TEG Tribunal de Ética Gubernamental

Resoluciones ejecutoriadas

Publicación de texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como los informes producidos en todas sus jurisdicciones, en caso que esta institución sea un organismo de control del Estado. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

Nota(s) aclaratoria(s)

Aclaración sobre versión pública
Versión pública en documentos difundidos en resoluciones ejecutoriadas.
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Fecha de resolución final: 23/04/2021. Decisión: Improcedente. En el caso particular, relata, en síntesis, que solicitó autorización para la venta de pólvoraen el Distrito Seis de la Alcaldía Municipal de San Salvador, pero para que le concedieran dicha autorización le indicaron que debía presentar una solvencia municipal y al presentarla le manifestaron que la había obtenido de forma fraudulenta, pues la denunciante tenía un contacto dentro de la oficina central de San Salvador para la obtención de la misma, por lo que le negaron el permiso definitivamente (…) La denunciante considera que las actuaciones de ****, Jefe de la Delegación del Distrito Seis de la Alcaldía Municipal de la ciudad y departamento de San Salvador constituyen un incumplimiento a los principios éticos de probidad, imparcialidad, justicia, transparencia, responsabilidad, disciplina, legalidad, lealtad, decoro, eficiencia y eficacia, así como una transgresión al artículo 6 letras i) y j) de la Ley de Ética Gubernamental -LEG-.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 25/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 23/04/2021. Decisión: Improcedente. Del análisis de los hechos objeto de denuncia, se advierte que el denunciante atribuye alas doctoras ****** y *****, en ese orden, Directora y Jefa de la División Médica y Quirúrgica de Hospital Nacional San Rafael de la ciudad de Santa Tecla, departamento La Libertad, realizar acciones de discriminación en contra de su representada; asimismo, intimidaría sobre la remoción de su cargo, plaza que habrían sometido posteriormente a concurso y que ganó otro doctor, no obstante su mandante tendría el derecho a su promoción por ser antigua en el cargo y tener las credenciales requeridas para ello.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 25/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 23/04/2021. Decisión: Inadmisible. En su escrito, el denunciante señala que la resolución que declara sin lugar la aperturadel procedimiento le causa agravio; por lo que solicita expresamente que se revoque y se decrete la apertura del caso contra el licenciado *****, Coordinador de la Unidad Especializada de Defensa de la Niñez y Adolescencia de la Procuraduría General de la República de San Salvador.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 25/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 23/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, el día diecisietede noviembre de dos mil veinte, el vehículo placas N-16644 fue visto en horas de la noche estacionado en el parqueo del restaurante "Cadejo", ubicado en la colonia San Benito de San Salvador. Vehículo propiedad de la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA)
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 25/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 23/04/2021. Decisión: Improcedente. En el año dos mil dieciocho, ****, Jefe de Seguridad Alimentaria y Nutricional de laDirección de Prevención y Programas Sociales del Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología – MINEDUCYT, sobrepasó las atribuciones que tenía como empleado de la referida Dirección, en beneficio propio al haberse favorecido del cargo que ostentaba para coaccionar a los promotores para que reintegraran parte del dinero del salario que había recibido de más, en algunos casos del mes de enero, febrero y marzo del referido año; todo esto, en detrimento del MINEDUCYT y del Estado, ya que ese dinero nunca debió haberse pagado en su totalidad si el persona no los había laborado; ye en el mejor de los escenarios, los promotores y personal técnico (…) atribuye al ingeniero ***** haber incurrido en la infracción a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental -LEG-, por los hechos descritos.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 15/07/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 17/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante indicó que el díaveintiuno de septiembre de dos mil veinte, la señora *****, directora del Centro Escolar de San Jacinto, departamento de San Miguel, habría participado en horas laborales en la manifestación de los veteranos de guerra en el desvío de Moncagua, de dicho departamento.