TEG Tribunal de Ética Gubernamental

Resoluciones ejecutoriadas

Publicación de texto íntegro de las resoluciones ejecutoriadas, así como los informes producidos en todas sus jurisdicciones, en caso que esta institución sea un organismo de control del Estado. Se recomienda hacer uso de los filtros o el buscador para optimizar su búsqueda.

Nota(s) aclaratoria(s)

Aclaración sobre versión pública
Versión pública en documentos difundidos en resoluciones ejecutoriadas.
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En el caso particular, verificados los requisitos de forma del aviso, se advierte que el veintisiete de octubre de dos mil quince,el señor José Rafael Alemán Córdova, Registrador Auxiliar del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas, de la Quinta Sección del Centro, departamento de Chalatenango, recibió en su correo institucional un proyecto de compraventa remitido por el empleado Juan José Mejía Vivar, quien al parecer lo tenía asignado, y le pidió efectuar la revisión del mismo.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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En el caso particular, verificados los requisitos de forma del aviso, se advierte que al señor Manuel Antonio Cortez Meléndez se leatribuye haberse apropiado de la cantidad de setecientos dólares de los Estados Unidos de América (US$700.00), los cuales fueron entregados como arreglo conciliatorio en el proceso laboral tramitado a favor del señor Oscar Alberto Hernández Medrano.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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En el caso particular, verificados los requisitos de forma del aviso, se advierte que según el informante el señor Raúl Moisés SomozaMartínez se habría apropiado de las indemnizaciones otorgadas por despidos injustificados en determinados procesos laborales que le fueron asignados, a la vez que habría falsificado firmas para cambiar los cheques entregados en dichos procesos.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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A la investigada se le atribuye la posible transgresión a las prohibiciones éticas de "Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona,cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, por hacer, apresurar, retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones." y de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley", reguladas en el artículo 6 letras a) y e) de la Ley de Ética Gubernamental (...)
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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Se han robustecido los indicios de una infracción al deber ético de “Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cualesél, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tenga algún conflicto de interés”, y a la prohibición ética de “Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley” regulados en los artículos 5 letra c) y 6 letra h) de la Ley de Ética Gubernamental
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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Al investigado se atribuye la posible infracción al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él,su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan algún conflicto de interés ", regulado en el Art. 5 letra c) de la Ley de Ética Gubernamental
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El presente procedimiento se tramita contra el señor José Elmer Salguero, Motorista de la Región Oriental de la Administración Nacional de Acueductosy Alcantarillados (ANDA), a quien se atribuye la posible infracción al deber ético regulado en el artículo 5 letra a) y a la prohibición ética establecida en el artículo 6 letra e), ambos de la Ley de Ética Gubernamental (LEG).
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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Ahora bien, los hechos antes descritos deben ser analizados conforme al derecho disciplinario propio del Ministerio de Hacienda, pues si bien todoservidor público está obligado a cumplir fielmente con los principios de la ética pública, tales como el de responsabilidad y eficacia, la fiscalización de tales conductas corresponde a la institución en la cual laboran, conforme a su normativa interna.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El presente procedimiento inició por medio de aviso, el día veintiséis de abril de dos mil dieciséis, contra el señor William CamiloAguiJar Sandoval, Jefe del Departamento de Mantenimiento del Aeropuerto Internacional de El Salvador, Monseñor Osear Arnulfo Romero y Galdámez, dependencia de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA).
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El presente procedimiento inició mediante aviso recibido por correo electrónico el día dieciocho de abril de dos mil dieciséis contra la licenciadaMarina de Jesús Marenco Ramírez de Torrento, ex Consejal Propietaria del Consejo Nacional de la Judicatura-CNJ-.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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De manera que no se han robustecido los indicios advertidos inicialmente sobre una posible trasgresión al deber ético de “Excusarse de interveniro participar en asuntos en los cuales él, su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, tengan conflicto de interés”, regulado en el artículo 5 letra c) de la LEG, y a la prohibición ética de “Nombrar, contratar, promover o ascender en la entidad pública que preside o donde ejerce autoridad, a su cónyuge, conviviente, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad o socio, excepto los casos permitidos por la ley”, regulada en el artículo 6 letra h) de la LEG (...)
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El procedimiento administrativo sancionador competencia de este Tribunal tiene por objeto determinar la existencia de infracciones a los deberes y prohibiciones éticosregulados en la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, y sancionar a los responsables de las mismas.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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La presente resolución en su versión original contiene datos personales y elementos de carácter confidencial. En ese contexto, es oportuno proteger laesfera privada de sus titulares. En tal sentido, conforme a lo establecido en el artículo 30 de la Ley de Acceso a la Información Pública, se extiende la siguiente versión pública (....)
