MTPS Ministerio de Trabajo y Previsión Social
Regresar al listado Vista en PDFRecurso de Apelación
El Recurso Administrativo de Apelación, es el mecanismo procesal de impugnación mediante el cual el administrado tiene la posibilidad de objetar la resolución de imposición de multa, emitida por los Departamento de Inspección de Industria y Comercio, Agropecuario y Oficinas Regionales. resentación de escrito dirigido a la Dirección General de Inspección de Trabajo, [15días hábiles, luego de notificada la resolución donde se impone la sanción administrativa (multa)]. Conforme al artículo 135 de la Ley de Procedimientos Administrativos. En esta etapa conoce en segunda instancia el Director General de Inspección de Trabajo, aplicando el procedimiento establecido en los Artículos 628 inciso séptimo Código de Trabajo, y 135 inciso 3° de la Ley de Procedimientos Administrativos, después de presentado el recurso, pueden suceder varias situaciones: a) Admisión del recurso; b) prevención del recurso, y; c) rechazo del Recurso de Apelación, Se analiza el escrito del Recurso de Apelación, y de acuerdo a los alegatos de hecho y derecho, se pronuncia resolución que puede tener tres efectos: a) que se confirme, b) se modifique o c) revoque la sanción impugnada. (multa).
Requisitos generales
Presentar escrito en la Dirección General de Inspección de Trabajo o en las Oficinas Regionales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 125 de la Ley de Procedimientos Administrativos, expresando las razones de hecho y derecho en que funda el recurso.
Datos generales
17 Avenida Norte y Alameda Juan Pablo II. segundo nivel, edificio 2, Ministerio de Trabajo y Previsión Social,
Paso 2 Una vez admitido por la autoridad de primera instancia el recurso de apelación, se debe presentar por escrito al Director General de Inspección de Trabajo los argumentos por los cuales se recurre de la multa impuesta, en el plazo establecido por
Recurso Administrativo .