
FANTEL Fondo Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL
Plan Operativo Anual
En este apartado se publica el plan operativo anual de la institución, así como los informes de cumplimiento del mismo. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.
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La información relacionada al Artículo 10, numeral 7 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: El Fondo
Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL, FANTEL, fue creado por Ley como un Fondo Especial que tiene por objeto financiar la ejecución de programas y proyectos en materia de desarrollo económico y social, a través de otras instituciones denominas Entidades Ejecutoras, es decir, que El Fondo no es ejecutor de los referidos programas y proyectos. La administración del Fondo está a cargo de un Consejo de Administración integrado según su ley de creación por funcionarios de diferentes instituciones públicas. El Fondo no cuenta con una estructura organizativa, que le permita tener el marco formal de las áreas claves de autoridad y responsabilidad, debido a que opera con personal administrativo ad-honorem del Ministerio de Hacienda y de la Presidencia de la República, nombrado por dicho Consejo de Administración, ya que no cuenta con recursos destinados para gastos de funcionamiento. En ese sentido, El Fondo, no elabora un Plan Operativo Anual (POA) el cual requiere el Artículo 10, numeral 8 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: “El plan operativo anual y los resultados obtenidos en el cumplimiento del mismo; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; y los planes y proyectos de reestructuración o modernización”.Año: 2022
Vigente
Creación: 23/02/2022
Actualización: 23/02/2022
Actualización: 23/02/2022
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La información relacionada al Artículo 10, numeral 7 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: El Fondo
Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL, FANTEL, fue creado por Ley como un Fondo Especial que tiene por objeto financiar la ejecución de programas y proyectos en materia de desarrollo económico y social, a través de otras instituciones denominas Entidades Ejecutoras, es decir, que El Fondo no es ejecutor de los referidos programas y proyectos. La administración del Fondo está a cargo de un Consejo de Administración integrado según su ley de creación por funcionarios de diferentes instituciones públicas. El Fondo no cuenta con una estructura organizativa, que le permita tener el marco formal de las áreas claves de autoridad y responsabilidad, debido a que opera con personal administrativo ad-honorem del Ministerio de Hacienda y de la Presidencia de la República, nombrado por dicho Consejo de Administración, ya que no cuenta con recursos destinados para gastos de funcionamiento. En ese sentido, El Fondo, no elabora un Plan Operativo Anual (POA) el cual requiere el Artículo 10, numeral 8 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: “El plan operativo anual y los resultados obtenidos en el cumplimiento del mismo; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; y los planes y proyectos de reestructuración o modernización”.Año: 2021
Vigente
Creación: 23/02/2022
Actualización: 23/02/2022
Actualización: 23/02/2022
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La información relacionada al Artículo 10, numeral 7 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: El Fondo
Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL, FANTEL, fue creado por Ley como un Fondo Especial que tiene por objeto financiar la ejecución de programas y proyectos en materia de desarrollo económico y social, a través de otras instituciones denominas Entidades Ejecutoras, es decir, que El Fondo no es ejecutor de los referidos programas y proyectos. La administración del Fondo está a cargo de un Consejo de Administración integrado según su ley de creación por funcionarios de diferentes instituciones públicas. El Fondo no cuenta con una estructura organizativa, que le permita tener el marco formal de las áreas claves de autoridad y responsabilidad, debido a que opera con personal administrativo ad-honorem del Ministerio de Hacienda y de la Presidencia de la República, nombrado por dicho Consejo de Administración, ya que no cuenta con recursos destinados para gastos de funcionamiento. En ese sentido, El Fondo, no elabora un Plan Operativo Anual (POA) el cual requiere el Artículo 10, numeral 8 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: “El plan operativo anual y los resultados obtenidos en el cumplimiento del mismo; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; y los planes y proyectos de reestructuración o modernización”.Año: 2021
Vigente
Creación: 27/09/2021
Actualización: 27/09/2021
Actualización: 27/09/2021
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La información relacionada al Artículo 10, numeral 7 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: El Fondo
Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL, FANTEL, fue creado por Ley como un Fondo Especial que tiene por objeto financiar la ejecución de programas y proyectos en materia de desarrollo económico y social, a través de otras instituciones denominas Entidades Ejecutoras, es decir, que El Fondo no es ejecutor de los referidos programas y proyectos. La administración del Fondo está a cargo de un Consejo de Administración integrado según su ley de creación por funcionarios de diferentes instituciones públicas. El Fondo no cuenta con una estructura organizativa, que le permita tener el marco formal de las áreas claves de autoridad y responsabilidad, debido a que opera con personal administrativo ad-honorem del Ministerio de Hacienda y de la Presidencia de la República, nombrado por dicho Consejo de Administración, ya que no cuenta con recursos destinados para gastos de funcionamiento. En ese sentido, El Fondo, no elabora un Plan Operativo Anual (POA) el cual requiere el Artículo 10, numeral 8 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: “El plan operativo anual y los resultados obtenidos en el cumplimiento del mismo; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; y los planes y proyectos de reestructuración o modernización”.Año: 2021
