TEG Tribunal de Ética Gubernamental

Resoluciones ejecutoriadas

Publicación de texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como los informes producidos en todas sus jurisdicciones, en caso que esta institución sea un organismo de control del Estado. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

Nota(s) aclaratoria(s)

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Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, se señaló que el díatres de mayo de dos mil diecinueve, el representante legal de la Federación de ******, señor ******* solicitó la Credencial de Consejo de Administración y Junta de Vigilancia de esa federación ante el Jefe del Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas del INSAFOCOOP; sin embargo, al momento de interponer la denuncia en este Tribunal –fecha de referencia diez de julio de dos mil di0ecinueve- no se habrían entregado las credenciales en comento. La persona que ejerce el cargo de Jefe del Registro Nacional de Asociaciones de INSAFOCOOP es el licenciado ****, quien se ha desempeñado en dicho puesto a partir del día uno de enero de dos mil seis hasta la fecha de presentación del informe; siendo su jefe inmediato superior el Presidente de INSAFOCOOP, y teniendo asignadas las siguientes funciones, de acuerdo (…)
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 26/07/2022
pdf | 900 KB
Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Improcedente. El día veintiuno de octubre de dos mil veinte, se presentó en esta sede unadenuncia, con la documentación adjunta, contra los señores *****, ****** y *****, en ese orden, administradores académicos y director, todos de la Fundación Universitaria Iberoamericana El Salvador FUNIBER; en la cual se mencionan los siguientes hechos...
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 26/07/2022
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Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor *****, ex técnico de legalizaciónde documentos y encargado de la oficina regional de la zona oriental del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE) con sede en San Miguel, departamento del mismo nombre, a quien se atribuye la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra a) de la ley de Ética Gubernamental (LEG) por cuanto el día trece de febrero de dos mil diecisiete habría solicitado a la señora ***** una cantidad de dinero adicional a los precios establecidos en la ley para la realización de un trámite de registro de difusión.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 26/07/2022
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Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor ******, ex alcalde municipal deEl Carmen, departamento de La Unión, a quien se atribuye la posible infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental LEG, por cuanto durante el periodo comprendido entre el día once de noviembre de dos mil quince al día tres de julio de dos mil diecisiete, habría destinado para uso personal el vehículo institucional adquirido en el año dos mil quince por medio del Proyecto de Fortalecimiento de Gobiernos Locales PFGL.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 26/07/2022
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Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Sanciona. El presente procedimiento inició mediante aviso recibido en el sitio web institucional el día trecede julio de dos mil diecisiete, contra la señora María Gertrudis Argueta Chávez, ex Síndica Municipal de Conchagua, departamento de La Unión (…) A la investigada se le atribuye la posible infracción al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto el día once de agosto de dos mil quince, en calidad de Síndica Municipal, habría participado en el nombramiento del señor ***** como Auxiliar de Contabilidad en la Alcaldía Municipal de Conchagua, con quien tiene parentesco por afinidad.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 07/10/2021
Actualización: 26/07/2022
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Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Sanciona. Al investigado se le atribuye la posible infracción al deber ético de "Excusarse de interveniro participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", y a la prohibición ética de ''Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley"; regulados en los artículos 5 letra c) y 6 letra h) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), respectivamente; por cuanto, durante el año dos mil quince, el señor Santos Adelmo Rivas Rivas, Diputado Propietario de la Asamblea Legislativa en la fracción política de GANA, habría intervenido en el procedimiento de contratación del señor ******, en el cargo de Asistente I dentro de dicha institución; con quien le une un vínculo de parentesco por consanguinidad en primer grado descendiente, dado que son padre e hijo respectivamente. Además, durante el período comprendido entre diciembre de dos mil quince y enero de dos mil veinte, el señor ***** habría promovido a su hijo para que percibiera un incremento salarial.
Oficio
Año: 2021
Vigente
Creación: 07/10/2021
Actualización: 26/07/2022
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Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Sanciona. El presente procedimiento inició de oficio el día quince de junio de dos mil veintecontra el señor Manuel Orlando Cabrera Candray, Diputado de la Asamblea Legislativa, a quien se atribuye la posible infracción al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto en el año dos mil quince habría intervenido en el procedimiento de contratación del señor *******, quien sería su sobrino, en el cargo de Asistente Administrativo en la Asamblea Legislativa.
