MINSAL Ministerio de Salud
Regresar al listado Vista en PDFRegistro Sanitario de alimentos y bebidas procesadas nacionales e importadas y su renovación
Objetivo: Establecer los lineamientos que describa el trámite de registro sanitario de alimentos y bebidas procesados nacionales e importados y su renovación. Este servicio es proporcionado a todas las persona ya sean naturales o jurídicas, que importan, fabrican o procesan productos alimenticios para consumo humano.. La certificación del registro está sujeta a los análisis del producto que deben ser emitidos por el laboratorio de Alimentos y Toxicología del Ministerio de Salud, con los resultados de estos análisis se procede a la emisión de la certificación del registro sanitario, emitiendo el número de registro sanitario con el que será comercializado el producto; para aquellos productos que son clasificados como riesgo C, se extiende una constancia temporal con el número de registro sanitario en 48 horas. Esta certificación del registro sanitario, se extiende en la Unidad de Alimentos y Bebidas de la Dirección de Salud Ambiental.
Requisitos generales
Requisitos para Iniciar la obtención de Registro Sanitario y/o Renovación de Alimentos y Bebidas Importadas
1.Expediente digital:
a) Solicitud en electrónico.
b) Lista de Ingredientes, en orden decreciente, es decir de mayor a menor en % masa/masa; con nombre y firma del Responsable. Esta lista deberá ir encabezada con el nombre específico del producto.
c) Etiqueta: Debe cumplir con los requisitos de la reglamentación técnica aplicable al producto. Si es registro nuevo pueden subir boceto de etiqueta y si es renovación escanear la etiqueta original. Subir etiquetas legibles de cada presentación a registrar. Subir etiqueta complementaria de acuerdo al RTCA de etiquetado cuando aplique, en el mismo archivo de la etiqueta de cada presentación.
d) El Certificado puede denominarse: Libre Venta, Sanitario, de Exportación, de Salud, de Calidad y otros según el país que lo extiende). Subir el Certificado emitido por la Autoridad Sanitaria competente del país que lo extiende y que respalde la inocuidad del mismo, con sus respectivas diligencias de traducción si el certificado no está en idioma castellano, Apostillado; si el país que emite el documento es miembro del Convenio de La Haya; caso contrario este debe presentarse Consularizado (Firmas autenticadas). *
* Para productos procedentes de Estados Unidos y país de origen distinto, se aceptará los Certificados emitidos por este país.
2) Expediente físico:
a) Solicitud en físico: firmada por el titular o Apoderado.
b) Lista de Ingredientes, en orden decreciente, es decir de mayor a menor en % masa/masa; con nombre y firma del Responsable. Esta lista deberá ir encabezada con el nombre específico del producto.
c) Etiqueta(s): Debe cumplir con los requisitos de la reglamentación técnica aplicable al producto, en original si es renovación y boceto si es Registro Sanitario nuevo. Adjuntar Etiquetas legibles de cada presentación a registrar. Si es renovación, se permite presentar proyecto de etiqueta, únicamente en los casos que la etiqueta original esté incumpliendo algún reglamento por evolución de la normativa para su adecuación; y la imagen de la etiqueta original cuando no sea posible la presentación por las características del
d) envase (ej. vidrio, metales, etiqueta de gran tamaño).
Adjuntar etiqueta complementaria de acuerdo al RTCA de etiquetado cuando aplique.
e) El Certificado puede denominarse: Libre Venta, Sanitario, de Exportación, de Salud, de Calidad y otros según el país que lo extiende), Adjuntar el Certificado emitido por la Autoridad Sanitaria competente del país que lo extiende y que respalde la inocuidad del mismo, con sus respectivas diligencias de traducción si el certificado no está en idioma castellano, Apostillado; si el país que emite el documento es miembro del Convenio de La Haya; caso contrario este debe presentarse Consularizado (Firmas autenticadas). *
- Se permitirá los certificados emitidos con firma electrónica según legislación del país que lo emite.
- Así también, se permitirán los certificados emitidos por entidades a las cuales la autoridad sanitaria les hayan delegado la función de emitir dicho documento para lo cual se deberá comprobar con la documentación legal ( pueden ser decretos, acuerdos, resoluciones) que lo respalde u otro medio para su validación.
Nota 1: La vigencia del Certificado de Libre Venta, será la que se establece en el RTCA Alimentos Procesados. Procedimientos para otorgar, renovar, modificar el registro sanitario y la inscripción sanitaria en su versión vigente.