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra la señora *****, ex Jefa del Departamentode Arte, Cultura, Recreación, Deporte y Ciudadanía de la Dirección Departamental de Educación de La Libertad, del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MINEDUCYT), a quien se atribuye la posible infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto en los años dos mil diecisiete y dos mil diecinueve habría usado para fines personales donaciones de dinero de la Alcaldía Municipal de La Libertad, la Asociación Intersectorial para el Desarrollo Económico y el Progreso Social (CIDEP) y el colegio privado Academia Británica Cuscatleca, pues no existirían registros de las mismas.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 20/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Improcedente. La señora *****, Ministra de Cultura, de forma reiterada ha ocupado su cuenta en lared social de Twitter para promover su precandidatura por parte del partido político Nuevas Ideas -NI-; particularmente el informante anexa una imagen de una publicación realizada el día veinte de julio de dos mil veinte en la referida red social en la cuenta denominada "Sue Callejas Estrada". El informante asegura que con ello la citada funcionaria puede estarse prevaleciendo de su cargo al ocupar una plataforma gubernamental para dar publicidad a su postulación política y, además, utiliza recursos públicos para tal efecto, pues afirma que, las cuentas de los Ministros son manejadas por community managers pagados con fondos públicos.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 20/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sobreseimiento. El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra la señora *****, Técnica de Trámites Empresarialesen Centro Regional La Libertad de CONAMYPE, a quien se atribuye la posible transgresión a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental (LEG), por cuanto el día veintiuno de mayo de dos mil dieciocho, durante su horario laboral en la referida institución, compareció en el Tribunal de Servicio Civil como apoderada general judicial y administrativa de la señora *******.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 20/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el aviso recibido se señaló la presunta utilización indebidadel vehículo placas N 9-862, propiedad del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, el cual es visto todos los días estacionado afuera de una vivienda ubicada en la Tercera Etapa de la Urbanización Las Margaritas en el municipio de Soyapango, departamento de San Salvador.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 20/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Improcedente. El aviso recibido el día veintiuno de abril de dos mil veinte contra el señor*****, Director Nacional de Atención a Víctimas y Migración Forzada del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, identificado con referencia 48-A-20, se señala que dicho señor se aprovecha de su cargo y de "la crisis del coronavirus" (sic) para hacer campaña política. El informante agrega la imagen de una publicación efectuada en el mes de marzo de dos mil veinte, en la cuenta de la red social Twitter del señor *****, en la cual promueve al partido político Nuevas Ideas haciendo referencia al bono de trescientos dólares otorgado por el gobierno a cada familia afectada por la pandemia del COVID-19.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 20/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el presente caso, el denunciante refiere que el Ministeriode Salud (MINSAL) destinó en abril de dos mil veinte, un millón de dólares de los Estados Unidos de América ($1,000,000.00) para adquirir protectores reciclados; del total de dicha cantidad, doscientos cincuenta mil dólares de los Estados Unidos de América ($250,000.00) fueron adjudicados a la sociedad INSEMA, S.A. de C.V., de la cual es fundador y propietario el señor *****, en ese momento funcionario público del Órgano Ejecutivo adscrito al Fondo Ambiental de El Salvador (FONAES). En ese sentido, concluye el denunciante que el Ministro de Salud, *****, al firmar la orden de compra a favor de INSEMA, S.A. de C.V., de la cual es propietario el señor ****, en ese momento Presidente del Fondo Ambiental de El Salvador, omitió denunciar ante este Tribunal las posibles transgresiones a los deberes o prohibiciones éticas de las que tuvo conocimiento en el ejercicio de su cargo, al realizar dicho acto en el cual un funcionario contrató con el Estado pese a las prohibiciones legales existentes.