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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En el caso particular, la señora Regalado informa que la señora Claudia Marina Silva de Padilla ingresó a laborar en la Secretariade Cultura de la Presidencia desde el dos de marzo de dos mil quince, primero como Gerente de Recursos Humanos, y actualmente como Gerente Administrativo.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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En el caso particular, con la información obtenida durante la investigación preliminar, se determina que el señor Yax Canossa Humberstone labora enel Ministerio de ******** desde el diecinueve de noviembre de dos mil siete y que actualmente ejerce el cargo de Director de Innovación y Calidad (...)
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El presente procedimiento inició por medio de aviso recibido el día siete de marzo de dos mil dieciséis contra los señores: i)Tharsis Salomón López Guzmán, ex Ministro de Economía, a quien se atribuye la posible transgresión al deber ético regulado en el artículo 5 letra e), y a la prohibición ética contenida en el artículo 6 letra g) ambos de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG (...)
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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En el caso particular, se atribuye a la señora Dora Alicia Privado Bonilla, Colectorade la Oficina del Ministerio de Agricultura y Ganaderíade San Miguel, el hurto de cien dólares, el trato irrespetuoso hacia los usuarios y compañeros, así como la falta de diligencia en el desempeño de sus funciones.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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De manera que no se han robustecido los indicios advertidos inicialmente sobre las posibles infracciones a las prohibiciones éticas de “Solicitar oaceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, por hacer, apresurar, retardar o dejar de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones” y “Solicitar o aceptar, directamente o por interpósita persona, cualquier bien o servicio de valor económico o beneficio adicional a los que percibe por el desempeño de sus labores, para hacer valer su influencia en razón del cargo que ocupa ante otra persona sujeta a la aplicación de esta Ley, con la finalidad de que éste haga, apresure, retarde o deje de hacer tareas o trámites relativos a sus funciones”, reguladas en el artículo 6 letras a) y b) de la LEG.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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Flor de María Ortiz de Orantes, Jueza Interina del Juzgado Cuarto de Menores de San Salvador, a quien se le atribuye laposible transgresión al deber ético de "Denunciar ante el Tribunal de Ética Gubernamental o ante la Comisión de Ética Gubernamental respectiva, las supuestas violaciones a los deberes o prohibiciones éticas contenidas en esta Ley, de las que tuviere conocimiento en el ejercicio de su función pública", regulado en el artículo 5 letra b) de la Ley de Ética Gubernamental -LEG-.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El presente procedimiento administrativo sancionador inició mediante aviso recibido contra el señor Oscar Manuel Melara Rubio, Director del Instituto Nacional Técnico Industrialde San Salvador (INTI), quien según el informante anónimo, desde el año dos mil trece realizaría actividades privadas durante su jornada laboral incumpliendo su hora de entrada, por lo cual se le atribuye la posible transgresión a la prohibición ética de “Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo, salvo las permitidas por la ley”, regulada en el artículo 6 letra e) de la LEG (...)
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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Al investigado se le atribuye la posible la infracción a la prohibición ética de “Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria detrabajo, salvo las permitidas por la ley”, regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, por cuanto desde enero de dos mil doce percibe un salario en dicha Municipalidad sin presentarse a trabajar y particularmente el día veinte de enero de dos mil dieciséis habría participado en desórdenes públicos en el Municipio de Usulután y discutido con el Alcalde de dicha comuna en horas laborales.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El presente procedimiento inició por medio de aviso presentado el día veinticinco de agosto de dos mil dieciséis, decretándose la apertura delprocedimiento mediante resolución del día treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete (f. 14) por una posible transgresión a las prohibiciones éticas relativas a utilizar indebidamente los bienes muebles o inmuebles de la institución para hacer actos de proselitismo político partidario", regulada en el artículo 6 letra k) de la Ley de Ética Gubernamental -LEG-; y .. Prevalerse del cargo para hacer política partidista", establecida en el artículo 6 letra 1) de la normativa antes citada (...)
