TEG Tribunal de Ética Gubernamental

Resoluciones ejecutoriadas

Publicación de texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como los informes producidos en todas sus jurisdicciones, en caso que esta institución sea un organismo de control del Estado. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

Nota(s) aclaratoria(s)

Aclaración sobre versión pública
Versión pública en documentos difundidos en resoluciones ejecutoriadas.
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Fecha de resolución final: 07/02/2020. Decisión: No sanciona. Al investigado se le atribuye la posible transgresión a la prohibición ética de "Realizaractividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo( ... )" regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto en el período comprendido entre el seis de enero de dos mil catorce y el doce de octubre de dos mil dieciséis, frecuentemente se habría ausentado de sus labores en la citada institución educativa y retirado de forma anticipada cuando asistía a las mismas, empero, en ambos casos, habría firmado el libro de control de asistencia.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 07/02/2020. Decisión: Sanciona. Al investigado se le atribuye la posible transgresión a la prohibición ética de "Nombrar, contratar,promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a ( .. .), parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad (. .. ) ", regulada en el artículo 6 letra h) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto habría intervenido en el acuerdo municipal adoptado el día cinco de enero de dos mil quince, mediante el cual se designó a su hermana, la señora Rosa Elizabeth Ventura Rodríguez, como Encargada de la Gerencia de Inversión Social, y en los acuerdos de fechas cuatro de mayo de dos mil quince y cinco de enero de dos mil dieciséis, por medio de los cuales se refrendó el nombramiento de la referida señora como Jefa de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI) de la Alcaldía de la aludida localidad.
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 07/02/2020. Decisión: Improcedente. Analizada la denuncia presentada el día seis de septiembre de dos mil diecinueve por elseñor… contra los señores José Elenilson Leonzo Gallo, Alcalde; José Elías Ponce, Síndico; René Abel Berríos y Ana Maribel Alvarado, Regidores Propietarios, todos de la Alcaldía Municipal de Intipucá, departamento de La Unión, (is. l y 2); en la cual se señalan los siguientes hechos…
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 07/02/2020. Decisión: Improcedente. Analizada la denuncia presentada el día veintiséis de agosto de dos mil diecinueve por elseñor... contra el licenciado Jorge Alfredo Portillo, Juez Interino Primero de Paz de Sensuntepeque (fs. 1 al 3), en la cual manifiesta que…
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 07/02/2020. Decisión: Improcedente. Analizada la denuncia presentada el día veintiséis de agosto de dos mil diecinueve por elseñor… contra el señor Daniel Ernesto López Durán, Juez de Primera Instancia de Sensuntepeque (fs. 1 al 3), en la cual manifiesta que…
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 07/02/2020. Decisión: Improcedente. Analizada la denuncia presentada por la señora… contra el licenciado José Fabio Jiménez Franco, DefensorPúblico de la Unidad de Derechos Reales y Personales de la Procuraduría General de la República, con la documentación que adjunta (fs. 1 a I O); en la cual señala los siguientes hechos…
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 06/02/2020. Decisión: Improcedente. Analizado el aviso recibido por medio del sitio web institucional contra el señor Romeo LemusRivera, Asistente Administrativo designado como Agregado de Prensa y Comunicaciones en el Consulado General de El Salvador en Los Ángeles, California, Estados Unidos, en el cual se indica que desde el día uno de noviembre de dos mil dieciocho hasta el cinco de abril de dos mil diecinueve, el referido funcionario del servicio consular pasó publicando en redes sociales temas que no pertenecen a su función pública, durante horas laborales, lo cual se puede comprobar en su cuenta de twitter @RomeolemusNEWS, este Tribunal hace las siguientes consideraciones…
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 06/02/2020. Decisión: Improcedente. Analizado el aviso recibido por medio del sitio web institucional contra la señora Erika BeatrizSaldaña Rodríguez, Asistente Jurídica de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), a quien se atribuye usar sus horas laborales para publicar en redes sociales, particularmente en Twitter, cuando no es competencia de su cargo dicha actividad. Al respecto, este Tribunal hace las siguientes consideraciones...
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 06/02/2020. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor Roel Werner Martínez Romero, alcaldemunicipal de El Tránsito, departamento de San Miguel, a quien se atribuye la transgresión a la prohibición ética de Utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario", regula en el artículo 6 letra k) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto en el año dos mil quince habría utilizado el autobús placas N5093, propiedad de la alcaldía municipal de El Tránsito, para promocional su imagen y la del partido político Alianza Republicana Nacionalista ARENA -en razón que en ese vehículo figurarían su fotografía y la leyenda "Werner Martínez, tu alcalde amigo, Alcaldía Municipal de El Tránsito", con colores alusivos al referido instituto político.