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 20/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Improcedente. Del análisis de los hechos objeto de denuncia, se advierte que el denunciante atribuye allicenciado ****, Jefe de la Unidad de Coordinación Territorial de la CONAMYPE, haber incumplido con lo prometido de elaborarle un nuevo cheque y contrato con un nuevo plazo del programa corredores productivos para impulsar la formación de empresas de la franja costero marina del departamento de La Unión a través de fondos obtenidos por préstamo BID 3170/0C-ES.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 20/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, el día docede septiembre de dos mil dieciséis, se habría utilizado el vehículo placas CR 59, propiedad de la Cruz Roja Salvadoreña, como medio de transporte para que "una familia y sus mascotas" visitaran las instalaciones del restaurante Sol Bohemio, ubicadas en Playa San Blas, departamento de La Libertad.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante indicó que la señora*****, secretaria del Juzgado de Paz de Arcatao, departamento de Chalatenango, al presentar denuncias o quejas a esa sede judicial, le habría pedido "arrobitas" de frijol u otros alimentos, de lo contrario afirma el informante, lo recibe mal.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante el día veintisietede noviembre de dos mil veinte, se habría utilizado el vehículo nacional placas N 14-246 propiedad del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, para movilizar a activistas del partido político Nuevas Ideas para que se manifestaran frente a las instalaciones de la Dirección de Organización Electoral de Zacatecoluca, departamento de La Paz.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante anónimo, desde juniode dos mil dieciocho el señor ****, alcalde municipal de Juayúa, departamento de Sonsonate, habría intervenido en la contratación de los señores ****, servidor público de la Unidad de Género y *****, servidor público de un programa de alimentos, quienes serían sus hermanos, en la referida Alcaldía.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante señaló que el señor*****, administrador del Parque Nacional Cerro Verde del ISTU habría contratado a familiares en el referido parque; entre ellos: a) ****, quien sería su hijo; b) *****, encargado de los sanitarios, quien sería su hija; y c) *****, colector, quien sería su sobrino.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante anónimo indicó que eldoctor ****, médico de la Clínica Empresarial del Órgano Judicial del Municipio de San Vicente ofrecería producto "Herbalife" a los usuarios; y a cambio de la compra del producto ofrece extenderles incapacidades médicas, aunque no estén enfermos; asimismo, en horas laborales estaría viendo programas de televisión y se ausentaría reiteradamente de sus labores.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante, desde enero dedos mil dieciséis hasta el cuatro de octubre de dos mil diecinueve, los señores **** y *****, directores del Centro Escolar Cantón El Pilón y del Centro Escolar Cantón Maquigue, Conchagua, departamento de La Unión, respectivamente, habrían incumplido su jornada laboral, al presentarse tarde y retirarse temprano de su lugar de trabajo para participar en actividades político partidistas a favor del Alcalde de dicha localidad en funciones durante ese período.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Improcedente. Del análisis de los hechos objeto de denuncia, se advierte la señora ****, a travésde su apoderado licenciado **** atribuye al señor *****, Decano de la Facultad de Ciencias Naturales y Matemáticas de la UES, el incumplimiento de los artículos 73 y 74 del Reglamento General del Sistema de Escalafón del Personal de la UES, por cuanto habría excluido "sin motivo legal" a la señora de su derecho de ascenso y nivelación salarial, no obstante ésta última habría cumplido con los requisitos técnicos para ello. Finalmente, el denunciante atribuye al señor ***** haber incurrido en la infracción a la prohibición ética regulada en el artículo 6 letra i) de la Ley de Ética Gubernamental LEG.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el presente caso, según noticias divulgadas en la revistadigital denominada archivosconfidenciales.com, en el contexto del estado de emergencia por la pandemia de Covid-19, el licenciado *****, en ese entonces Ministro de Agricultura y Ganadería autorizó la compra de atún, para incluirlo en el programa de entrega de paquetes alimenticios, pagando un precio más alto que el del mercado por atún de baja calidad, a una sociedad que sería propiedad del referido ex Ministro y de su primo, *****, quien es titular de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma CEPA.
