MINSAL Ministerio de Salud
Regresar al listado Vista en PDFPermisos de Instalación y Funcionamiento Sanitario para establecimientos Alimentarios
Dar cumplimiento al literal b del Art. 86 del Código de Salud, el cual establece la autorización para la instalación y funcionamiento para establecimientos alimentarios, así como a la Norma técnica para Autorizaciones y permisos sanitarios de Funcionamiento del MINSAL.
Requisitos generales
La persona natural o jurídica propietaria de un establecimiento que requiere permiso para su funcionamiento, debe ingresar en el SPS o presentar a la DISAM o sus regionales, lo siguiente:
1. Solicitud llena completamente.
2. Declaración Jurada autorizada por el Ministerio de Salud.
3. Ficha sanitaria de acuerdo con el tipo de establecimiento, mediante la cual presenta autoevaluación de las condiciones sanitarias del establecimiento para el cual solicita el permiso
4. comprobante de pago del arancel
5. Copia del Documentos único de Identificación del representante legal o persona natural, en caso de extranjeros Carné de Residente o Pasaporte.
6. Copia de Escritura de Constitución de Sociedad o modificación de ésta (aplica únicamente a persona jurídica).
7. Certificados de salud de los manipuladores de alimentos.
8. Croquis y distribución de la planta ( para fábricas alimentarias)
9. Programa de capacitación de BPM (para fábricas alimentarias)
10. Memoria descriptiva del proyecto (No es necesario para vehículos)
11.Plan de control de plagas, insectos y roedores.
Datos generales
Direcciones Regionales de Salud.
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