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 06/02/2020. Decisión: Sanciona. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra la señora Rodríguez Ponce, Jefa de laUnidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI) del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial (MIGOBDT). a quien se le atribuye la posible infracción al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, ( ... ), parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad( ... ), tengan algún conflicto de interés", regulado en el art. 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto, según el informante anónimo, durante el año dos mil dieciséis habría intervenido en la contratación de su hermano, señor Jorge Alberto Rodríguez Ponce, para la ejecución de una consultoría para el .. Proyecto de Formación de Marinos Mercantes", del período comprendido del veintitrés de septiembre al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciséis.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 06/02/2020. Decisión: Improcedente. En el presente caso, el denunciante manifiesta que la doctora Palucha de Díaz es propietariade una casa ubicada en la Colonia Santa Gertrudis de San Miguel, la cual es arrendada desde hace aproximadamente dos o tres años a la Corte Suprema de Justicia, para que en ese inmueble funcione el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria; situación que - considera- contraviene el art. 8 de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEO, pues la referida Doctora es Coordinadora de la Clínica Empresarial del Órgano Judicial en San Miguel.
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 03/02/2020. Decisión: Sanciona. Al investigado se atribuye la posible transgresión al deber ético regulado en el artículo 5letra c) de la Ley de Ética Gubernamental, por cuanto como ex segundo Regidor Suplente de la Alcaldía Municipal de Arambala, departamento de Morazán en el mes de enero de dos mil diecisiete, habría participado en el acuerdo de contratación de su hermano, Juan Antonio Claros Argueta, como motorista de dicha municipalidad.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 03/02/2020. Decisión: Improcedente. Analizada la denuncia presentada por el señor… contra el señor Mario Edwin Peña Rauda, ProcuradorAuxiliar de San Salvador de la Procuraduría General de la República (PGR), este Tribunal hace las siguientes consideraciones…
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 08/04/2021
Actualización: 08/04/2021
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Fecha de resolución final: 28/01/2020. Decisión: Improcedente. El día veintiocho de mayo de dos mil diecinueve la señora xxx presentó denuncia contralos señores Elvia Violeta Menjívar, ex Ministra de Salud; Ethel Verónica Villalta Rodríguez, ex Directora Ejecutiva; Carlos Ernesto Méndez Rivera, Benjamín Ruiz Rodas y Ricardo Cea Rouanet, ex Concejales, todos del Fondo Solidario para la Salud (FOSALUD); Jimmy Neyib Martell y Salvador Aníbal Osorio Rodríguez, Magistrados del Tribunal de Servicio Civil, en la cual señalan los siguientes hechos: Mediante resolución del día siete de junio de dos mil dieciocho, los Magistrados Jimmy Neyib Martell y Salvador Aníbal Osorio Rodríguez hicieron un llamado a la fase de trato directo entre el referido Sindicato y las autoridades de FOSALUD, a fin de negociar la celebración del contrato colectivo de trabajo. Sin embargo, los miembros del Consejo Directivo de FOSALUD expresaron su negativa a someterse a dicha fase, presentando múltiples incidentes ante el Tribunal de Servicio Civil, los cuales fueron admitidos por los Magistrados incumpliendo los plazos establecidos en la Ley de Servicio Civil y la Ley de Procedimientos Administrativos. En ese sentido, la denunciante considera que se han vulnerado las disposiciones contenidas en los artículos 4 letras c), d), e) y h), 6 letra i) y 51 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG).
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 28/01/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, el díanueve de octubre de dos mil dieciocho el vehículo placas N 11399 -propiedad de la Alcaldía Municipal de Soyapango- fue visto trasladando a personas que vestían ropa alusiva al partido político Alianza Republicana Nacionalista (ARENA).
