HNLU Hospital Nacional General de la Unión

Concesiones y autorizaciones

Este apartado contiene los permisos, autorizaciones y concesiones otorgados por la institución de acuerdo a sus competencias indicando titulares, objeto, finalidad, entre otros. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

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Otorgados de enero a Diciembre 2018 Objeto.- Verificar que los productos que se importan se encuentren controlados en el país de origenpara garantizar que sea apto para el consumo humano. Finalidad.- Dar cumplimiento al Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01:31:06, Alimentos Procesados, Procedimiento para otorgar el registro sanitario y la inscripción sanitaria
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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Permisos de Importaciones de equipos y fuentes radiactivas enero a diciembre 2018
Dirección de Protección Radiologica (DPR)
Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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AUTORIZACIONES DE IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN CALIDAD ESPECIAL ENERO A DICIEMBRE 2018 Objeto.- Dar cumplimiento al Arts. 88, 94 y95del Código de Salud Finalidad.- Art. 88.- La importación, fabricación y venta de artículos alimentarios y bebidas, así como de las materias primas correspondientes, deberán ser autorizadas por el Ministerio, previo análisis y registro. Para este efecto, la autoridad de salud competente podrá retirar bajo recibo, muestras de artículos alimentarios y bebidas, dejando contra muestras selladas. Para importar artículos de esta naturaleza; deberá estar autorizado su consumo y venta en el país de origen por la autoridad de salud correspondiente. En el certificado respectivo se deberá consignar el nombre del producto y su composición. Art. 94. Para proteger la salud de la población en lo que se refiere a productos alimentarios que son importados, manufacturados para la exportación o producidos en el país para el consumo interno, el Ministerio establecerá los requisitos mínimos que deben ser satisfechos por tales productos. Art. 95.- El Ministerio llevará un registro de alimentos y bebidas, en consecuencia se prohíbe la importación, exportación, comercio, fabricación, elaboración, almacenamiento, transporte, venta o cualquiera otra operación de suministros al público, de alimentos o bebidas empacadas o envasadas cuya inscripción en dicho registro no se hubiere efectuado.
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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Permisos para Exportación de Equipo y Fuentes Radiactivas Enero a Diciembre 2018
Dirección de Protección Radiologica (DPR)
Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Junio 2018 Objeto.- Dar cumplimiento al Arts. 88, 94 y 95 del Código de Salud Finalidad.- Art. 88.- La importación,fabricación y venta de artículos alimentarios y bebidas, así como de las materias primas correspondientes, deberán ser autorizadas por el Ministerio, previo análisis y registro. Para este efecto, la autoridad de salud competente podrá retirar bajo recibo, muestras de artículos alimentarios y bebidas, dejando contra muestras selladas. Para importar artículos de esta naturaleza; deberá estar autorizado su consumo y venta en el país de origen por la autoridad de salud correspondiente. En el certificado respectivo se deberá consignar el nombre del producto y su composición. Art. 94. Para proteger la salud de la población en lo que se refiere a productos alimentarios que son importados, manufacturados para la exportación o producidos en el país para el consumo interno, el Ministerio establecerá los requisitos mínimos que deben ser satisfechos por tales productos. Art. 95.- El Ministerio llevará un registro de alimentos y bebidas, en consecuencia se prohíbe la importación, exportación, comercio, fabricación, elaboración, almacenamiento, transporte, venta o cualquiera otra operación de suministros al público, de alimentos o bebidas empacadas o envasadas cuya inscripción en dicho registro no se hubiere efectuado.
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2018 Objeto.- Garantizar que las empresas importadoras de sustancias químicas reguladas por el Minsal, cumplan con la Norma Técnicade Almacenamiento, a través del permiso de funcionamiento sanitario en cumplimiento al Art. 117 del Código de Salud. Finalidad.- Garantizar el Control del Ingreso al país de las Sustancias reguladas por el MINSAL, a través de un requerimiento Administrativo.
