MOPT Ministerio de Obras Públicas y de Transporte
Regresar al listado Vista en PDFEvaluación preliminar, Permiso y Recepción de proyectos habitacionales con el VMVDU, municipalidades y oficinas tecnicas de asociaciones de municipios.
Para obtener una EVALUACION PREMILIAR, el interesado deberá presentar a la Sub-direcci6n de Tramites de UrbanizaciÓn y ConstrucciÓn, la solicitud acompañada de documentos y demas requisitOs descritos en el formulario respectivo.
Requisitos generales
Para iniciar el proceso de la Evaluación Preliminar es necesario presentar a Receptoría del
VMVDU el formulario de solicitud de Calificación de Lugar, Linea de Construcción,
factibilidad de drenaje de aguas lluvias, revisión vial y zonificación; documentos que
acrediten la personería del solicitante; testimonio original o copia certificada, en que conste
la propiedad del inmueble; ubicación catastral emitida par el CNR; resolución sabre la
factibilidad de agua potable y alcantarillado (de ANDA, alcaldía u otra institución que en la
zona preste el servicio); recibo de pago por trarnites de acuerdo a los precios por servicios
prestados.
• Copia digital de todos las documentos presentados incluyendo pianos. Toda esto segun las
requerimientos establecidos legalmente.
• El VMVDU informa y envfa documentaci6n del proyecto a la OIC a traves del sistema
inforrnatico. OIC traslada informaci6n a SECULTURA para iniciar procedimiento de forma
simultanea,
l VMVDU publicara las formularios y documentos requeridos en la fase de evaluación
preliminar, en la pagina electrónica institucional de la cual podrán ser descargados par el
usuario.
• Los formularios no podrán tener mas requisitos de las exigidos en la normativa, decretos o
acuerdos aplicables o información diferente, relacionada a la comprobación de las
mencionados requisitos.
• Si la solicitud al VMVDU es declarada desfavorable o inadmisible y el desarrollador,
inversionista o propietario de un proyecto, considera que la resolución carece fundamento
tecnico y/o legal; o que la resolucion no este debidamente motivada, fundamentada y
notificada dentro de las plazas previamente establecidos par la ley, podrá interponer
recurso de revision (Art.27.-) dentro de las ocho días hábiles siguientes a la notificativo. El
VMVDU tendra un plaza de ocho dlas ha biles para resolver el recurso con solo la vista de las
autos.
• El interesado podra enviar copia del recurso al Comite Coordinador a traves de la OIC.
• En el caso que se haga uso del recurso de revision, las plazas de las dernas recursos,
regulados en las leyes especiales de la materia, contaran a partir de la resolucion del recurso
interpuesto ante el VMVDU.
• El VMVDU resolvers sabre las solicitudes de Evaluacion Preliminar en un plazo de veinte
dias.
SUBDIRECCION DE TRAMITES DE URBANIZACION Y CONSTRUCCION
• La OIC a traves del sistema lnforrnatico recibira la resoluclon del VMVDU y notifica al MARN
en caso se requiera analisis ambiental.
Datos generales
Region Centro: Ministerio de Obras Publicas - Transporte - Vivienda y
Desarrollo Urbano. Plantel La Lechuza, Carretera a Santa Tecla Km. 5 1/2,
San Salvador, Tel.: 2528-3114.