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 28/01/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, durante elperíodo comprendido entre los días veintisiete de agosto de dos mil catorce y veintinueve de septiembre de dos mil dieciocho, el Gerente de Informática y el Coordinador de Sistemas, ambos del MOP, habrían utilizado en horas laborales el equipo y recursos tecnológicos de la institución para comercializar vehículos por medio de sitios web y redes sociales; y el segundo también habría destinado horas de su jornada de trabajo para leer periódicos digitales, ver redes sociales y videos de YouTube.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 28/01/2020. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra lalicenciada Sonia Anabella Solórzano Carrillo, Coordinadora deGestión Escolar de la Dirección Departamental de Educación de San Salvador, por cuanto durante el período comprendido entre los días veintidós de enero de dos mil trece al veintidós de enero de dos mil dieciocho, se habría ausentado regularmente de sus labores sin la debida licencia para asistir a reuniones en ACOPACREMS de R.L., en calidad de miembro de la Junta de Vigilancia de la misma; por lo cual se le atribuye la posible transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitida por la ley" regulada en el arl. 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 28/01/2020. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador inició mediante aviso interpuesto contra la señora Blanca Maribel Solanode Sosa, Alcaldesa Municipal de Salcoatitán, por cuanto durante el período comprendido entre los días uno de junio de dos mil dieciocho y el veinticuatro de junio de dos mil diecinueve, habría participado en la contratación de su sobrina en esa Alcaldía; por lo cual se le atribuye la posible transgresión al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún interés" regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 28/01/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el señor desde febrerohasta septiembre de dos mil dieciocho, el Tribunal Sancionador de la Defensoría del Consumidor no habría dado continuidad al caso referencia 1-0300-01-17-4139 interpuesto por él en esa sede.
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 22/01/2020. Decisión: Improcedente. El día seis de mayo de dos mil diecinueve (...) presentó en este Tribunal unacopia del escrito presentado a la Jefa de la Unidad de Defensa de la Familia, Niñez y Sociedad de la Procuraduría General de la República contra la licenciada Edith Guadalupe Rivera Flores, Trabajadora Social de dicha institución en la cual señala los siguientes hechos: El día veinte de marzo de dos mil diecinueve el abogado Ortega Pérez recibió una llamada de parte de la licenciada Edith Guadalupe Rivera Flores para pedirle información sobre su representado en el marco de un procedimiento de fijación de alimentos de su hijo incapaz. La Trabajadora Social le hizo varias preguntas, las cuales contestó con transparencia y le proporcionó el contacto de la hermana (...)
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 22/01/2020. Decisión: Improcedente. El día nueve de mayo de dos mil diecinueve la señor presentó denuncia contra laslicenciadas Marta Rosario Cortez de Gutiérrez, Jefe de Enfermería del Servicio de Adicciones, y Rosa Elena Torres, Supervisora de Enfermería, ambas del Hospital Nacional Psiquiátrico"Dr. José Molina Martínez", con la documentación adjunta; en la cual señalan los siguientes hechos: El día veintiuno de abril de dos mil diecinueve, el señor Auxiliar de Servicios de la Unidad de Adicciones del referido nosocomio, solicitó licencia por enfermedad y suscribió el respectivo formulario el día veintitrés del mismo mes y año. Sin embargo, las licenciadas Marta Rosario Cortez de Gutiérrez y Rosa Elena Torres, quienes son sus superiores jerárquicas, se negaron a firmar por escrito, y se le amonestó por escrito. Considera el denunciante que lo anterior vulnera las disposiciones contenidas en los artículos 4 letras c), d), e) y h) y 6 letra i) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG).
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 22/01/2020. Decisión: Improcedente. La señora plantea diversas irregularidades suscitadas en la Policía Nacional Civil y en la FiscalíaGeneral de la República en la tramitación de su denuncia penal contra el señor. Sin embargo, se advierte que las circunstancias antes descritas podrían ser constitutivas de ilícitos penales, cuya investigación le corresponde de manern exclusiva a la Fiscalía General de la República, de conformidad con el artículo 193 N.º 4 de la Constitución; y las mismas no se refieren a posibles infracciones a deberes y/o prohibiciones éticos, los cuales constituyen el objeto de competencia de este Tribunal.
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 22/01/2020. Decisión: Improcedente. El día veintiocho de marzo de dos mil diecinueve el Presidente de la Comisión deÉtica Gubernamental del Consejo Superior de Salud Pública remitió una nota de la doctora dirigida al Presidente de dicha institución, contra la doctora Laura Elena González de Rodríguez, Presidenta de la Junta de Vigilancia de la Profesión Odontológica; en la cual señala los siguientes hechos: El día veinte de marzo de dos mil diecinueve la doctora Laura Elena González de Rodríguez convocó a sesión a « ( ... ) la Licenciada - para decirle una lista de acusaciones sin fundamento y con falsedad de mi persona. Por lo cual yo me siento ofendida y acosada por esta doctora. (...)