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra el licenciado Manuel de Jesús Méndez Rivas. Magistrado de la Cámara de Familia deJa Sección de Oriente, con sede en el municipio y departamento de San Miguel. a quien se le atribuye la posible transgresión a la prohibición ética de "Realizar actividades privadas durante la jornada ordinaria de trabajo salvo las permitidas por la ley", regulada en el artículo 6 letra e) de la Ley de Ética Gubernamental. en lo sucesivo LEG. por cuanto. según el informante anónimo. a partir del año dos mil trece habría realizado actividades privadas en horas laborales. presentándose a trabajar todos los días hasta las diez horas y en ocasiones en estado de ebriedad.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El informante plantea una serie de hechos generalizados a diferentes instituciones del Estado y, en síntesis, solicita de forma concreta a laUnidad Reguladora y Asesora de Radiaciones de la Dirección General de Salud del Ministerio de Salud, que se pronuncie sobre la falta de idoneidad o no del señor Francisco Alfide Hernández Montoya como Oficial de Protección Radiológica del Hospital Nacional Rosales, quien al parecer no cumple el perfil académico requerido para dicho cargo de conformidad con el Reglamento Especial de Protección y Seguridad Radiológica.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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La Ley de Ética Gubernamental, en lo sucesivo LEG, ha encomendado a este Tribunal la función de prevenir y detectar las prácticascorruptas, así como sancionar los actos y omisiones que se perfilen como infracciones a los deberes y prohibiciones enunciados en los artículos 5, 6 y 7 de dicha Ley, todo ello en armonía con los compromisos internacionales adquiridos con la ratificación de la Convención Interamericana contra la Corrupción y de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El escrito presentado el doce de septiembre del año en curso por la señora Elvia VioletaEscalante, Ministra de Salud, por medio desu apoderado general judicial, el abogado ******* con la documentación que anexa al mismo (fs. 9 al 31).
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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El aviso remitido por el señor Carlos Adolfo Ortega Umaña, Comisionado Presidente del Instituto de Acceso a la Información Pública, en losucesivo IAIP, contra los señores Jeanne Marie Amaya Araujo, Jefa de la Unidad de Aseguramiento de Calidad y exoficial de Información de la Dirección Nacional de Medicamentos (DNM), José Vicente Coto Ugarte, Director de esa misma institución , y contra Eustacio Antonio Nolasco Corado, Oficial de Información del Consejo Nacional de Atención Integral a las Personas con Discapacidad –CONAIPD–
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 28/09/2020
Actualización: 10/08/2021
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La información obtenida en el caso de mérito permite desestimar los datos proporcionados por el informante anónimo; pues, refleja que en losaños dos mil dieciséis y dos mil diecisiete, el señor Francisco Dagoberto Minero Meléndez laboró en el Centro Escolar "Profesor Ireneo de León", en el cargo de Subdirector en el tumo de la tarde, en horario de lunes a viernes, de las doce y treinta a las dieciocho horas (f. 8); mientras que en el Instituto Nacional "José Ingenieros", durante ese mismo período, durante el año dos mil dieciséis, impartió la materia de Estudios Sociales y Cívica de lunes a viernes, desde las siete hasta las diez horas con veinte minutos (f. 53); y en el año dos mil diecisiete, impartió la misma asignatura los días lunes, martes, jueves y viernes, en horario de las siete hasta las once horas con cincuenta y cinco minutos, según copia simple de horario de clases asignadas al profesor Minero Meléndez (f. 54). Es decir, que no existe incompatibilidad de horario entre las labores que desempeña el profesor Minero Meléndez como docente horas clase por la mañana en el Instituto Nacional "José Ingenieros" y como Subdirector en el tumo vespertino en el Centro Escolar "Profesor Ireneo de León".
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 16/06/2020
Actualización: 10/08/2021
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El presente procedimiento administrativo sancionador se tramita contra la señora Zoila Guadalupe Alfara Cañas, ex Encargada del Fondo Circulante de Monto Fijode la Unidad Jurídica de la Policía Nacional Civil, a quien se atribuye la posible transgresión al deber ético de "Excusarse de intervenir o participar en asuntos en los cuales él, su( ... ) conviviente, (. .. ),tengan algún conflicto de interés" regulado en el artículo 5 letra e) de la LEG; por cuanto, durante el período comprendido entre el uno de enero de dos mil catorce al treinta de abril de dos mil dieciséis, la señora Alfara Cañas, habría intervenido en procesos de compra de bienes a la sociedad para la reparación de aires acondicionados institucionales-, cuyo representante legal, señor sería su compañero de vida.
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 16/06/2020
Actualización: 10/08/2021
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Con la información remitida por el titular del CNR, se determina que en diciembre de dos mil diecisé is, los señores EdgarBenito Ramírez Perdomo y Melvin Ovidio Portillo Mondragón eran servidores públicos con funciones propias de la Dirección de Tecnología de la Información de dicha institución y, a la vez, eran miembros del Sindicato de la misma. En ese sentido, no se cuentan con elementos objetivos que orienten a establecer que los señores Ramírez Perdomo y Portillo Mondragón, hayan imervenido o participado en procedimientos internos en los que --------------------tuviera algún tipo interés, pues dichos trámites se realizaron desde la Dirección del Instituto Geográfico del Catastro Nacional y los aludidos servidores públicos se encuentran asignados a la Dirección de Tecnología de la Información, tal corno consta en el informe y la documentación remitida por el Director Ejecutivo del CNR (fs. 9 al 14).
Aviso
Año: 2016
Vigente
Creación: 16/06/2020
Actualización: 10/08/2021