TEG Tribunal de Ética Gubernamental

Resoluciones ejecutoriadas

Publicación de texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como los informes producidos en todas sus jurisdicciones, en caso que esta institución sea un organismo de control del Estado. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

Nota(s) aclaratoria(s)

Aclaración sobre versión pública
Versión pública en documentos difundidos en resoluciones ejecutoriadas.
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Improcedente. El día treinta de junio de dos mil veinte, presentó denuncia contra el señor *******,Presidente del Consejo Nacional de Administración de Bienes CONAB. Al respecto, este Tribunal hace las siguientes consideraciones...
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 900 KB
Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento.En el presente caso, se investiga la posible intervención delseñor ******, Gerente de Fondeo y Cooperación de BANDESAL, en el otorgamiento de un crédito por parte de esa institución, a favor de su hermana, la señora ****** o ******, aprobado el día once de febrero del año que transcurre.
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 2 MB
Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Improcedente. El denunciante expresa que las actuaciones del señor ***** vulneran la prohibición ética para exservidores públicos de "brindar, en forma personal o a través de interpósita persona, información, asesoramiento o representar a personas naturales o jurídicas en tramites, procedimientos, procesos o reclamaciones que estuvieron sometidos a su conocimiento o en los cuales intervino directa o indirectamente durante el ejercicio de su función pública y que vayan en contra de los intereses legítimos de la institución para la cual laboró"
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 4 MB
Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Improcedente. El presente procedimiento se tramita contra los señores *****, ex Gerente Administrativo, *****, Encargado delFondo Circulante del Monto Fijo, *****, ex Gerente de Finanzas y *****, ex Director: todos de la Imprenta Nacional, dependencia del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial.
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento se tramita contra el Diputado propietario de la Asamblea Legislativa, perteneciente algrupo parlamentario del partido político Alianza Republicana Nacionalista ARENA, a quien se le atribuye la posible transgresión al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, pariente dentro del cuarto grado de consanguineidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el art. 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental.
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sobreseimiento. Al investigado se le atribuye la posible transgresión al deber ético regulado en el artículo5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental; por cuanto, como Diputado suplente de la Asamblea Legislativa perteneciente a la fracción política de GANA, en el período comprendido entre julio de dos mil quince a dos mil dieciséis, habría intervenido en el procedimiento de contratación de la señora ******, en el cargo de Secretaria, con quien le une un vínculo de parentesco por consanguinidad en primer grado, dado que la última es hija del primero.
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 100 KB
Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Inadmisible. Por resolución pronunciada a las diez horas y diez minutos del día veintitrés de septiembrede dos mil veinte (f.18), se requirió a la señora ****** que, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente día al de la comunicación respectiva, subsanara las deficiencias formales advertidas en su denuncia.
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 2 MB
Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor ******, Diputado suplente de laAsamblea Legislativa de la fracción del partido político Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), a quien se atribuye la posible transgresión al deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto en el año dos mil dieciocho habría intervenido en el procedimiento de contratación del señor ******, en el cargo de Asistente de Comunicaciones en esa institución, con quien le uniría el vínculo de parentesco por consanguinidad en segundo grado (hermano).
