AMUN Alcaldía Municipal de Usulután Norte

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RECTIFICACION ADMINISTRATIVA / PRUEBA DEL NOMBRE

PRUEBA DEL NOMBRE Art. 34.- El nombre se prueba con la certificación de la partida de nacimiento. El cambio de nombre surtirá efectos a partir de la correspondiente inscripción o marginación, Sólo podrá usarse el nombre propio o apellido en la forma en que legalmente se haya cambiado. Art. 17 de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio

Requisitos generales

Solicitud del interesado
Solicitud del Representante legal
Partida de nacimiento y DUI de la madre o padre, según sea el caso
cuando el solicitante sea menor de 18 años, presentarse con 2 testigos con DUI y que no sean familia.

Datos generales

Tiempo de respuesta
30 minutos
Área encargada
Registro del Estafo Familiar
Encargado del servicio
Jefe del Registro
Dirección donde solicitar el servicio

2a. Av. Sur y 2a. Calle Oriente, Distrito Santiago de María, Usulután Norte, Usulután

Horario
LUNES A VIERNES 08:00 - 12:00 Y 13:00 - 16:00
Observaciones
Costo total del servicio
Gratis
Fecha de creación
09/08/2024
Fecha de última actualización
16/10/2024
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