MAG Ministerio de Agricultura y Ganadería

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PERMISO PROVISIONAL DE USO DE AGUA CON FINES DE RIEGO

Se trata de una resolución emitida por parte del MAG, para utilizar, en forma transitoria, aguas nacionales con fines de riego, de conformidad al Art. 10 de la Ley de Riego y Avenamiento.

Requisitos generales

Requisitos:
1. Llenar el formato de solicitud con datos requeridos, agregando el original y copia del título que acredite el dominio o posesión del inmueble.
2. Presentar la solicitud en el plazo de recepción teniendo hasta el último día hábil de agosto.
3. La solicitud deberá ser presentada personalmente o por medio de apoderado, en cuyo caso, deberá adjuntarse la documentación con que se acredite su personería. Lo mismo se observará cuando se trate de una persona jurídica o de un incapaz, respecto al representante legal de las mismas.
4. Si el que hace la solicitud no fuera el propietario del inmueble que recibirá el beneficio del riego, además de los documentos indicados en el inciso anterior, deberá acompañar una autorización por escrito de dicho propietario debidamente legalizada en la que se determine el inmueble y superficie que se regará.
5. Si se trata de un poseedor, acompañará una certificación expedida por el Alcalde Municipal del lugar donde esté situado el inmueble que se trate de beneficiar, quien la dará con vista de los datos fehacientes que existan en la Alcaldía y de lo que a él le conste personalmente, o de los informes fidedignos que crea conveniente recoger; entendiéndose que los Alcaldes que cometieren falsedad incurrirán en las penas señaladas en el Código Penal.

Procedimiento: Recepción de solicitud y admisión. Si es de primera vez se manda a oír a ANDA y la Alcaldía Municipal de la Jurisdicción del inmueble a regar. Inspección de campo. Elaboración de permiso en Departamento de Asesoría Jurídica. Trámite Firma Resolución de Permiso en Dirección General. Inscripción en el Registro de Aguas. Notificación.

Datos generales

Tiempo de respuesta
3 meses (66 días hábiles)
Área encargada
Departamento de Asesoría Jurídica
Encargado del servicio
El encargado del servicio no es un FUNCIONARIO del MAG, por tanto de acuerdo a la SENTENCIA de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia-CSS N°21-20 RA-SCA , del 16 de noviembre de 2020, es información CONFIDENCIAL los nombres de los servidores públicos que no son FUNCIONARIOS.
Dirección donde solicitar el servicio

Final Colonia Venecia, Calle Antigua al Matazano, cantón El Matazano, municipio de Soyapango, departamento de San Salvador.

Horario
De Lunes a Viernes 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Observaciones
Costo total del servicio
Depende de la superficie a regar, para lo cual se adjunta Acuerdo 444 del 11 de junio de 2004
Fecha de creación
11/05/2021
Fecha de última actualización
29/07/2022
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