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 22/01/2020. Decisión: Improcedente. Los denunciantes refieren que el día veintisiete de enero de dos mil doce, la señoraCortez de Madriz emitió el acuerdo número quince mediante el cual creó la Unidad de Género Institucional y nombró -sin base en un proceso competitivo- al frente de dicha dependencia a la señora Lorena Jeanneue Tobar de Cortez, quien en ese momento se desempeñaba como Asistente Legal, con un salario de un mil quinientos cincuenta dólares (US$1,550.00), y el día uno de febrero de ese mismo año, dicha funcionaria emitió el contrato de prestación de servicios No. 51/2012, por medio del cual le asignó a la señora Tobar de Cortez el salario de dos mil doscientos dólares (US$2,200.00). Señalan, que en el año dos mil doce, la señora Cortez de Madriz favoreció a la señora Tobar de Cortez designándole en un cargo de mayor jerarquía y otorgándole un aumento salarial de seiscientos cincuenta dólares (US$650.00). Además desde el año dos mil trece hasta el dos mil diecinueve refrendó anualmente el nombramiento de dicha señora. Por esa situación, consideran que la referida ex Procuradora incurrió en la prohibición establecida en el artículo 6 letra h) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto tiene un vínculo familiar con la señora Lorena Jeannette Tobar de Corlez, ya que son cuñadas, lo cual fue admitido públicamente por dicha funcionaria.
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 22/01/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según la información publicada enel periódico "La Prensa Gráfica", durante el período comprendido entre dos mil trece y dos mil diecinueve, las señoras Vanda Guiomar Pignato, ex Secretaria, Matilde Guadalupe Hernández de Espinoza, ex Subsecretaria, y Tania Ana Luisa Cedillos Moreno de González, ex Directora Ejecutiva, todas de la extinta Secretaría de Inclusión Social de la Presidencia de la República, habrían utilizado vehículos y otros recursos institucionales a beneficio de la "Fundación Estrategias para la Inclusión Social y el Desarrollo" (PLENUS). Asimismo, las referidas ex servidoras públicas habrían solicitado a motoristas y otros empleados de la Secretaría de Inclusión Social que realizaran actividades de la Fundación PLENUS durante su jornada ordinaria de trabajo. Finalmente, las señoras Vanda Guiomar Pignato y Tania Ana Luisa Cedillas Moreno de González serían en su orden Presidenta y representante legal de la referida Fundación, la cual habría explotado en beneficio propio un proyecto de la Secretaría de Inclusión Social.
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 22/01/2020. Decisión: Improcedente. El informante anónimo señala que la señora Valle Larios es subalterna del señor Marroquín Aguiluz,y debido a que tienen una "relación" se ausentan de sus laborales, llegan a la hora que quieren y se retiran a discreción de ellos, ya que manejan el libro de entrada y salida, y lo firman cuando quieren, pues no tienen un equipo de marcación digital dactilar que sea veraz y no manipulable. Agrega que ellos registran las entradas y salidas antes que la persona encargada de supervisar el libro lo revise. Señala que el señor Marroquín Aguiluz, desde hace tres años en época de vacaciones de diciembre acostumbra irse a Estados Unidos y éste manifiesta que compra con dádivas a la Directora de la Unidad de Salud de Lourdes, quien es de Apellido y por tal razón asegura que si piden información de sus viajes manipularan la información para aparecer con permisos otorgados o sin goce de sueldo.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 22/01/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el presente caso, el informante anónimo indicó queel Concejo Municipal de Atiquizaya, departamento de Ahuachapán, nombró como Jefe de la Unidad de Recursos Humanos a una persona cuya madre es Regidora propietaria de la Alcaldía Municipal de dicha localidad.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 21/01/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante anónimo indicó que,durante el año dos mil diecisiete la señora Olga Esmeralda Maltez, Docente del Centro Escolar de la Isla de Zacatillo, del Municipio de La Unión, departamento del mismo nombre, no asistía todos los días a trabajar. Particularmente, señala que desde el día once de agosto hasta el día veintitrés de octubre de dos mil diecisiete -fecha de presentación del aviso-, la referida servidora pública no se presentó a laborar, hecho que aparentemente era avalado por el Director de ese Centro Educativo, pues él no registraba esas inasistencias.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 21/01/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el presente caso, el informante anónimo señaló quedurante fines de semana una candidata del "FMLN" entrega láminas con el camión nacional placas N-4484, propiedad del Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano; razón por la que afirma que los impuestos nacionales están siendo utilizados para la campaña del "FMLN".
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021
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Fecha de resolución final: 21/01/2020. Decisión: Sanciona. Al investigado se le atribuye la posible transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividadesprivadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto según el informante anónimo, en el período comprendido entre febrero de dos mil quince y febrero de dos mil dieciséis no se habría presentado regularmente a impartir las clases de las materias asignadas o habría llegado después de la hora establecida para ello.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/04/2021
Actualización: 09/04/2021