AMSO Alcaldía Municipal de Sonsonate Oeste
Otros documentos normativos
Marcos legales que son aplicados dentro de la institución o que son de obligatorio cumplimiento para la administración pública. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.
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Las Normas Técnicas de Control Interno Específicas constituyen el marco básico que establece la Municipalidad, aplicable con carácter obligatorio a: Concejo Municipal,
Gerentes, Jefes y demás personal que labora en las distintas dependencias de La Institución y otras entidades, que por elaciones de cooperación involucren recursos municipales.Año: 2006
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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EL OBJETO DE LA PRESENTE LEY ES DESARROLLAR LOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES RELATIVOS A LA CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL Y GARANTIZAR LA EFICIENCIA DEL
RÉGIMEN ADMINISTRATIVO MUNICIPAL MEDIANTE EL OFRECIMIENTO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA EL INGRESO AL SERVICIO PÚBLICO MUNICIPAL, LA CAPACITACIÓN PERMANENTE, LA ESTABILIDAD EN EL CARGO Y LA POSIBILIDAD DE ASCENSOS Y TRASLADOS. PARA LOGRAR ESTOS OBJETIVOS, EL INGRESO, LA PERMANENCIA Y EL ASCENSO EN LOS EMPLEOS DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL SE HARÁ EXCLUSIVAMENTE CON BASE EN EL MÉRITO Y APTITUD; CON EXCLUSIÓN DE TODA DISCRIMINACIÓN QUE SE BASE EN MOTIVOS DE CARÁCTER POLÍTICO, RACIAL, SOCIAL, SEXUAL, RELIGIOSO O DE CUALQUIERA OTRA ÍNDOLE.Año: 2006
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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La presente Ley tiene por objeto regular el establecimiento del régimen legal, administración, manejo e incremento de las Áreas Naturales Protegidas, con
el fin de conservar la diversidad biológica, asegurar el funcionamiento de los procesos ecológicos esenciales y garantizar la perpetuidad de los sistemas naturales, a través de un manejo sostenible para beneficio de los abitantes del país.Año: 2005
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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La presente Reforma a la Ordenanzade Tasas' tiene por objeto Regular parcialmente las Tasas de los Servicios Municipales a cobrarse en el
Municipio deACAJUTLA teniéndose portales, aquellos tributos que se generan en razón de los servicios públicos de naturaleza administrativa ojurídica, prestados por el Municipio.Año: 2001
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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- LA PRESENTE LEY TIENE POR OBJETO, ESTABLECER LAS DISPOSICIONES REGULATORIAS GENERALES Y ESPECIALES DEL SISTEMA DE REGISTRO Y EMISIÓN DEL DOCUMENTO
ÚNICO DE IDENTIDAD, ASÍ COMO LAS CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE REGISTRO DE EMISIÓN PARA SU OBTENCIÓN, PERMITIENDO UNA SEGURA MASIVA Y SUFICIENTE DISTRIBUCIÓN, EL CUAL PODRÁ DENOMINARSE DUI.Año: 2001
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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La presente Ley tiene por objeto regular, registrar y controlar los servicios propios de seguridad de los Órganos fundamentales del Gobierno y
de las demás instituciones del Estado, inclusive las oficiales autónomas y las municipalidades; así como también la contratación de servicios privados con empresas que presten esta clase de bien.Año: 2001
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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LA PRESENTE LEY TIENE POR OBJETO ESTABLECER LAS NORMAS BÁSICAS QUE REGULARÁN LAS ACCIONES RELATIVAS A LA PLANIFICACIÓN, ADJUDICACIÓN, CONTRATACIÓN, SEGUIMIENTO Y
LIQUIDACIÓN DE LAS ADQUISICIONES DE OBRAS, BIENES Y SERVICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA, QUE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEBA CELEBRAR PARA LA CONSECUCIÓN DE SUS FINES. LAS ADQUISICIONES Y CONTRATACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SE REGIRÁN POR PRINCIPIOS Y VALORES TALES COMO: NO DISCRIMINACIÓN, PUBLICIDAD, LIBRE COMPETENCIA, IGUALDAD, ÉTICA, TRANSPARENCIA, IMPARCIALIDAD, PROBIDAD, CENTRALIZACIÓN NORMATIVA Y DESCENTRALIZACIÓN OPERATIVA, TAL COMO ESTÁN DEFINIDOS EN LA LEY DE ÉTICA UBERNAMENTAL.Año: 2000
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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El presente Código contiene los principios y normas jurídicas, aplicables a todos los tributos internos bajo la competencia de la Administración Tributaria.