Oficio
Año: 2021
Vigente
Creación: 07/10/2021
Actualización: 26/07/2022
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Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Sanciona. Al investigado se le atribuye la posible infracción al deber ético de "Excusarse de interveniro participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto en el período comprendido entre el día uno de mayo y el día treinta de junio de dos mil quince, habría intervenido en el procedimiento de contratación del señor ******, quien sería su sobrino, en el cargo de Asistente III en la Asamblea Legislativa.
Oficio
Año: 2021
Vigente
Creación: 07/10/2021
Actualización: 26/07/2022
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Fecha de resolución final: 05/03/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el presente caso, la persona denunciante atribuyó al señor******, ex Alcalde Municipal de Zaragoza, departamento de La Libertad los siguientes hechos: i) En el año dos mil diecisiete, utilizó los bienes y empleados de la Alcaldía para realizar una construcción en una propiedad privada, específicamente materiales de construcción y trabajadores pagados con planilla de bacheo o proyectos, ubicada en la esquina formada por la carretera al Puerto de La Libertad y el desvío a San José Villanueva, así como para la construcción de un muro perimetral en una casa propiedad de una empleada de nombre "Esmeralda", ubicada en la Colonia **** de ese municipio.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 14/02/2022
Actualización: 26/07/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sanciona. El presente procedimiento inició mediante aviso telefónico recibido el día diez de agosto de dosmil diecisiete y por denuncia presentada el día uno de noviembre del mismo año, contra el señor Mariano Blanco Díaz, Alcalde Municipal de Arambala, departamento de Morazán, a quien se atribuyen posibles infracciones al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG (…) Sanciónase al señor Mariano Blanco Díaz, con una multa de setecientos cincuenta y cinco dólares de los Estados Unidos de América con diez centavos (US$755.10), por haber infringido el deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG, en razón que el día veintidós de mayo de dos mil quince, en su calidad de Alcalde Municipal de Arambala, votó a favor de la adopción del acuerdo N.º 4, contenido en el acta N.0 3 de sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal de la referida localidad a las nueve horas de la fecha relacionada, mediante el cual se decidió la contratación del señor Leonardo Pérez Díaz (Sobrino, hija de la hermana del investigado en tercer grado de consanguinidad) para prestar servicios de asesoría jurídica en la Alcaldía del aludido municipio, durante el período comprendido entre el día seis de mayo y el día treinta y uno de diciembre del mismo año, según consta en la parte final del apartado IV de esta resolución.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 07/10/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: No sanciona. El presente procedimiento inició mediante aviso telefónico recibido el día diez de agosto dedos mil diecisiete y por denuncia presentada el día uno de noviembre del mismo año, contra el señor ****, Alcalde Municipal de Arambala, departamento de Morazán, a quien se atribuyen posibles infracciones al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés", regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG (…) Absuélvese al señor ****, Alcalde Municipal de Arambala, departamento de Morazán, por la infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG, respecto a su participación en la contratación del señor ***** (Sobrino, hijo de la prima del investigado en quinto grado de consanguinidad) como Encargado del Deporte de la Alcaldía relacionada, entre los años dos mil quince y dos mil dieciséis; y respecto a su intervención en la aprobación del acuerdo municipal mediante el cual se autorizó la asignación de fondos para el pago de un incentivo económico a favor de la señora ***** (Sobrina, hija del primo del investigado en quinto grado de consanguinidad), como auxiliar docente en el Centro Escolar Caserío La Tejera, Cantón Pueblo Viejo, del referido municipio, en enero de dos mil diecisiete.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 07/10/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sanciona. El presente procedimiento inició mediante aviso recibido en la cuenta institucional de la red socialFacebook el día tres de octubre de dos mil dieciocho, contra el señor Martín Tadeo García Ortiz, Director del Complejo Educativo '"Doctor Hugo Lindo" del municipio de La Unión, departamento del mismo nombre, a quien se atribuye la transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo (...)", regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto en el período comprendido entre el día nueve de enero de dos mil quince y el día tres de octubre de dos mil dieciocho no se habría presentado a laborar en el referido centro educativo, por haber viajado a los Estados Unidos de América (EE.UU.). Asimismo, en temporadas vacacionales, no se habría presentado a trabajar y se habría tomado todo el mes, particularmente en marzo de dos mil dieciocho.