ISTU Instituto Salvadoreño de Turismo
Regresar al listado Vista en PDFEXONERACIÓN TOTAL O PARCIAL DE PAGO DE INGRESO A PARQUES RECREATIVOS
La Unidad de Parques Recreativos, previa aprobación de la Dirección Ejecutiva; extenderá permisos de acuerdo a la Normativa Institucional establecida para autorización de ingreso a los centros de recreación administrados por el ISTU, a las siguientes instituciones: 1. Centros Escolares Públicos 2. Grupos sin fines de lucro, con exoneración total o parcial (2 x 1) de pago de ingreso. EXCEPCIÓN: días de asueto, fines de semana y temporadas de vacaciones, en los cuales no se podrá exonerar a las instituciones antes mencionadas.
Requisitos generales
Cuando se solicite entradas al 2x1 para ingreso a los parques tiene que ser previamente autorizado por la Gerencia de Parques e Infraestructura del ISTU.
Datos generales
Colonia Escalón, entre 5a. Calle Poniente y 73 Avenida Norte, San Salvador, El Salvador.
Oficinas Administrativas del ISTU
Gerencia de Parques e Infraestructura
Teléfonos 2121 - 6700 Ext. 131/132
Paso 1 REQUISITOS Y NORMATIVAS PARA EXONERACIÓN TOTAL O PARCIAL DE PAGO DE INGRESO
La Unidad de Turicentros y Parques, previa aprobación de la Dirección Ejecutiva; extenderá permisos de acuerdo a la Normativa Institucional establecida para autorización de ingreso a los centros de recreación administrados por el ISTU, a las siguientes instituciones: 1. Centros Escolares Públicos 2. Grupos sin fines de lucro, con exoneración total o parcial (2 x 1) de pago de ingreso. EXCEPCIÓN: días de asueto, fines de semana y temporadas de vacaciones, en los cuales no se podrá exonerar a las instituciones antes mencionadas.