ISSS Instituto Salvadoreño del Seguro Social
Regresar al listado Vista en PDFHomologación de incapacidades
Validación al otorgamiento de incapacidades por terceros: El Instituto podrá valorar recomendaciones de incapacidad para un trabajador cotizante activo, extendida en los establecimientos de los proveedores privados de servicios de salud o del sistema de Salud Pública.
Requisitos generales
Para la homologación de tales recomendaciones, el interesado presentará los documentos consignados, personalmente o a través de un delegado a la oficina de trabajo social de la Unidad Médica que le corresponda, quien llevará el caso al Director local o su designado para que valide la incapacidad. En caso que el interesado no pueda movilizarse hasta el centro de atención, el Director enviará personal de salud al domicilio correspondiente para su respectiva verificación. La homologación de incapacidades será realizada en las Unidades Médicas, quedando excluidas de tal actividad las Clínicas Comunales y Empresariales. En el caso de los Hospitales, solamente homologarán incapacidades a derechohabientes trasladados de hospitales privados o del Ministerio de Salud, debiendo la incapacidad llevar el mismo diagnóstico de traslado. En Hospitales Regionales, será la Consulta Externa la dependencia responsable de homologar incapacidades.
Para probar el internamiento y/o atención ambulatoria, el interesado deberá presentar los siguientes documentos:
a. Constando de internamiento extendida por el Director del Hospital respectivo, en original, firmada y sellada.
b. Certificación de incapacidad en original extendida por el médico tratante, especificando el diagnóstico y los días de incapacidad que le extiende.
c. Documento de identidad (DUI o carné de minoridad), del derechohabiente y persona autorizada, original y copia.
d. En los casos que sea necesario, tarjeta de afiliación vigente, original y copia.
e. El ISSS se reserva el derecho a pedir más datos para solicitar una auditoria del expediente particular en donde se consignó la incapacidad, si lo considera pertinente. Asimismo, siempre se deberá verificar los derechos de atención en los sistemas del ISSS.
Los documentos que se requieren para la homologación de las licencias por maternidad son:
a. Constancia médica de atención del parto, en original con firma y sello (si aplica según el país de emisión).
b. Documento de identidad vigente, original y copia.
c. En los casos de pacientes extranjeras, tarjeta de afinación, original y copia.
d. Constancia de incapacidad, que contemple el diagnóstico y los días de incapacidad.
e. Duplicado o triplicado de Plantares del niño, original y copia, si aplica.
f. Si el parto ocurrió en el extranjero, deberá presentar la certificación de "Partida de Nacimiento" y/o la certificación del "Registro Consular de Nacimiento" extendido por el consulado de El Salvador o, en su defecto, por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de El Salvador.
g. En caso que la derechohabiente sea extranjera, deberá presentar la documentación equivalente a la descrita en el literal anterior, correspondiente a la emitida por la autoridad competente de su país de origen.
h. El Instituto se reserva el derecho a solicitar más datos que permitan la identificación de la fuente y del expediente donde se consignó la incapacidad a homologa. Asimismo, podrá verificar los derechos de atención en los sistemas del ISSS según corresponda
Datos generales
Consultar Unidad Médica u Hospital adscrito.