Nota 2: Cuando se incumpla con el RTCA de etiquetado y criterios microbiológicos, el sistema, inhabilitará la pre autorización emitida en el sistema.
Registro Sanitario y/o Renovación de Alimentos y Bebidas Nacionales
1. expediente digital:
a) Solicitud en línea
b) Lista de Ingredientes: en orden decreciente, es decir de mayor a menor en % masa/masa; con nombre y firma del Responsable. Esta lista deberá ir encabezada con el nombre específico del producto.
c) Etiqueta: Debe cumplir con los requisitos de la reglamentación técnica aplicable al producto. Si es registro nuevo pueden subir boceto de etiqueta y si es renovación escanear la etiqueta original. Subir etiquetas legibles de cada presentación a registrar.
d) Permiso de funcionamiento: copia de la licencia sanitaria o permiso de funcionamiento vigente de la fábrica y de bodega (s) (cuando son establecimientos diferentes), para el caso de productos maquilados subir carta en la que se compruebe la relación comercial entre la empresa titular del registro y la empresa fabricante.
e) Para productos maquilados, el registro sanitario deberá ser realizado por el que será el titular del mismo.
2. expediente en físico:
a )Solicitud en físico: firmada por el titular o Apoderado.
b) Lista de Ingredientes, en orden decreciente, es decir de mayor a menor en % masa/masa; con nombre y firma del Responsable. Esta lista deberá ir encabezada con el nombre específico del producto.
c) Etiqueta(s): Debe cumplir con los requisitos de la reglamentación técnica aplicable al producto, en original si es renovación y boceto si es Registro Sanitario nuevo. Adjuntar Etiquetas legibles de cada presentación a registrar. Si es renovación, se permite presentar proyecto de etiqueta, únicamente en los casos que la etiqueta original esté incumpliendo algún reglamento por evolución de la normativa para su adecuación; y la imagen de la etiqueta original cuando no sea posible la presentación por las características del envase (ej. vidrio, metales, etiqueta de gran tamaño)
d) Para productos maquilados, el registro sanitario deberá ser realizado por el que será el titular del mismo.
Vínculo:
https://sisam.salud.gob.sv
Datos generales
Dirección de Salud Ambiental
1era planta Edificio Laboratorio Central Dr. Max Bloch Alameda Roosevelt, Edificio Laboratorio Central Dr. Max Bloch, San Salvador, El Salvador, C.A.
Teléfonos: 2594-8557 / 2594-8558 / 2205-1617
Paso 1 Registrarse en el Sistema de Información de Salud Ambiental
Estar registrado como usuario en el sistema de información de Salud Ambiental ingresar en https://sisam.salud.gob.sv
Archivos adjuntos
Paso 2 Registro Sanitario de Alimentos y Bebidas Nacionales o Importadas
llenado de solicitud en linea
Archivos adjuntos
Paso 3 Revisión de Solicitud
Técnico ingresa al sistema y revisa solicitud vía web, si solicitud cumple con requisitos asigna clasificación alimenticia, la solicitud pasa a pendiente de asignación de determinaciones analíticas por parte del laboratorio, cuando Laboratorio de Control de Calidad de Alimentos y Toxicología asigna las determinaciones a realizar al producto, se genera el mandamiento de pago automáticamente.
Paso 4 Revisión técnica
Sistema envía el mandamiento de pago único al usuario vía correo electrónico para pagar la solicitud de registro sanitario y los análisis de laboratorio, usuario se acerca a colecturía de Fondos FAE del Ministerio de Salud a cancelar mandamiento o realiza el pago de manera electrónica a través del CIEX-BCR, posteriormente presenta muestras en el Laboratorio y expediente físico a técnico de Unidad de Alimentos
Paso 5 Análisis de laboratorio
Usuario lleva la hoja de remisión de muestras al laboratorio junto con las muestras.
Archivos adjuntos
Paso 6 Revisión de análisis de laboratorio
Técnico de Alimentos revisa resultados de laboratorio de muestras presentadas, si todo esta en orden pasa solicitud a aprobación por parte de coordinadora de la Unidad
Paso 7 Aprobación del Registro
Coordinador de la Unidad de Alimentos y Bebidas revisa y firma Certificación de Registro Sanitario. el sistema envía correo con notificación a usuario