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Licencia de Construcción Áreas Para Radiaciones Ionizantes

Documento mediante el cual se autoriza la construcción de un área específica donde utilizaran radiaciones ionizantes con base a las características de diseño desde el punto de vista de la seguridad tecnológica y física, la documentación probatoria de que el diseño seleccionado cumple los objetivos y criterios en materia de protección y seguridad radiológica, y resultados del cálculo de los blindajes Información al 2591-7336

Requisitos generales

a) Solicitud de licencia de construcción conforme anexo III
b) Descripción de la práctica
c) Características de las fuentes de radiación a emplear, según el Anexo IV
d) Planos de la instalación, elaborados y rubricados por un profesional habilitado
e) Memoria de cálculo de los blindajes
Para la práctica de radioterapia, esta licencia comprenderá las etapas de puesta en marcha, pruebas de aceptación, comisionamiento y casos prueba.
Las prácticas con aceleradores lineales para inspección de contenedores, braquiterapia de baja tasa de dosis, medicina nuclear y rayos X para diagnóstico médico, veterinario y dental extra oral, sujetas a licencia de operación tipo 2, deben obtener Licencia de Construcción

Datos generales

Tiempo de respuesta
60 días hábiles
Área encargada
Dirección de Protección Radiológica.
Encargado del servicio
Dra. Carolina Escobar de Rivera
Dirección donde solicitar el servicio

Calle Arce # 827, San Salvador, Ministerio de Salud

Horario
7:30 a.m. a 3:30 p.m. (horario ininterrumpido)
Observaciones
Costo total del servicio
$ 282.50

Archivos adjuntos

Nombre archivo adjunto
Guía para solicitar Licencias de Construcción y Operación
Descripción archivo adjunto
Archivo
Fecha de creación
20/07/2020
Fecha de última actualización
09/12/2024
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