ISSS Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Regresar al listado Vista en PDFADQUISICIÓN, ADECUACIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE EQUIPO DE SISTEMA DE RESONANCIA MAGNÉTICA EN CONSULTORIO DE ESPECIALIDADES ISSS
Nombre de la obra
ADQUISICIÓN, ADECUACIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN FUNCIONAMIENTO DE EQUIPO DE SISTEMA DE RESONANCIA MAGNÉTICA EN CONSULTORIO DE ESPECIALIDADES ISSS
Ubicación exacta
Hospital Especialidades, Alameda Juan Pablo II, San Salvador
Costo total de la obra
$3,161,410.00
Fuente de financiamiento
Fondos propios
Fecha de inicio de la obra
11 de marzo de 2024
Tiempo de ejecución
120 días
Número de beneficiarios
1,863,055
Empresa o entidad ejecutora
PROMED EL SALVADOR S.A. DE C.V.
Empresa o entidad supervisora
Administrado por personal de División de Infraestructura y Mantenimiento
Nombre del responsable de la obra
División de Infraestructura y Mantenimiento
Fecha de creación
22/10/2024
Fecha de última actualización
22/10/2024
Contenido del contrato
Forma de pago
DÉCIMA. FORMAYTRAMITE DE PAGO:
1. FORMA DE PAGO. EI pago será a treinta (45) días contados a partir de la fecha de
entrega de la factura y Acta de Recepción (cuando aplique) en la Seccion Tramite de
Pago del ISSS.
Garantías
SEXTA. GARANTIA DE CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL:
La Contratista deberá presentar a favor del ISSS una Garantía de Cumplimiento Contractual por un monto equivalente al diez por ciento (10%) deI valor del presente contrato, para asegurar el cumplimiento de todas las clausulas establecidas en el presente contrato, la que deberá estar vigente a partir de la suscripción del presente contrato y hasta treinta días después de la entrega a satisfacción del ISSS de la Garantía de Calidad de Bienes. En aplicación del Art. 126 LCP la vigencia de esta Garantía deberá estar redactada de la siguiente forma: La presente Garantía de Cumplimiento Contractual estará vigente a partir de la suscripción del contrato N° DM-02412024 y hasta treinta días después de la entrega a satisfacción del ISSS de la Garantía de Calidad de Bienes. Cualquier otra disposición contenida en la presente Garantía que afecte la vigencia anteriormente descrita se tendrá por no escrita, sin que ello afecte las otras cláusulas del presente contrato de fianza.
SÉPTIMA. GARANTIA DE CALIDAD DE BIENES:
Para garantizar la calidad de los equipos entregados, la Contratista deberá presentar a favor del Instituto una Garantía de Calidad de Bienes, para responder ante las fallas de calidad y Terapéutica de lo entregado; cuyo monto deberá ser equivalente al 10% (diez por ciento) del monto contratado para el código A904701, con una vigencia de 36 meses, contada a partir de la última entrega de conformidad con el Acta de Recepción emitida por el ISSS. En aplicación del Art. 128 LCP, la vigencia de esta Garantía deberá estar redactada de la siguiente forma: La presente Garantía de Calidad de Bienes para el código A904701, tendrá una vigencia de 36 meses, contada a partir de la última entrega de conformidad con el Acta de Recepción emitida por el ISSS. Cualquier otra disposición contenida en la presente Garantía que afecte la vigencia anteriormente descrita se tendrá por no escrita sin que ello afecte las otras cláusulas del presente contrato de fianza. Vencido el plazo y de no haber recibido formalmente por escrito reclamo alguno dentro del plazo de vigencia antes mencionado, ésta quedará extinguida en todos sus efectos y por lo consiguiente, la Fiadora quedará exenta de toda responsabilidad, aun cuando el documento original no fuere devuelto.
OCTAVA. GARANTÍA DE BUENA OBRA:
Para el código 111501195, el monto de la Garantía de Buena Obra será por un valor
equivalente al 10% del monto contratado, por medio de la cual la Contratista se obliga para con el ISSS a garantizar las obras, bienes y servicios durante el plazo de un (1) año que se contarán a partir de la fecha en que sean recibidas las obras a entera satisfacción del ISSS, mediante el Acta de Recepción Definitiva de la Obra, para responder cuando se
detecten defectos o vicios ocultos en la ejecución de las obras o materiales, dentro del
período de garantía la cual no podrá ser menor de un año.
NOVENA. GARANTÍA CONTRA DESPERFECTOS DE FÁBRICA:
1. El período mínimo de Garantía contra Desperfectos de Fábrica será contado a partir
de la firma del Acta de Recepción de los equipos, según los plazos contenidos en el cuadro C3 REQUISITOS REGULATORIOS Y TIEMPOS, de los Documentos de
Solicitud de Oferta en referencia.
2. Silos requerimientos técnicos contenidos en los Documentos de Solicitud de Oferta, o
la Oferta de la Contratista incluyo el mantenimiento preventivo de los equipos
contratados durante el plazo de la garantía contra desperfectos de Fábrica, debe
brindarse por la Contratista según programación establecida, dejando registro o
constancia al usuario, que demuestre que el usuario y el personal de mantenimiento
local, o en su defecto el Departamento de Soporte Técnico a Mobiliarios y Equipos han
supervisado a satisfacción cada una de las visitas de mantenimiento realizadas.
3. La garantía y el mantenimiento preventivo debe cubrir todo el equipamiento requerido
para el funcionamiento del equipo contratado, así como equipo complementario y
accesorios.
Código de contrato
DM-024/2024
CONTRATACION DIRECTA
CD23DM0018