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 07/10/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, el día dieciséisde julio de dos mil dieciocho el señor *****, alcalde municipal de Villa San José, habría favorecido a su hijo, señor ***** con la compra de cuatrocientos platos de comida con un valor de seis dólares de los Estados Unidos de América (US$6.00) cada uno y cuatrocientos panes por un dólar de los Estados Unidos de América cada uno (US$1.00) para una celebración que se habría realizado en conmemoración de la caída del "Capitán Guillermo Reynaldo Cortez" en la guerra de El Salvador contra Honduras.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, el denunciante expresó que el díadiez de agosto de dos mil diecisiete, interpuso denuncia en el Consejo Nacional de la Niñez y de la Adolescencia, contra su esposa, señora… y fue atendido por el licenciado ****, Receptor de Denuncias y Encargado de Atención al Usuario, designado en la Junta de Protección del Departamento de San Miguel, a quien atribuye haber detenido "deliberadamente" dicho proceso por ser conocido de su esposa.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Caducidad. Mediante resolución pronunciada el día doce de septiembre de dos mil diecinueve, se decretó laapertura del presente procedimiento administrativo sancionado tramitado contra el señor *****, alcalde municipal de La Unión, a quien se atribuye la infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG) por cuanto, desde el día doce de septiembre de dos mil catorce al día ocho de abril de dos mil diecisiete –fecha en la que se interpuso el aviso-, habría contratado servicios de telefonía celular para la entidad a su cargo, entre los cuales se incluyen líneas telefónicas y una “tablet” que se habrían destinado para el uso de sus hijos; asimismo, habría empleado para uso particular en su residencia una planta eléctrica propiedad de la citada Alcaldía.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Inadmisible. Mediante resolución de fecha veintiuno de noviembre de dos mil veinte, se requirió al denuncianteque, en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la comunicación respectiva, subsanara las deficiencias formales advertidas en su denuncia.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Improcedente. El presente procedimiento se tramita contra el señor *****, alcalde municipal de San Jorge, departamentode San Miguel, a quien se atribuye la posible transgresión al deber ético de “utilizar los bienes, fondos, recursos públicos o servicios contratados únicamente para el cumplimiento de los fines institucionales para los cuales están destinados”, y a la prohibición ética de “exige o solicitar a los subordinados que empleen el tiempo ordinario de labores para que realicen actividades que no sean las que se les requiera para el cumplimiento de los fines institucionales”; regulados en los articulados 5 letra a) y 6 letra f) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG; por cuanto desde el mes de diciembre de dos mil diecisiete hasta el día nueve de enero de dos mil dieciocho, habría utilizado los vehículos institucionales placas N 7651 y N 10876 para trasladar a personas a realizar el pago de la emisión del Documento Único de Identidad y para ello habría enviado al motorista de la Alcaldía.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra los señores ****, ***** y *****, docentesdel instituto nacional “Profesor Francisco Ventura Zelaya”, de Santa Rosa de Lima, departamento de La Unión (INFRAVENZ), por cuanto en el periodo comprendido entre el día cuatro de junio de dos mil quince y el día siete de febrero de dos mil diecinueve, habrían vendido a los estudiantes de dicho centro de estudios folletos o manuales y exigido la asistencia a clases los días sábados, para impartir contenidos que no desarrollaron durante la semana, cobrando a cada alumno por ello, lo cual habrían condicionado para la asignación de calificaciones.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sobreseimiento. El presente caso se tramita contra los señores *****, alcalde y *****, tesorero, ambos demunicipio de Lislique, departamento de La Unión, a quienes se atribuye la posible infracción a la prohibición ética de “utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario” regulada en el artículo 6 letra k) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG; por cuanto entre los meses de enero y marzo de dos mil dieciocho, habrían pagado con fondos municipales los servicios de los señores ****, ***** y *****, activistas del partido político Alianza Republicana Nacionalista ARENA, por supuestos trabajos de proselitismo político realizados dos meses de las elecciones del mencionado año.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el señor ****, ex diputado suplente dela Asamblea Legislativa de la fracción del Partido de concertación Nacional PCN, a quien se atribuye la posible infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto durante el periodo comprendido entre el día uno de junio y el día treinta y uno de agosto de dos mil quince habría intervenido en el procedimiento de contratación de la señora *****, en el cargo de Colaboradora Administrativa en esa institución, con quien le uniría el vínculo de parentesco por consanguinidad en primer grado, al ser su hija.