Año: 2000
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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Créase el Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios de El Salvador, que podrá denominarse "FODES", el cual estará
constituido porAño: 1998
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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La presente ley tiene por objeto desarrollar las disposiciones de la Constitución de la República, que se refieren a la protección, conservación
y recuperación del medio ambiente; el uso sostenible de los recursos naturales que permitan mejorar la calidad de vida de las presentes y futuras generaciones; así como también, normar la gestión ambiental, pública y privada y la protección ambiental como obligación básica del Estado, los municipios y los habitantes en general; y asegurar la aplicación de los tratados o convenios internacionales celebrados por El Salvador en esta materia.Año: 1998
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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- CRÉASE EL FONDO PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LOS MUNICIPIOS DE EL SALVADOR, QUE PODRÁ DENOMINARSE “FODES”, EL CUAL
ESTARÁ CONSTITUIDO POR: UN APORTE ANUAL DEL ESTADO IGUAL AL OCHO POR CIENTO DE LOS INGRESOS CORRIENTES NETOS DEL PRESUPUESTO DEL ESTADO, QUE DEBERÁ CONSIGNARSE EN EL MISMO EN CADA EJERCICIO FISCAL, Y ENTREGADO EN FORMA MENSUAL Y DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 4 Y 4-A DE ESTA LEY, EL CUAL PODRÁ FINANCIARSE CONAño: 1998
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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El Registro Nacional de las Personas Naturales, entidad de derecho público, con autonomía en lo técnico y administrativo, se regirá por la
presente Ley Orgánica.Año: 1996
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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La presente ley tiene por objeto establecer un régimen para registrar, conservar y facilitar la localización y consulta de la información sobre
hechos y actos jurídicos constitutivos, modificativos o extintivos del estado familiar de las personas naturales, así como sobre los regímenes patrimoniales del matrimonio y sobre los demás hechos o actos jurídicos que legalmente se determinen.Año: 1995
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLICA, QUE EN ESTA LEY PODRÁ DENOMINARSE “LA CORTE”, ES EL ORGANISMO ENCARGADO DE FISCALIZAR, EN
SU DOBLE ASPECTO ADMINISTRATIVO Y JURISDICCIONAL, LA HACIENDA PÚBLICA EN GENERAL Y LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO EN PARTICULAR, ASÍ COMO LA GESTIÓN ECONÓMICA DE LAS ENTIDADES A QUE SE REFIERE LA TRIBUCIÓNCUARTA DEL ARTÍCULO 195 Y LOS INCISOS 4 Y 5 DEL ARTÍCULO 207 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA. (2) (3)Año: 1995
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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El presente Código establece el régimen jurídico de la familia, de los menores y de las personas de la tercera edad y
consecuentemente, regula las relaciones de sus miembros y de éstos con la sociedad y con las entidades estatales. Los derechos y deberes regulados por este Código, no excluyen los que conceden e imponen otras leyes en materias especiales y la solidaridad familiar.Año: 1993
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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La presente Ley tiene como finalidad establecerlos principios básicos y el marco normativogeneral que requieren los Municipios para ejercitar y desarrollar su
potestad tributaria, de conformidad con el Artículo 204 ordinales 1 y 6 de la Constitución de la República.Año: 1991
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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Ningún empleado público puede ser privado de su empleo o cargo sin ser previamente oído y vencido en juicio con arreglo a
la ley...Año: 1990
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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DERECHO AL NOMBRE
Toda persona natural tiene derecho al nombre que usa legítimamente, con el cual debe
individualizarse e identificarse.
