MTPS Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Regresar al listado Vista en PDFIInscripción de Juntas Directivas de Organizaciones Profesionales Legalmente Constituidas
Acreditar a los miembros de la Junta Directiva de la Organización Profesional.
Requisitos generales
1. Solicitud de inscripción de Junta Directiva.
2. Convocatoria girada por la Junta Directiva para la celebración de la respectiva Asamblea
3. Certificación del punto de acta en el que conste la celebración de la Asamblea o Congreso respectivo y la elección de los miembros de la Junta Directiva.
4. Nómina actualizada de las personas trabajadoras afiliadas a la organización profesional.
5. Nómina de Asistencia a Asamblea (Original).
SINDICATOS PÚBLICOS
1. Copia de DUI de los miembros de la Junta Directiva Electa.
2. Boleta o cualquier otro documento que haga constar que es persona trabajadora (reciente).
3. Nómina actualizada de las personas trabajadoras afiliadas.
SINDICATOS PRIVADOS
1. Copia de DUI de los miembros de la Junta Directiva electa.
2. Boleta o cualquier otro documento en el que conste el cargo dentro de la empresa (reciente), (no aplica para independientes).
3. Nómina actualizada de las personas trabajadoras afiliadas.
Datos generales
17 Avenida Norte y Alameda Juan Pablo II. Edifico 2 primer Nivel, Ministerio de Trabajo y Previsión Social.
Paso 1 Presentación de documentación relativa a la solicitud de inscripción de Junta Directiva de Asociaciones Profesionales. Revisión previa de la documentación
Estudio de la documentación presentada, verificando que cumple con los requisitos mínimos de presentación. En caso de cumplir con los requisitos se recibe la documentación para un posterior estudio de fondo de la misma. En caso de no cumplir con los requisitos se devuelve a los interesados con las observaciones encontradas para posterior presentación
Paso 2 Una vez recibida la documentación, se realiza un estudio de fondo sobre la misma, respetando para ello, el orden de presentación de las solicitudes sobre el mismo trámite.
Verificación de la documentación con base a la legislación y los estatutos. En caso de existir prevenciones se realizan a los interesados por escrito para que los mismos las subsanen en un período de tres a cinco días hábiles a partir del día siguiente de la notificación. Si la documentación adoleciera de las observaciones de fondo, la solicitud es declarada sin lugar.
Paso 3 3. Si la documentación no contiene observaciones o las mismas han sido subsanadas se procede a la inscripción de la Junta Directiva, a realizar el auto y oficio de inscripción, credenciales de las secretarías de la Junta Directiva que tienen representació
Si la documentación no contiene observaciones se inscribe la Junta Directiva, se realizan credenciales y carnets de los miembros electos
Paso 4 Revisión y Firma de la Documentación.
Una vez inscrita la Junta Directiva se revisan los autos y se pasan a firma de Jefatura
Paso 5 Entrega de la documentación
Una vez firmada la documentación está lista para ser entregada a los interesados.