MARN Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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4.- Licencia de cacería deportiva

Regula las actividades de cacería deportiva con base en criterios técnicos, a través de la emisión de una licencia en el territorio nacional, otorgada por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Requisitos generales

Paso 1. Retirar el formulario en las oficinas centrales del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. ubicadas en kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificio del Ministerio de Medio Ambiente, instalaciones ISTA, San Salvador.

Paso 2. Entregar formulario completo, con sus respectivos anexos, en las oficinas centrales del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Requisitos para realizar trámites por primera vez para obtener licencia de cacería deportiva para salvadoreños y extranjeros.

Paso 3. Se le enviará un link para realizar el curso de cacería responsable una vez aprobado con nota mínima de 7.0 continúa con el paso 4.
De no aprobarse, deberá esperar un año para volver a solicitar la licencia.

Paso 4. Se notifica al solicitante la resolución de su trámite

Paso 5. Se elabora un mandamiento de pago para efectuarlo en la colecturía del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales. Además, llenará una ficha para la recopilación de datos para la facturación electrónica y su gestión vía correo electrónico.

Costos:
- Licencia temporal nacionales y extranjeros USD 100 (30 días calendario).
- Licencia por temporada a nacionales y extranjeros residentes en el país, USD 250 (con vigencia de un año calendario).
- Licencia por temporada a extranjeros (no residentes), USD 500 (con vigencia de un año calendario).

 Fuente: Acuerdo 433 del ramo de Hacienda, de fecha 15 de marzo del 2022. Disposiciones reguladoras del ejercicio de la cacería deportiva en El Salvador.

Paso 6. Presentar comprobante de pago al técnico encargado para retirar su permiso de cacería.

Formulario con la información requerida
Fotocopia ampliada del Documento Único de Identidad (DUI) vigente, pasaporte vigente o carnet de residencia al 150 % (revés y derecho), en una sola página, debidamente certificado por un notario de la República.
Fotocopia ampliada al 150 % de licencia para el uso de armas de fuego emitida por el Ministerio de la Defensa Nacional (revés y derecho) en una sola página, debidamente certificada por un notario de la República.
Fotocopia ampliada al 150 % de la matrícula del arma de fuego registrada en el Ministerio de la Defensa Nacional, debidamente certificada por un notario de la República.
Fotocopia ampliada al 150 % de la constancia de antecedentes penales y policiales vigentes, certificada por un notario de la República.
Colocar o pegar una fotografía reciente a color, tamaño cédula, impresa en papel fotográfico, en la solicitud de licencia de cacería.
Para el uso de rifle de aire comprimido y pistón, se deberá presentar fotocopia de la notificación de la importación, fabricación o tenencia, presentada al Ministerio de la Defensa Nacional.

Requisitos Generales:
Formulario con la información requerida
Fotocopia ampliada al 150 % de la constancia de antecedentes penales y policiales vigentes, certificada por un notario de la República.
Fotografía reciente a color, tamaño cédula, impresa en papel fotográfico.
Fotocopia de diploma de aprobación del curso de cacería responsable otorgado por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Original de licencia de cacería deportiva del año anterior.

Requisitos para realizar trámites y obtener licencia de cacería deportiva utilizando la técnica de cetrería, para salvadoreños y extranjeros.
Formulario con la información requerida
Fotocopia ampliada del Documento Único de Identidad (DUI) vigente, pasaporte vigente o carnet de residencia vigente, al 150 % (revés y derecho), en una sola página, debidamente certificada por un notario de la República.
Fotocopia ampliada al 150 % de la constancia de antecedentes penales y policiales vigentes, certificada por un notario de la República.
Fotografía reciente a color, tamaño cédula, impresa en papel fotográfico.
Fotocopia del certificado o diploma que lo acredite para el ejercicio de la cetrería, emitido por la autoridad competente nacional o internacional.

Datos generales

Tiempo de respuesta
Tiempo aproximado de trámite: de 8 a 30 días hábiles
Área encargada
Gerencia de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad
Encargado del servicio
Gerenca de Vida Silvestre Dirección General de Ecosistemas y Biodiversidad
Dirección donde solicitar el servicio

Gerencia de Vida Silvestre
Correo electrónico: direcciondeecosistemas@ambiente.gob.sv
Teléfono: (503) 2132-6258/7842-2390.Sede Central: kilómetro 5 ½ carretera a Santa Tecla, calle y colonia Las Mercedes, Edificio Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, instalaciones ISTA, San Salvador.

Horario
De lunes a viernes, de 7:30 a.m. a 12:30 p.m. y de 1:10 p.m. a 3:30 p.m.
Observaciones
BASE LEGAL: Ley de Conservación de la Vida Silvestre Art.1 Objeto de la ley en el cual se encuentra la conservación de la vida silvestre incluyendo la regulación de actividades como la cacería. Art.6 h) El MARN es quien fija las cuotas de Vida Silvestre cosechables por unidad de tiempo y espacio, además es quien establece el monto y condiciones de las licencias y permisos. Art.8 Toda utilización de vida silvestre, incluyendo la cacería, estará normada por los reglamentos correspondientes y administrados por el MARN en coordinación con los organismos o instituciones relacionadas con la materia. Art.14 Toda forma de cacería, ya sea esta de tipo deportivo, de complemento o comercial, requerirá de los permisos o licencias correspondientes que se otorgaron según se establezca en el Reglamento respectivo Art.15 Las actividades reguladas por la LCVS, estarán sujetas a diferentes tipos de tarifas establecidas por el MARN de acuerdo a los diferentes rubros: cacería deportiva, cacería de complemento, cacería comercial y recolectas para colecciones científicas.
Costo total del servicio
1. Licencia temporal nacionales y extranjeros USD 100 (30 días calendario). 2. Licencia por temporada a nacionales y extranjeros residentes en el país, USD 250 (con vigencia de un año calendario). 3. Licencia por temporada a extranjeros (no residentes), USD 500 (con vigencia de un año calendario). Fuente: Acuerdo 433 del ramo de Hacienda, de fecha 15 de marzo del 2022. . Disposiciones reguladoras del ejercicio de la cacería deportiva en El Salvador.
Fecha de creación
30/01/2025
Fecha de última actualización
30/01/2025
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