Año: 1990
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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LEY PRIMARIA DEL PAÍS, CONTIENE LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE CONVIVENCIA, DERECHOS Y EBERES DE SUS HABITANTES.
Año: 1983
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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- La presente ley tiene por objeto regular el establecimiento, organización y funcionamiento
de cementerios en toda la República.
Año: 1973
Vigente
Creación: 25/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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EL PRESENTE CODIGO TIENE POR OBJETO PRINCIPAL ARMONIZAR LAS RELACIONES ENTRE PATRONOS Y TRABAJADORES, ESTABLECIENDO SUS DERECHOS, OBLIGACIONES Y SE FUNDA EN
PRINCIPIOS A QUE TIENDAN AL MEJORAMIENTO DE LAS CONDICIONES DE VIDA DE LOS TRABAJADORES, ESPECIALMENTE EN LOS ESTABLECIDOS EN LA SECCION SEGUNDA CAPITULO II, DEL TITULO II DE LA CONSTITUCION.Año: 1972
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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Las vías terrestres de comunicación y transporte de la República se clasifican en carreteras, caminos vecinales o municipales y calles. La presente
Ley tiene por objeto regular lo relativo a la planificación, construcción y mantenimiento de las carreteras y caminos, así como su uso y el de las superficies inmediatas de las vías públicas.Año: 1969
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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Declárase "Día del Empleado Municipal" el último sábado del mes de agosto de cada año. Los empleados y trabajadores de las Municipalidades
de la República gozarán de asueto con goce de sueldo durante el día indicado.Año: 1968
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024
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EL VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, SERÁ EL ENCARGADO DE FORMULAR Y DIRIGIR LA POLÍTICA NACIONAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO;
ASÍ COMO DE ELABORAR LOS PLANES NACIONALES Y REGIONALES Y LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL A QUE DEBEN SUJETARSE LAS URBANIZACIONES, PARCELACIONES Y CONSTRUCCIONES EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA. (3) LA ELABORACIÓN, APROBACIÓN Y EJECUCIÓN DE PLANES DE DESARROLLO URBANO Y RURAL DE LA LOCALIDAD, CORRESPONDE AL RESPECTIVO MUNICIPIO, LOS QUE DEBERÁN ENMARCARSE DENTRO DE LOS PLANES DE DESARROLLO REGIONAL O NACIONAL DE VIVIENDA Y DESARROLLO; EN DEFECTO DE LOS PLANES DE DESARROLLO LOCAL, TENDRÁN APLICACIÓN LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL Y LOS PLANES A QUE SE REFIERE EL INCISO PRIMERO DE ESTE ARTÍCULO. (3) CUANDO LOS MUNICIPIOS NO CUENTEN CON SUS PROPIOS PLANES DE DESARROLLO LOCAL Y ORDENANZAS MUNICIPALES RESPECTIVAS, TODO PARTICULAR, ENTIDAD OFICIAL O AUTÓNOMA, DEBERÁ SOLICITAR LA APROBACIÓN CORRESPONDIENTE AL VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, ANTES QUE A CUALQUIER OTRA OFICINA, PARA EJECUTAR TODO TIPO DE PROYECTO A QUE SE REFIERE ESTE ARTÍCULO. (3) EL VICEMINISTERIO DE VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, ASÍ COMO LAS RESPECTIVAS MUNICIPALIDADES, AL MOMENTO DE ELABORAR, APROBAR Y EJECUTAR PLANES DE DESARROLLO URBANO Y RURAL, VERIFICARÁN EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO DEL DISEÑO UNIVERSAL CON ACCESIBILIDAD PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ESTABLECIDO EN EL ART. 9, DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. (4)Año: 1951
Vigente
Creación: 24/07/2024
Actualización: 03/10/2024
Actualización: 03/10/2024