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2018 Certificaciones de Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas año 2018 (enero a Diciembre) DAR CUMPLIMIENTO AL ART. 88,ART. 94 Y ART.95 DEL CÓDIGO DE SALUD, EL CUAL ESTABLECE EL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS. ART. 88.- LA IMPORTACIÓN, FABRICACIÓN Y VENTA DE ARTÍCULOS ALIMENTARIOS Y BEBIDAS, ASÍ COMO DE LAS MATERIAS PRIMAS CORRESPONDIENTES, DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL MINISTERIO, PREVIO ANÁLISIS Y REGISTRO. PARA ESTE EFECTO, LA AUTORIDAD DE SALUD COMPETENTE PODRÁ RETIRAR BAJO RECIBO, MUESTRAS DE ARTÍCULOS ALIMENTARIOS Y BEBIDAS, DEJANDO CONTRA MUESTRAS SELLADAS. ART. 94. PARA PROTEGER LA SALUD DE LA POBLACIÓN EN LO QUE SE REFIERE A PRODUCTOS ALIMENTARIOS QUE SON IMPORTADOS, MANUFACTURADOS PARA LA EXPORTACIÓN O PRODUCIDOS EN EL PAÍS PARA EL CONSUMO Certificaciones de Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas INTERNO, EL MINISTERIO ESTABLECERÁ LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN SER SATISFECHOS POR TALES PRODUCTOS. ART.95.- EL MINISTERIO LLEVARÁ UN REGISTRO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, EN CONSECUENCIA SE PROHÍBE LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMERCIO, FABRICACIÓN, ELABORACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE, VENTA O CUALQUIERA OTRA OPERACIÓN DE SUMINISTROS AL PÚBLICO, DE ALIMENTOS O BEBIDAS EMPACADAS O ENVASADAS CUYA INSCRIPCIÓN EN DICHO REGISTRO NO SE HUBIERE EFECTUADO
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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Permisos de Operación para equipos y fuentes radiactivas Enero a diciembre 2018

Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2018 Objeto.- Garantizar el cumplimiento de la Ley Reguladora de la Producción y comercialización de alcohol y de lasbebidas alcoholicas y al Art. 186 del Código de Salud. Permisos otorgados de enero a diciembre 2017; Finalidad.- Regular aspectos relativos al funcionamiento, registros sanitarios, controles de calidad, pago de impuestos y garantía al consumidor, relacionados con la producción, elaboración, y venta de alcohol etílico o industrial, de alcohol metílico, isopropílico, butílico, bebidas alcohólicas destiladas, cervezas y otras bebidas fermentadas, tanto nacionales como importados, sin perjuicio de las demás disposiciones relativas a esas materias que les sean aplicables. Art. 186. Código Salud- El Ministerio dictará las medidas necesarias para evitar y combatir el alcoholismo y drogodependencia mediante las siguientes acciones..
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2018
No vigente
Creación: 26/06/2018
Actualización: 11/07/2023
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julio a diciembre 2018 (2do Semestre) Objeto.- Dar cumplimiento al Arts. 88, 94 y 95 del Código de Salud Finalidad.- Art. 88.-La importación, fabricación y venta de artículos alimentarios y bebidas, así como de las materias primas correspondientes, deberán ser autorizadas por el Ministerio, previo análisis y registro. Para este efecto, la autoridad de salud competente podrá retirar bajo recibo, muestras de artículos alimentarios y bebidas, dejando contra muestras selladas. Para importar artículos de esta naturaleza; deberá estar autorizado su consumo y venta en el país de origen por la autoridad de salud correspondiente. En el certificado respectivo se deberá consignar el nombre del producto y su composición. Art. 94. Para proteger la salud de la población en lo que se refiere a productos alimentarios que son importados, manufacturados para la exportación o producidos en el país para el consumo interno, el Ministerio establecerá los requisitos mínimos que deben ser satisfechos por tales productos. Art. 95.- El Ministerio llevará un registro de alimentos y bebidas, en consecuencia se prohíbe la importación, exportación, comercio, fabricación, elaboración, almacenamiento, transporte, venta o cualquiera otra operación de suministros al público, de alimentos o bebidas empacadas o envasadas cuya inscripción en dicho registro no se hubiere efectuado.
