MAG Ministerio de Agricultura y Ganadería
Regresar al listado Vista en PDFLicencia de embarcación artesanal con motor estacionario de hasta 180 HP
Se brinda la licencia de embarcación artesanal con motor estacionario de hasta 180 HP.
Requisitos generales
Requisitos:
1. Licencia de embarcación con motor estacionario para pescador a asociado: 1/2 MM ($136.96).
2. Licencia de embarcación con motor estacionario para pescador individual 1 SMM (273.91).
1. Poseer una embarcación físicamente presente, disponible y en adecuadas condiciones de operación.
2. Comprobar que es titular de una autorización de pesca debidamente vigente.
3. Solicitud dirigida al Director General (formulario proporcionado por (CENDEPESCA).
4. Presentar documentación que compruebe la propiedad o posesión de la embarcación.
5. Presentar matricula o certificación de matrícula de la embarcación respectiva.
6. Cumplir con la inspección de verificación de las condiciones adecuadas de operación de la embarcación realizadas por CENDEPESCA.
7. Dictamen higienicosanitario de la embarcación extendido por la Dirección General de Ganadería.
Procedimiento:
1.Entrega de solicitud y guía de requisitos a usuario.
2. Usuario presenta solicitud y documentos anexos.
3.Delegado verifica cumplimiento de requisitos, ingresa datos al sistema de registro y anexa documentos a expediente.
4. Cumplido los requisitos la coordinadora elabora Resolución y Certificación de estableciendo la admisión de la solicitud presentada. Nombramiento de Inspector de CENDEPESCA y solicitud de inspección higienicosanitario a la Dirección General de Ganadería.
5. Inspector de CENDEPESCA y la Dirección General de Ganadería realizan inspección y remiten informe a la División de Normatividad Pesquera y Acuícola.
6. Cumplido los requisitos la Coordinadora elabora Resolución y Certificación que contiene la licencia de embarcación industrial e envía a Director General.
7. Director General firma y sella Resolución y Certificación de la Resolución que contiene la licencia de embarcación industrial.
8. Colector Auxiliar Habilitado elabora factura o comprobante de crédito fiscal y recibe la cancelación de los derechos correspondientes.
9. Responsable del registro emite Carné de la licencia de embarcación industrial.
10. Delegado elabora acta y notifica a usuario la certificación de la Resolución que contiene la licencia de embarcación industrial y su respectivo Carné.
Datos generales
Final Primera Avenida Norte y Avenida Manuel Gallardo, Santa Tecla.