Oficio
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sobreseimiento. En el presente caso, se atribuye al señor *****, jefe de la Unidad de MedioAmbiente de la Alcaldía Municipal de Tonacatepeque, la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra g) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG; por cuanto, en el mes de octubre del año dos mil diecisiete, haría ofrecido sus servicios de asesorías por una cantidad de dinero a efecto de proporcionar información o brindar consejos a los usuarios para que sus trámites no tuvieran problemas.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el presente caso, se investiga a la señora*****, jueza de ejecución de medidas al menor de San Vicente, departamento del mismo nombre (…) La información relacionada en apartados precedentes no aporta elementos para sustentar que, durante el período indagado, la investigada incumplió su jornada laboral en el Juzgado a su cargo o que realizó actividades privadas durante la misma; ni que haya utilizado recursos asignados a esa sede judicial o que se haya apoyado en el personal subalterno, para actividades ajenas a los fines institucionales.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: No sanciona. El presente procedimiento inicio mediante aviso recibido el día cuatro de junio de dosmil dieciocho por medio de la página web institucional de este Tribunal contra el señor *****, asesor de cooperativas de la filiar de Santa Ana del Instituto Salvadoreño de Fomento Agropecuario (ISTA).
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, un informante señaló que elseñor *****, técnico y coordinador de la dirección departamental de educación de Ahuachapán, habría contratado a su hija como promotora en el Programa Nacional de Alfabetización PNA para el periodo comprendido entre el día dieciséis de enero y el dieciséis de julio de dos mil diecinueve; y posteriormente, como asistente administrativa interina.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 200 KB
Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante desde elaño dos mil dieciséis hasta el día veintinueve de junio de dos mil diecinueve, la señora *****, coordinadora de la Unidad de Comunicaciones del MARN, habría solicitado, recomendado y administrado contratos con la Imprenta Imagen Gráfica o de la sociedad IGES, S.A. de C.V. dentro de la institución que labora; a pesar de ser accionista de la sociedad en comento.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante señaló que eldía dos de septiembre de dos mil diecinueve, el señor *****, apoderado jurídico de la Alcaldía Municipal de San Martín habría desarrollado dentro de su jornada de trabajo actividades de procuración en el juzgado de Paz de ese mismo municipio en asuntos distintos a los intereses municipales.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 300 KB
Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante el periodocomprendido entre el día dieciséis de junio dos mil quince al día dos de septiembre de dos mil diecinueve, la señora *****, secretaria del Comité Local de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la Alcaldía Municipal de Chiltiupán, departamento de La Libertad, habría incumplido con su jornada laboral al presentarse únicamente un día a la semana a trabajar por motivos académicos. Además habría cobrado viáticos por estudiar.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el presente caso, el informante señaló que desdeel día uno de mayo de dos mil dieciocho el señor ******, alcalde municipal de San Antonio Masahuat, departamento de La Paz tendría contratado a los señores ***** como contador y ***** como encargada de cuentas corrientes en la institución que preside, quienes serían, en ese orden, primo y tía del primero.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
pdf | 1 MB
Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sin lugar a la apertura del procedimiento. En el caso particular, los informantes indicaron que duranteel periodo comprendido entre los meses de enero de dos mil dieciocho y enero de dos mil diecinueve, todos los días viernes el licenciado *****, juez primero de familia de Santa Ana, se retira de su lugar de trabajo durante horas laborales para ingerir bebidas alcohólicas con los colaboradores y secretario del tribunal, señores *****, *****, ******, *****, *****, ******, *****, ******, ****** y *****; además dichos empleados se retirarían todos los días viernes de sus labores a partir de las doce horas con treinta minutos, y no regresan a trabajar únicamente llegan a marcar el reloj biométrico.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 18/05/2021
Actualización: 06/06/2022
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Fecha de resolución final: 24/02/2021. Decisión: Sobreseimiento. Mediante resolución del día catorce de octubre de dos mil veinte, se decretó la aperturadel procedimiento contra el señor *****, director departamental de Educación de Chalatenango, en ese contexto, se recibió el escrito del referido servidor público, presentado por medio de su apoderado general judicial y administrativo con cláusula especial, el abogado ******, con la certificación del poder y además documentación que adjunta.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 06/05/2021
Actualización: 06/06/2022