MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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21.- Registro de Prestadores de Servicos de Estudios de Impacto Ambiental.

Consiste en el registro de personas naturales y/o jurídicas competentes en la prestación de servicios técnicos ambientales para la realización de cualquiera de las actividades necesarias para elaboración de Estudios de Impacto Ambiental y Diagnósticos Ambientales de Actividades, Obras o Proyectos para el proceso de Evaluación Ambiental en esta Cartera de Estado. Este servicio cuenta con dos modalidades: 1. Obtener por primera vez la inscripción en el Registro. 2. Renovar y actualizar la inscripción en el Registro

Requisitos generales

La inscripción o Renovación en el Registro de Prestadores de Servicios de Estudios de Impacto Ambiental se realiza de la siguiente forma: Paso 1. Presentación de Formulario de inscripción o Renovación (personas naturales y jurídicas) según sea el caso. Se deberá presentar la solicitud, acompañada de la documentación respectiva, a la ventanilla de atención al usuario de la Dirección General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental, localizada en la sede central del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, km 5 ½ Carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, San Salvador. Paso 2. Verificación de requisitos La solicitud y documentación recibida, es revisada y verificada a fin de determinar que esta cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente, según la modalidad a solicitar (inscripción y/o renovación de persona natural y/o jurídica). Paso 3. Emisión de observaciones a la solicitud. Si en el proceso de verificación, se determina que no reúne los requisitos establecidos según la modalidad solicitada, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales emite prevención a la persona solicitante por única vez a fin de que subsane aquellas deficiencias u omisiones identificadas. La persona solicitante presenta la respuesta a la prevención al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por medio de nota, anexando los documentos correspondientes, según sea el caso. Paso 4. Respuesta El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales analiza y verifica la información presentada por la persona solicitante y elabora la resolución que corresponda según sea el caso, (inscripción, renovación o inadmisibilidad, esta última por f+J24+J25

Datos generales

Tiempo de respuesta
Plazo de respuesta ,según la ley en el art.46, En un plazo máximo de 15 días hábiles.
Área encargada
Dirección General de Evaluación y Cumplimiento Ambiental
Encargado del servicio
Aplicado principalmente por el Area de Evaluacion Ambiental , con apoyo de la oficina de Ventanilla de atencion al Usuario
Dirección donde solicitar el servicio

Oficina Central Teléfonos: (503) 2132-9283 y (503) 2132-9284 Celular: (503) 7854-5686 (en días y horas hábiles).Kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificio Ministerio de Medio Ambiente, instalaciones ISTA, San Salvador. Correo electronico de Atencion al Usuario: ventanilla@ambiente.gob.sv ; sea@ambiente.gob.sv

Horario
De lunes a viernes, de 7:30 a.m., a 12:30 p.m. y, de 1:10 p.m. a 3:30 p.m
Observaciones
BASE LEGAL Ley del Medio Ambiente. Art. 23 Establece que las empresas o personas que se dediquen a preparar Estudios de Impacto Ambiental, deberán estar registradas en el Ministerio, para fines estadísticos y de información. Reglamento General de la Ley del Medio Ambiente. Art. 42 Establece el Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, su objeto y el procedimiento de Certificación y registro para Personas Naturales y Jurídicas. (Ver literales desde a) hasta la e). Art. 43 Establece los requisitos de inscripción en el Registro de Prestadores de Servicio para Personas Naturales, la inhabilitación temporal de quienes se desempeñen como empleados públicos y los requisitos para los Prestadores de Servicio de Auditoría de Evaluación Ambiental (ver literales desde a) hasta la g). Art. 45 Establece los requisitos de inscripción en el Registro de Prestadores de Servicio para Personas Jurídicas (ver literales desde a) hasta la g). Art. 46 Detalla plazos para la evaluación de la solicitud, emisión de una única prevención con plazo de subsanación, y de la emisión de la resolución de certificación o inadmisibilidad. Art. 47 Detalla la vigencia de la Certificación e Inscripción en el Registro de Prestadores y los requisitos para la renovación de la inscripción para personas naturales y jurídicas. Art. 47-A Establece las causales y proceso des inscripción al registro de prestadores de Servicios (ver literales desde la a) hasta la i).
Costo total del servicio
0.00
Fecha de creación
30/04/2024
Fecha de última actualización
31/10/2024
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