ISSS Instituto Salvadoreño del Seguro Social

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ADECUACIÓN DE INSTLACIONES DE LA UNIDAD MÉDICA DEL ISSS, MUNICIPIO DE SANTA TECLA, DEWPTO. DE LA LIBERTAD

Nombre de la obra
ADECUACIÓN DE INSTLACIONES DE LA UNIDAD MÉDICA DEL ISSS, MUNICIPIO DE SANTA TECLA, DEWPTO. DE LA LIBERTAD
Ubicación exacta
Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad
Costo total de la obra
$6,366,643.34
Fuente de financiamiento
ISSS
Fecha de inicio de la obra
25 de julio de 2022
Tiempo de ejecución
Primera Etapa: 120 días calendarios; Segunda Etapa:240 días calendarios
Número de beneficiarios
556
Empresa o entidad ejecutora
CONSTRUCTORA GIGANTE S.A. DE C.V.
Empresa o entidad supervisora
Supervisado por personal de División de Infraestructura y Mantenimiento
Nombre del responsable de la obra
División de Infraestructura y Mantenimiento
Fecha de creación
19/10/2022
Fecha de última actualización
26/05/2023

Contenido del contrato

Forma de pago
OCTAVA. FORMAYTRAMITE DE PAGO: 1. FORMA DE PAGO. EI pago será a treinta (30) días contados a partir de la fecha de entrega de la factura y Acta de Recepción (cuando aplique) en la Seccion Tramite de Pago del ISSS.
Garantías
QUINTA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud de este contrato, la Contratista deberá presentar a satisfacci6n del Instituto, una Garanta de Cumplimiento de Contrato, per un monto equivalente a 10% sobre el valor del presente contrato, la que deberá estar vigente a partir de la suscripci6n del mismo y hasta tres (3) meses después de la entrega a satisfacción de la Garanta de Buena Obra. En aplicaci6n del Art. 31 inciso tercero y Art. 32 inciso tercero de la LACAP la vigencia de esta Garantía deberá estar redactada de la siguiente forma: La presente Garanta de Cumplimiento de Contrato, estará vigente a partir de la suscripci6n del contrato N°. 0"001/2021 Y hasta tres (3) meses después de la entrega a satisfacci6n de la Garantía de Buena Obra. Cualquier otra disposici6n contenida en Ia (presente garantía que afecte la vigencia anteriormente descrita será nula sin que dicha nulidad afecte otras cláusulas del presente contrato de fianza. SEXTA. GARANTÍA DE BUENA OBRA: La Contratista se obliga a otorgar a favor del ISSS una Garanta de Buena Obra, para asegurar que la Contratista responderá por las fallas y desperfectos de los bienes y servicios (contenidos y detalladas en el plan de oferta) que Ie sean imputables durante el periodo de un (1) año; el plazo de la vigencia de esta Garanta se contara a partir de la recepción definitiva de la obra. EI monto de la Garantía de Buena Obra será par un valor equivalente al diez por ciento (10%) del monto total final del presente contrato. La Contratista se obliga para con el ISSS a garantizar las obras, bienes y servicios durante el plazo de un (1) año que se contara a partir de la fecha en que sea recibida la obra a entera satisfacción del ISSS, mediante el Acta de Recepción Definitiva, para responder cuando se detecten defectos o vicios ocultos en la ejecución de la obra o materiales, dentro del periodo de la Garantía la cual no podrá ser menor de un año. A partir de la entrega de la Garanta de Buena Obra y dentro del plazo establecido cualquier reparaci6n, sustitución 0 modificación necesaria será la División de Infraestructura y Mantenimiento del ISSS, quien podrá ordenarlas a la Contratista y Ie señalara el tiempo requerido para efectuarlas, quedando la Contratista obligada a realizar estas reparaciones, sustituciones o modificaciones exclusivamente por su cuenta y costo. En caso de incumplimiento por parte de la Contratista, el Administrador del Contrato notificara al Departamento de Contratos y Proveedores de la UACI, a fin de informar al Titular para los efectos legales correspondientes sin perjuicio de 10 establecido en el artículo 1660 del Código Civil. SEPTIMA. GARANTÍA DE BUENA INVERSION DE ANTICIPO: La Contratista se obliga a otorgar a favor del ISSS una Garantía de Buena Inversión de Anticipo, para garantizar que la Contratista aplicará efectivamente los recursos asignados en los rubros que deberá detallar en el Plan de Utilización del Anticipo. La cuantía de esta Garantía será par un valor equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo concedido, el cual no podrá ser mayor al treinta por ciento (30%) del monto del presente contrato y estará vigente hasta la liquidación del anticipo, según el artículo 34 de la LACAP, de conformidad a la forma de pago establecida en la Base de la Licitación Publica en referencia y en el presente contrato y deberá de ser entregada en el Departamento de Contratos y Proveedores de la UACI del ISSS. EI anticipo deberá ser cubierto a través del descuento correspondiente en las estimaciones de pago, debiendo estar completamente amortizado al cien por ciento (100%) antes de la última estimación (liquidación) sin que esto afecte el cinco por ciento (5%) de retención establecido en la LACAP.
Código de contrato
O-003/2022
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