Vigente
Creación: 28/05/2021
Actualización: 28/05/2021
Actualización: 28/05/2021
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La información relacionada al Artículo 10, numeral 7 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: El Fondo
Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL, FANTEL, fue creado por Ley como un Fondo Especial que tiene por objeto financiar la ejecución de programas y proyectos en materia de desarrollo económico y social, a través de otras instituciones denominas Entidades Ejecutoras, es decir, que El Fondo no es ejecutor de los referidos programas y proyectos. La administración del Fondo está a cargo de un Consejo de Administración integrado según su ley de creación por funcionarios de diferentes instituciones públicas. El Fondo no cuenta con una estructura organizativa, que le permita tener el marco formal de las áreas claves de autoridad y responsabilidad, debido a que opera con personal administrativo ad-honorem del Ministerio de Hacienda y de la Presidencia de la República, nombrado por dicho Consejo de Administración, ya que no cuenta con recursos destinados para gastos de funcionamiento. En ese sentido, El Fondo, no elabora un Plan Operativo Anual (POA) el cual requiere el Artículo 10, numeral 8 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: “El plan operativo anual y los resultados obtenidos en el cumplimiento del mismo; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; y los planes y proyectos de reestructuración o modernización”.Año: 2021
Vigente
Creación: 28/05/2021
Actualización: 28/05/2021
Actualización: 28/05/2021
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La información relacionada al Artículo 10, numeral 7 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: El Fondo
Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL, FANTEL, fue creado por Ley como un Fondo Especial que tiene por objeto financiar la ejecución de programas y proyectos en materia de desarrollo económico y social, a través de otras instituciones denominas Entidades Ejecutoras, es decir, que El Fondo no es ejecutor de los referidos programas y proyectos. La administración del Fondo está a cargo de un Consejo de Administración integrado según su ley de creación por funcionarios de diferentes instituciones públicas. El Fondo no cuenta con una estructura organizativa, que le permita tener el marco formal de las áreas claves de autoridad y responsabilidad, debido a que opera con personal administrativo ad-honorem del Ministerio de Hacienda y de la Presidencia de la República, nombrado por dicho Consejo de Administración, ya que no cuenta con recursos destinados para gastos de funcionamiento. En ese sentido, El Fondo, no elabora un Plan Operativo Anual (POA) el cual requiere el Artículo 10, numeral 8 de la Ley de Acceso a la Información Pública que literalmente dice: “El plan operativo anual y los resultados obtenidos en el cumplimiento del mismo; las metas y objetivos de las unidades administrativas de conformidad con sus programas operativos; y los planes y proyectos de reestructuración o modernización”.Año: 2020
Vigente
Creación: 28/05/2021
Actualización: 28/05/2021
Actualización: 28/05/2021
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El Fondo Especial de los Recursos provenientes de la Privatización de ANTEL, FANTEL, fue creado por Ley como un Fondo Especial que
tiene por objeto financiar la ejecución de programas y proyectos en materia de desarrollo económico y social, a través de otras instituciones denominas Entidades Ejecutoras, es decir, que El Fondo no es ejecutor de los referidos programas y proyectos. La administración del Fondo está a cargo de un Consejo de Administración integrado según su ley de creación por funcionarios de diferentes instituciones públicas. El Fondo no cuenta con una estructura organizativa, que le permita tener el marco formal de las áreas claves de autoridad y responsabilidad, debido a que opera con personal administrativo ad-honorem del Ministerio de Hacienda y de la Presidencia de la República, nombrado por dicho Consejo de Administración, ya que no cuenta con recursos destinados para gastos de funcionamiento. En ese sentido, El Fondo, no elabora un Plan Operativo Anual (POA).Año: 2020
Vigente
Creación: 14/08/2020
Actualización: 14/08/2020
Actualización: 14/08/2020
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Se publica Acta de Inexistencia de Plan Operativo anual de FANTEL.
Año: 2019
Vigente
Creación: 08/05/2019
Actualización: 08/05/2019
Actualización: 08/05/2019
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Se publica una versión seleccionable del Plan Operativo Anual de FANTEL
Año: 2017
Vigente
Creación: 10/01/2018
Actualización: 10/01/2018
Actualización: 10/01/2018
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“El plan operativo anual y los resultados obtenidos en el cumplimiento del mismo; las metas y objetivos de las unidades administrativas de
conformidad con sus programas operativos; y los planes y proyectos de reestructuración o modernización”, es inexistente debido a que FANTEL no cuenta con Planes Operativos anuales, y la ejecución de los fondos de los programas y proyectos en materia económica y social se basa en los Planes de Trabajo de cada uno de los Convenios suscritos.Año: 2017
Vigente
Creación: 13/09/2017
Actualización: 13/09/2017
Actualización: 13/09/2017