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: No sanciona. El presente procedimiento inició de oficio contra el señor *****, es Director de Toxicologíadel Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, en lo sucesivo MJSP. Al investigado se le atribuye la posible infracción a: i) el deber ético de "utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados"
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Improcedente. La denunciante atribuye al señor ***** el cometimiento de delitos y el incumplimiento de losestablecidos en la Ley de la Carrera Judicial en perjuicio de la primera, por cuanto "podría constituir amenazas, desórdenes públicos y violación a la Ley de Ética Gubernamental"
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el presente caso, el informante anónimo indicó quedesde inicios del año dos mil diecinueve, el señor *****, Concejal de la Alcaldía Municipal de Delicias de Concepción, habría intervenido en la contratación de su esposa, señora *****, como Promotora de Alfabetización de esa institución.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, el señor*******, Inspector del Departamento de Investigaciones de la Delegación de Apopa de la Policía Nacional Civil PNC, durante el periodo comprendido del día cuatro de junio de dos mil quince al día nueve de diciembre de dos mil diecinueve, fecha de interposición del aviso, tendría asignado el vehículo placas P 187-157 color rojo, propiedad de esa institución pública, el cual sería conducido todos los días, incluso fines de semana, por un hijo del investigado en su lugar de residencia.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. El informante indicó que el señor ****, Director delCentro Escolar "Ana Julia y Carmelina Mejía Ramírez'' del municipio de Meanguera, habría solicitado veinte dólares de los Estados Unidos de América (US$20.00) a cada alumno para que puedan graduarse de noveno grado. Además, les obligaría a pagar más de un dólar de los Estados Unidos de América (US$1.00) por el servicio de agua potable.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el presente caso, el informante anónimo indicó quedurante los meses de octubre y noviembre de dos mil diecinueve, la señora ******, Comisionada de la Dirección General de la PNC, no se habría presentado a trabajar por andar de viaje, sin haber solicitado los permisos correspondientes, pero habría continuado percibiendo sus salarios mensuales y bonificaciones.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, el señor*****, habría contratado en la municipalidad que preside a los señores ***** y ****** en los cargos, de Gerente Legal y Aditor Interno, respectivamente. Así también al señor ***** quien tomarían decisiones administrativas en esa comuna; y con todos ellos el denunciado tendría un vínculo de parentesco de tercer grado de consanguineidad, pues serían sus tíos.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, durante elperiodo comprendido entre los días dieciséis de junio de dos mil quince y ocho de octubre de dos mil diecinueve, el señor *****, empleado del Complejo Educativo Bario La Cruz, de San Antonio del Mosco, departamento de San Miguel, habría incumplido su jornada ordinaria al realizar trabajos de soldadura en horas laborales.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante indicó que duranteel periodo comprendido entre el uno de mayo de dos mil quince al tres de octubre de dos mil diecinueve, la señora ****, Directora del Centro Escolar Caserío Los Amate, Cantón San Bartolo de Guatajiagua, departamento de Morazán, habría incumplido con su jornada laboral, al presentarse tarde a trabajar y retirarse antes de la ahora de salida. Además, durante el mismo periodo los señores ***** y ****** habrían sustraído los alimentos del referido complejo educativo para llevárselos a la casa.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, se señaló que el señor******, motorista II de la Asamblea Legislativa, habría utilizado las instalaciones de la Asamblea en San Miguel para un evento partidario, pues además es Secretario Municipal del partido político FMLN, - según lo referido por el informante anónimo y las imágenes relacionadas.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante anónimo señaló quedesde el día uno de marzo al doce de abril de dos mil diecinueve -fecha de presentación del aviso-, la señora *****, docente en el turno matutino de las siete a las doce horas en el Centro Escolar Caserío Loma Grande, San José de la Montaña, se ausentaría de sus labores pues en el mismo horario impartía clases en el Centro Escolar de San Miguel Tepezontes.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, un informante anónimo señaló queen el período comprendido desde el día dieciocho de abril de dos mil trece hasta el dieciocho de abril de dos mil dieciocho, la señora *****, Analista Programador del Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, no cumpliría con su jornada laboral, pues se iría de su lugar de trabajo y algunas veces ya no regresaría.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020 Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. Mediante resolución pronunciada el día veintinueve de junio delaño en curso (fs. 2 al 6), se inició la investigación preliminar del caso, en ese contexto, los días veinte y veinticinco de julio de dos mil veinte, se recibieron informes suscritos por el arquitecto *****, en ese entonces, Presidente de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA); y, por la ******, Directora Administrativa Financiera de la mencionada institución, con la documentación adjunta (fs. 17 al 51)
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante señaló que duranteel año dos mil diecinueve la señora ******, Regidora suplente del Consejo Municipal de Puerto El Triunfo, habría intervenido en la contratación de su cuñado, el señor ****** quien desempeña el cargo de Gerente del Malecón de dicha comuna.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 4 MB
Fecha de resolución final: 23/11/2020. Decisión: No sanciona. Al investigado se le atribuye la transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividadesprivadas durante la jornada ordinaria de trabajo ( .. .) '', regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto en el período comprendido entre el día veintiuno de noviembre de dos mil catorce al día tres de mayo de dos mil diecisiete, siendo Inspector de la Junta relacionada, se habría desempeñado como Regente del Laboratorio Clínico Barrientos, sucursal Plaza Real, municipio y departamento de San Salvador, incumpliendo su jornada laboral. Asimismo, se le atribuye la transgresión a la prohibición ética de "Aceptar o mantener un empleo, relaciones contractuales o responsabilidades en el sector privado que menoscaben la imparcialidad o provoquen un conflicto de interés en el desempeño de su función pública", regulada en el artículo 6 letra g) de la LEG, por cuanto durante el período indicado habría ejercido simultáneamente el cargo de Inspector de la aludida Junta y la citada regencia en el laboratorio clínico mencionado.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 09/06/2020
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 11/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular el informante indicó que afinales del año dos mil dieciocho la señora Noris Marlene Flores Urquiza, Fiscal General Adjunta habría nombrado al señor Jorge Isaías Urquiza Guzmán como Fiscal II de la Unidad Fiscal Especializada de Trata y Tráfico Ilegal de Personas, con quien presuntamente tendría un vínculo de parentesco en cuarto grado de consanguinidad es decir sería su sobrino. (…) De manera que se descartan los hechos expuestos en el aviso de mérito sobre la posible transgresión a la prohibición ética de "Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad a su cónyuge, conviviente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio excepto los casos permitidos por la ley” regulado en el artículo 6 letra h) de la LEG por parte de la licenciada Noris Marlene Flores Urquiza, Fiscal General Adjunta.
