOMISADO Y EL INTERESADO DEBERÀ DE ACUDIR ANTE ESA AUTORIDAD A SOLICITAR LA DEVOLUCIÒN DEL MISMO, SIEMPRE QUE PUEDA DEMOSTRAR LA PROPIEDAD.
? SIEMPRE QUE EXISTA UN PROCEDIMIENTO DE CARÀCTER PENAL POR PARTE DE LA POLICIA, LA GOBERNACIÒN POLÌTICA DEPARTAMENTAL DE LA LIBERTAD SE SUSTRAERÀ DEL CONOCIENTO DE ELLO YA QUE LA ACCIÒN PENAL LE COMPETE A LA FISCALÌA GENERAL DE LA REPÙBLICA, Y SOLAMENTE PODRÀ CONOCER LA GOBERNACIÒN SI EL CASO PASARA DEL ÀREA JURISDICCIONAL AL ÀMBITO ADMINISTRATIVO
Datos generales
2A AVENIDA NORTE # 4-5 SANTA TECLA