Oficio
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el presente caso, según las publicaciones de los díasveintiséis y veintisiete de agosto de dos mil veinte, en la página electrónica de la revistafactum.com y del periódico digital elsalvador.com, el Ministerio de Salud (MINSAL) compró un millón de mascarillas no certificadas, por la cantidad de tres millones trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US $3,300.000.00) a la sociedad NETWORKLAT INVERSIONES, S.A. de C.V., pagando un sobreprecio, en comparación con el que la misma sociedad vende en el mercado según lo afirma el periódico El Diario de Hoy-, ya que cada mascarilla las comercia a un valor dedos dólares de los Estados Unidos de América (US $2.00) cada una y el Ministerio citado, según la orden de compra Nº168-2020, de fecha once de mayo de dos mil veinte, pagó tres dólares con treinta centavos de dólar de los Estados Unidos de América (US $3.30) por cada una.
Oficio
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el presente caso, la denunciante señaló que el díaseis de septiembre de so mil veinte, el señor ******, prevaliéndose de su cargo como Presidente de ANDA, habría aprovechado la presentación del plan gubernamental de San Salvador, para invitar y presentar al señor ***** como candidato a alcalde de ese municipio y parte de su consejo municipal, y al señor ***** como candidato a diputado por el departamento de San Salvador, todos representantes del partido Nuevas Ideas.
Denuncia
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, según el informante anónimo, el díaveintiocho de mayo de dos mil veinte, las señoras **** y *****, jefa de la unidad de gestión de riesgo y regidora de la alcaldía municipal de Apopa, respectivamente, valiéndose de sus cargos, habría entregado "bolsas " a pobladores de ese municipio, a quienes habría solicitado el voto para ellas y para la señora ******, en las elecciones internas del partido político Alianza Republicana Nacionalista ARENA.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Improcedente. El día diez de julio de dos mil veinte, esta sede recibió aviso por mediodel sitio web institucional, en contra del señor ****, director regional de Occidente del Viceministerio de Transporte VMT, en el cual se indica que dicho señor se ha dedicado dentro de su jornada laboral a realizar actividades particulares.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, con base en la potestad deinicio y tramitación ex oficio de este Tribunal, se ordenó la investigación preliminar del caso, dado que el día veintisiete de agosto de dos mil dieciocho, en las ediciones digitales de los periódicos La Prensa Gráfica y El Diario de Hoy, se publicaron las notas tituladas "Empleados judiciales hicieron fiesta con bailarinas en sala de audiencias", "sindicato ocupa sala de tribunal para presentaciones de bailarinas " y "filtran video de una fiesta de sindicalistas hasta con bailarinas dentro de una sala de audiencias en el Centro Judicial".
Oficio
Año: 2021
Vigente
Creación: 24/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante indicó que el señor****, ex Viceministro de Ingresos del Ministerio de Hacienda, sería socio director del SCI, Audit Tax Advisory, empresa que asesora en materia de impuestos a particulares y les lleva la contabilidad.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Improcedente. En el caso particular, los informantes anónimos aluden que durante el mes de julio dedos mil veinte, el señor *****, Presidente de la República, habría efectuado publicaciones en sus cuentas de redes sociales Facebook y Twitter denominadas ''Nayib Bukele", para promover al partido político Nuevas Ideas, utilizando su posición de Presidente de la República para hacer política partidista, supuestamente utilizando fondos públicos para ese fin. Ello en razón que, habría publicado nuevamente el video en el cual hizo un llamamiento a los ciudadanos para afiliarse a ese partido político. Asimismo, habría promovido la imagen del señor *****, candidato a diputado.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 17/08/2022
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Fecha de resolución final: 16/04/2021. Decisión: Sin lugar la apertura del procedimiento. En el caso particular, el informante anónimo señaló que eldoctor *****, director del Hospital Nacional de Nueva Guadalupe del departamento de San Miguel, llamaría al señor ****, Guardalmacén de dicho Nosocomio, para que lleve "cajas" o ataúdes para los fallecidos dentro de ese hospital y venderle el servicio a los familiares dolientes, pues éste último sería el propietario de la funeraria que los brinda; y de lo cual sacarían beneficio y ganancia ambos servidores públicos, repartiéndoselo después, particularmente el día veintiuno de mayo de dos mil veinte.
Aviso
Año: 2021
Vigente
Creación: 21/05/2021
Actualización: 17/08/2022