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2018
No vigente
Creación: 29/01/2019
Actualización: 11/07/2023
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Emisión de permisos a establecimientos alimentarios, cuya finalidad es verificar el cumplimiento de los requisitos legales administrativos y sanitarios establecidos. de eneroa septiembre 2017
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2017
No vigente
Creación: 16/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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Certificaciones de Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas año 2017 (enero a Diciembre) DAR CUMPLIMIENTO AL ART. 88, ART. 94 Y ART.95 DEL CÓDIGO DE SALUD, EL CUAL ESTABLECE EL REGISTRO SANITARIO DE ALIMENTOS. ART. 88.- LA IMPORTACIÓN, FABRICACIÓN Y VENTA DE ARTÍCULOS ALIMENTARIOS Y BEBIDAS, ASÍ COMO DE LAS MATERIAS PRIMAS CORRESPONDIENTES, DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL MINISTERIO, PREVIO ANÁLISIS Y REGISTRO. PARA ESTE EFECTO, LA AUTORIDAD DE SALUD COMPETENTE PODRÁ RETIRAR BAJO RECIBO, MUESTRAS DE ARTÍCULOS ALIMENTARIOS Y BEBIDAS, DEJANDO CONTRA MUESTRAS SELLADAS. ART. 94. PARA PROTEGER LA SALUD DE LA POBLACIÓN EN LO QUE SE REFIERE A PRODUCTOS ALIMENTARIOS QUE SON IMPORTADOS, MANUFACTURADOS PARA LA EXPORTACIÓN O PRODUCIDOS EN EL PAÍS PARA EL CONSUMO Certificaciones de Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas INTERNO, EL MINISTERIO ESTABLECERÁ LOS REQUISITOS MÍNIMOS QUE DEBEN SER SATISFECHOS POR TALES PRODUCTOS. ART.95.- EL MINISTERIO LLEVARÁ UN REGISTRO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS, EN CONSECUENCIA SE PROHÍBE LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, COMERCIO, FABRICACIÓN, ELABORACIÓN, ALMACENAMIENTO, TRANSPORTE, VENTA O CUALQUIERA OTRA OPERACIÓN DE SUMINISTROS AL PÚBLICO, DE ALIMENTOS O BEBIDAS EMPACADAS O ENVASADAS CUYA INSCRIPCIÓN EN DICHO REGISTRO NO SE HUBIERE EFECTUADO
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2017
No vigente
Creación: 02/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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Objeto.- Garantizar el cumplimiento de la Ley Reguladora de la Producción y comercialización de alcohol y de las bebidas alcoholicas y alArt. 186 del Código de Salud. Permisos otorgados de enero a diciembre 2017; Finalidad.- Regular aspectos relativos al funcionamiento, registros sanitarios, controles de calidad, pago de impuestos y garantía al consumidor, relacionados con la producción, elaboración, y venta de alcohol etílico o industrial, de alcohol metílico, isopropílico, butílico, bebidas alcohólicas destiladas, cervezas y otras bebidas fermentadas, tanto nacionales como importados, sin perjuicio de las demás disposiciones relativas a esas materias que les sean aplicables. Art. 186. Código Salud- El Ministerio dictará las medidas necesarias para evitar y combatir el alcoholismo y drogodependencia mediante las siguientes acciones..
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2017
No vigente
Creación: 02/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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Otorgados de enero a diciembre 2017 Objeto.- Verificar que los productos que se importan se encuentren controlados en el país de origenpara garantizar que sea apto para el consumo humano. Finalidad.- Dar cumplimiento al Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01:31:06, Alimentos Procesados, Procedimiento para otorgar el registro sanitario y la inscripción sanitaria
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2017
No vigente
Creación: 02/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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Emisión de Dictamen Técnico de Condiciones de Manejo de Sustancias Químicas ENERO A DICIEMBRE 2017 Objeto.- Garantizar que las empresas importadoras desustancias químicas reguladas por el Minsal, cumplan con la Norma Técnica de Almacenamiento, a través del permiso de funcionamiento sanitario en cumplimiento al Art. 117 del Código de Salud. Finalidad.- Garantizar el Control del Ingreso al país de las Sustancias reguladas por el MINSAL, a través de un requerimiento Administrativo.
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2017
No vigente
Creación: 02/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2017 UNIDAD REGULADORA DE RADIACIONES IONIZANTES (UNRA) “ AUTORIZACIONES DE EXPORTACIÓN DE EQUIPOS Y FUENTES RADIACTIVAS” Objeto de otorgarlas autorizaciones: Regular ,controlar y verificar el cumplimiento de la normativa de protección radiológica y la seguridad física de las fuentes radiactivas. Finalidad: Mejorar la calidad de los servicios brindados con radiaciones ionizantes y optimizar la protección radiológica de los trabajadores, pacientes, publico y ambiente, así como prevenir la ocurrencia de accidentes radiológicos que tengas consecuencias en la salud y economía.
Dirección de Protección Radiologica (DPR)
Año: 2017
No vigente
Creación: 02/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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AUTORIZACIONES DE IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN CALIDAD ESPECIAL ENERO A DICIEMBRE 2017 Objeto.- Dar cumplimiento al Arts. 88, 94 y95 del Código de Salud Finalidad.- Art. 88.- La importación, fabricación y venta de artículos alimentarios y bebidas, así como de las materias primas correspondientes, deberán ser autorizadas por el Ministerio, previo análisis y registro. Para este efecto, la autoridad de salud competente podrá retirar bajo recibo, muestras de artículos alimentarios y bebidas, dejando contra muestras selladas. Para importar artículos de esta naturaleza; deberá estar autorizado su consumo y venta en el país de origen por la autoridad de salud correspondiente. En el certificado respectivo se deberá consignar el nombre del producto y su composición. Art. 94. Para proteger la salud de la población en lo que se refiere a productos alimentarios que son importados, manufacturados para la exportación o producidos en el país para el consumo interno, el Ministerio establecerá los requisitos mínimos que deben ser satisfechos por tales productos. Art. 95.- El Ministerio llevará un registro de alimentos y bebidas, en consecuencia se prohíbe la importación, exportación, comercio, fabricación, elaboración, almacenamiento, transporte, venta o cualquiera otra operación de suministros al público, de alimentos o bebidas empacadas o envasadas cuya inscripción en dicho registro no se hubiere efectuado.