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 14/10/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 11/11/2020. Decisión: Improcedente. El denunciante afirma que ambas áreas de trabajo son complementarias; sin embargo, debido a losconstantes errores en sus labores cometidos por la denunciada afectó el proceso de trabajo de los mismo, y por lo que le indico a dicha señora que tuviera "mas cuidado" con ello. El señor asevera que la señora López de Torres le amenazó con demandarle por acoso laboral.
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 11/11/2020. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el denunciante, durante elperiodo comprendido entre enero de dos mil dieciséis y el día cuatro de noviembre de dos mil diecinueve, frecuentemente los días viernes el señor Rafael Antonio Solís Torres, Delegado Regional de Oriente de la inspectoría General de Seguridad Publica, habría marcado su entrada en la Delegación Departamental de La Unión, cuando en realidad labora en San Miguel; asimismo, en ese lapso de manera cotidiana se habría retirado antes de las quince horas treinta minutos
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 11/11/2020. Decisión: Improcedente. El día veintidós de julio de dos mil veinte, este Tribunal recibió aviso por mediodel sitio web institucional contra la señora "Marta Gloria", quien labora en el área de archivo de la unidad de Salud de San Fernando, departamento de Chalatenango, en el cual se indica que el trece de julio del corriente año, dicha persona no se presentó a laborar, debido a que anduvo, en horas de trabajo, de "casa en casa junto con el empleado de la alcaldía pidiendo votos para el FMLN, este Tribunal hace las siguientes consideraciones...
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 11/11/2020. Decisión: Improcedente. Indica que a las diez horas con veinte minutos de día tres de septiembre delaño en curso, mientras se encontraba atendiendo público, la doctora Mitzy Violeta Canjura Argueta llegó en su vehículo a la zona de parqueo de la Unidad Comunitaria, donde según la denunciante intentó tirarle el carro y luego le expresó que quería hablar con ella, pero se dirigía con expresiones soeces y amenazantes por lo pidió auxilio a la vigilancia.
Denuncia
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 11/11/2020. Decisión: Sobreseimiento. Mediante resoluciones pronunciaba a las trece horas con veinticinco minutos del día quince de juniode dos mil veinte, se decretó la apertura del presente procedimiento contra el licenciado Roberto Edmundo Alejandro Jiménez Molina, Juez Tercero de lo Civil y Mercantil de San Salvador, por la posible infracción al deber ético de "utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados" regulado en el articulo 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental LEG, por cuanto el día treinta y uno de julio de dos mil diecinueve, habría utilizado el vehículo placas P 411-380 propiedad de la CSJ para dirigirse a ingerir bebidas alcohólicas.
Oficio
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 300 KB
Fecha de resolución final: 11/11/2020. Decisión: Inadmisible. El día once de marzo de dos mil veinte, se recibió aviso por medio delsitio web institucional contra el señor José Armando Hernández, Secretario de la Alcaldía Municipal de Citalá, departamento de Chalatenango, en el cual se indica que dicho señor "no se presenta a trabajar los días lunes. Y además los días que va a laborar llega con demasiado tiempo de retraso" (sic).
Aviso
Año: 2020
Vigente
Creación: 18/03/2021
Actualización: 06/06/2022