SIGET Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones
Regresar al listado Vista en PDF141 Reunión presencial de Junta de Comisionados Comisión Regional de Interconexión Eléctrica (CRIE)
Funcionario que viaja
Ing. Manuel Ernesto Aguilar
Cargo del funcionario
Superintendente
Destino
Ciudad de Guatemala, Guatemala
Fecha de salida
26/06/2019
Fecha de regreso
28/06/2019
Valor del pasaje
$0.00
Pasaje pagado con
Fondos de cooperación
Comentarios pago de pasaje
CRIE
Valor de viáticos
$0.00
Viáticos pagado con
Fondos de cooperación
Comentarios pago de viáticos
CRIE
Otros gastos
$638.00
Otros gastos pagado con
Fondos institucionales
Comentarios pago de otros gastos
Fecha de creación
07/10/2019
Fecha de última actualización
07/10/2019
Detalles
Objetivo del viaje
En razón al nombramiento como Superintendente General de Electricidad y Telecomunicaciones por el Acuerdo Ejecutivo N° 11 suscrito por el excelentísimo Señor Presidente Nayib Bukele y a lo dictado por el Art. 5 letra p) de la Ley de Creación de la SIGET. Y ya que El Salvador forma parte de la Comisión Regional de Interconexión Eléctrica, además que en el presente periodo lectivo se ostente la Vicepresidencia de dicha Comisión; y con base al respeto y cumplimiento del Tratado Marco del Mercado Eléctrico de América Central y sus Protocolos, el Reglamento del Mercado Eléctrico Regional y el Procedimiento de Consulta Pública de la CRIE, se participó en la 141 Reunión presencial de Junta de Comisionados, sustentada en la normativa vigente; en la cual, uno de los puntos más significativos desarrollados, fue el trabajo y estudio sobre el inicio del Procedimiento de Consulta Pública 05-2019, a fin de obtener observaciones y comentarios a la "PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DEL NUMERAL 2.3.3 DEL LIBRO IV DEL REGLAMENTO DEL MERCADO ELÉCTRICO REGIONAL", de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del "Procedimiento de Consulta Pública de la CRIE".
Observaciones
Todo funcionario o empleado de la SIGET que viajen en misión oficial fuera del país tiene derecho a que se le reconozca una cuota en concepto de gastos de viaje, de acuerdo al Art. 12 del Reglamento de Viáticos de la SIGET, el cual en este caso se ve reflejado en Otros Gastos.