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2017
No vigente
Creación: 02/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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ENERO A DICIEMBRE 2017 APLICAR LAS NORMAS QUE REGULAN LA IMPORTACIÓN/ PROMOCIÓN/ PUBLICIDAD/ PATROCINIO/ COMERCIALIZACIÓN/ CONSUMO DEL TABACO Y DE SUS PRODUCTOS.LA REDUCCIÓN DE LA DEMANDA DE PRODUCTOS DE TABACO Y SUS DERIVADOS/ Y PROTECCIÓN A LAS PERSONAS NO FUMADORAS/ A FIN DE PROTEGER LA SALUD DE LA PERSONA HUMANA/ DE LAS CONSECUENCIAS SANITARIAS/ SOCIALES/ AMBIENTALES Y ECONÓMICAS DEL CONSUMO DEL TABACO Y EXPOSICIÓN AL HUMO DEL MISMO
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2017
No vigente
Creación: 16/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2017 Encontrará permisos para la operación con equipos y fuentes radiactivas cuyo objetivo es otorgar las autorizaciones: Regular,controlar yverificar el cumplimiento de la normativa de protección radiológica y la seguridad física de las fuentes radiactivas y que Mejore la calidad de los servicios brindados con radiaciones ionizantes y optimizar la protección radiológica de los trabajadores, pacientes, publico y ambiente, así como prevenir la ocurrencia de accidentes radiológicos que tengas consecuencias en la salud y economía.

Año: 2017
No vigente
Creación: 02/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2017 UNIDAD REGULADORA DE RADIACIONES IONIZANTES (UNRA) “AUTORIZACIONES DE IMPORTACIÓN DE EQUIPOS Y FUENTES RADIACTIVAS” Objeto de otorgar lasautorizaciones: Regular ,controlar y verificar el cumplimiento de la normativa de protección radiológica y la seguridad física de las fuentes radiactivas. Finalidad: Mejorar la calidad de los servicios brindados con radiaciones ionizantes y optimizar la protección radiológica de los trabajadores, pacientes, publico y ambiente, así como prevenir la ocurrencia de accidentes radiológicos que tengas consecuencias en la salud y economía.
Dirección de Protección Radiologica (DPR)
Año: 2017
No vigente
Creación: 02/05/2017
Actualización: 11/07/2023
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Permisos otorgados de enero a diciembre de Año 2016 de Registro de Autorizaciones para la Venta , Distribución E Importación de ProductosDerivados del Tabaco
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2016
No vigente
Creación: 27/05/2016
Actualización: 11/07/2023
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Permisos otorgados de Enero a Diciembre Año 2016 y su fecha de expedición
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2016
No vigente
Creación: 27/05/2016
Actualización: 11/07/2023
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Emisión de Dictamen Técnico de Condiciones de Manejo de Sustancias Químicas Enero – Diciembre 2016
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2016
No vigente
Creación: 12/04/2016
Actualización: 11/07/2023
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Certificaciones de Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas Listado de permisos otorgados por el Ministerio de Salud de Enero a Diciembre 2016y fecha de expedición
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2016
No vigente
Creación: 12/04/2016
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2016

Año: 2016
No vigente
Creación: 04/04/2017
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2016
Dirección de Protección Radiologica (DPR)
Año: 2016
No vigente
Creación: 04/04/2017
Actualización: 11/07/2023
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Enero a Diciembre 2016
Dirección de Protección Radiologica (DPR)
Año: 2016
No vigente
Creación: 04/04/2017
Actualización: 11/07/2023
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AUTORIZACIONES DE IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS CON RECONOCIMIENTO O REGISTRO SANITARIO otorgados de Enero a Diciembre 2016
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2016
No vigente
Creación: 12/04/2016
Actualización: 11/07/2023
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AUTORIZACIONES DE IMPORTACIÓN DE ALCOHOLES Otorgados de Enero a Diciembre 2016
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2016
No vigente
Creación: 12/04/2016
Actualización: 11/07/2023
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AUTORIZACIONES DE IMPORTACIÓN DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EN CALIDAD ESPECIAL, DIRECCIÓN DE SALUD AMBIENTAL otorgados de Enero a Diciembre 2016
Dirección de Salud Ambiental (DSAM)
Año: 2016
No vigente
Creación: 12/04/2016
Actualización: 11/07/2023