RNPN Registro Nacional de las Personas Naturales

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CERTIFICACIÓN DE NO REGISTRO DE PARTIDA.

Documento que certifica que no se encontró partida con los datos proporcionados para la búsqueda dentro del sistema de Registro de Estados Vitales y Familiares y el resto de los sistemas que administra el RNPN. Utilidad del servicio: Certificar por parte de esta Institución que la partida solicitada no se encontró en los Sistemas que el RNPN administra. Cuando el usuario haya solicitado certificación de partida (nacimiento, defunción, matrimonio o divorcio) algunas veces llamada también “ACTA”, y con los datos proporcionados (requeridos para la búsqueda de dicha información) no se encontrase la partida solicitada se emitirá documento firmado y sellado por medio del cual el RNPN expresará que dicha partida no se encontró dentro de nuestros sistemas. Usos mayormente destinados para: - Diligencias de Estado Familiar Subsidiario - Diligencias de Aceptación de Herencia - Documento probatorio en algún proceso administrativo o judicial - Entre otros.

Requisitos generales

Proceso de solicitud:
Completar los datos con la información requerida en el formato de solicitud que será
proporcionado por el RNPN.

Datos necesarios para la gestión del servicio y respuesta:
- Nombre de la persona de la cual se necesita búsqueda de información.
- Fecha de nacimiento / muerte / matrimonio / divorcio. Según corresponda.
- Lugar en donde ocurrió el hecho o acto o el nombre de la Alcaldía Municipal en
la que se conoce se inscribió.
- Anexar documentación que se posea y de la cual se pueda obtener datos para
una búsqueda más detallada.

Vigencia del documento emitido:
La certificación de No Registro de Partida tendrá una vigencia de 3 meses, en atención
de la posible actualización de información en los registros locales.

Validez del documento emitido:
La firma de los documentos se realiza por medio del método de firma digitalizada,
utilizando el método de verificación del código QR para la validación de la misma, por
lo que dicho documento no deberá ser rechazado y tendrá plena validez para ser
presentado en cualquier tipo de trámite.

ADVERTENCIA: Si únicamente se posee el nombre de la persona de quien se solicita partida, deberá ingresar solicitud para el SERVICIO DE CONSTANCIA DE INEXISTENCIA.

Datos generales

Tiempo de respuesta
2 horas a partir del ingreso del formulario de la solicitud
Área encargada
Unidad Jurídica Registral.
Encargado del servicio
Jefe de la Unidad Jurídica Registral
Dirección donde solicitar el servicio

Alameda Manuel Enrique Araujo, Km. 4 ½ Carretera a Santa Tecla, Pasaje Carbonell, número uno, Colonia Roma, San Salvador.

Horario
Lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m.
Observaciones
En el exterior se brindará el servicio presencial a través de los Centros de Servicio de Registro, Emisión y Entrega del Documento Único de Identidad ubicados en los Consulados de El Salvador en el exterior: Estados Unidos de Norteamérica, México, Canadá e Italia. Correo: certificacionpartida@rnpn.gob.sv
Costo total del servicio
$3.00 de Los Estados Unidos de América, el pago se podrá efectuar en efectivo o de manera electrónica mediante los canales habilitados para ello.
Fecha de creación
23/09/2022
Fecha de última actualización
23/10/2024
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