ISSS Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Regresar al listado Vista en PDFCONSTRUCCION DE BODEGA PARA RESGUARDO DE ARTÍCULOS Y PRODUCTOS QUÍMICOS DEL LABORATORIO DE PATOLOGÍA DEL HOSPITAL GENERAL
Nombre de la obra
CONSTRUCCION DE BODEGA PARA RESGUARDO DE ARTÍCULOS Y PRODUCTOS QUÍMICOS DEL LABORATORIO DE PATOLOGÍA DEL HOSPITAL GENERAL
Ubicación exacta
Alameda Juan Pablo II y 25 avenida norte, San Salvador
Costo total de la obra
$189,115.36
Fuente de financiamiento
ISSS
Fecha de inicio de la obra
07 de octubre de 2021
Tiempo de ejecución
120 días calendarios
Número de beneficiarios
1,916
Empresa o entidad ejecutora
MENA Y MENA, INGENIEROS, S.A. DE C.V.
Empresa o entidad supervisora
Supervisado por personal de División de Infraestructura y Mantenimiento
Nombre del responsable de la obra
División de Infraestructura y Mantenimiento
Fecha de creación
28/02/2022
Fecha de última actualización
25/03/2022
Contenido del contrato
Forma de pago
OCTAVA. FORMA Y TRAMITE DE PAGO: 1. FORMA DE PAGO. EI pago será efectuado dentro de 30 días contados a partir de la fecha de entrega del recibo y Acta de Recepción (cuando aplique) en la Seccion Transite de Pago del ISSS.
Garantías
"QUINTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de este contrato, la Contratista deberá presentar a satisfacción del Instituto, una Garantía de Cumplimiento de Contrato, por un monto equivalente al 10% sobre el valor del presente contrato, la que deberá estar vigente a partir de la suscripción del mismo y hasta tres (3) meses después de la entrega a satisfacción de la Garanta de Buena Obra. En aplicación del Art. 31 inciso tercero y Art. 32 inciso tercero de la LACAP la vigencia de esta Garantía deberá estar redactada de la siguiente forma: La presente Garantía de Cumplimiento de Contrato, estará vigente a partir de la suscripción del contrato W 0-002/2021 Y hasta tres (3) meses después de la entrega a satisfacción de la Garantía de Buena Obra. Cualquier otra disposición contenida en la presente garantía que afecte la vigencia anteriormente descrita será nula sin que dicha nulidad afecte otras cláusulas del presente contrato de fianza. SEXTA. GARANTIA DE BUENA OBRA: La Contratista se obliga a otorgar a favor del ISSS una Garantía de Buena Obra, para asegurar que la Contratista responde por las fallas y desperfectos de los bienes y servicios (contenidos y detallados en el plan de oferta) que Ie sean imputables durante el período de un (1) año: el plazo de la vigencia de esta Garantía se contara a partir de la recepción definitiva de la obra. EI monto de la Garantía de Buena Obra será por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del monto total final del presente contrato. La Contratista se obliga para con el ISSS a garantizar las obras, bienes y servicios durante el plazo de un (1) año que se contara a partir de la fecha en que sea recibida la obra a entera satisfacción del ISSS, mediante el Acta de Recepción Definitiva, para responder cuando se detecten defectos o vicios ocultos en la ejecución de la obra o materiales, dentro del período de la Garantía la cual no podrá ser menor de un año, A partir de la entrega de la Garantía de Buena Obra y dentro del plazo establecido cualquier reparación, sustitución o modificación necesaria será la Division de Infraestructura y Mantenimiento del ISSS, quien podrá ordenarlas a la Contratista y Ie señalara el tiempo requerido para efectuarlas, quedando la Contratista obligada a realizar estas reparaciones, sustituciones o modificaciones exclusivamente por su cuenta y costo. En caso de incumplimiento por parte de la Contratista, el Administrador del Contrato notificara al Departamento de Contratos y Proveedores de la UACI, a fin de informar al Titular para los efectos legales correspondientes sin perjuicio de lo establecido en el artículo 1660 del Código Civil. SEPTIMA. GARANTÍA DE BUENA INVERSION DE ANTICIPO: La Contratista se obliga a otorgar a favor del ISSS una Garantía de Buena Inversión de Anticipo, para garantizar que la Contratista aplicara efectivamente los recursos asignados en los rubros que deberá detallar en el Plan de Utilización del Anticipo. La cuantía de esta Garanta será por un valor equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo concedido, el cual no podrá ser mayor al treinta por ciento (30%) del monto del presente contrato y estará vigente hasta la liquidación del anticipo, según el artículo 34 de la LACAP, de conformidad a la forma de pago establecida en la Base de la licitación Publica en referencia y en el presente contrato y deberá de ser entregada en el Departamento de Contratos y Proveedores de la UACI del ISSS. EI anticipo deberá ser cubierto a través del descuento correspondiente en las estimaciones de pago, debiendo estar completamente amortizado al cien por ciento (100%) antes de la última estimación (Liquidación) sin que esto afecte el cinco por ciento (5%) de retención establecido en la LACAP. "
Código de contrato
O-002/2021